D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD - O. A. Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) (BOCM-20210429-38)
Convenio – Convenio de 20 de abril de 2021, de cooperación educativa entre la Universidad Rey Juan Carlos y el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) para el desarrollo de prácticas académicas externas y trabajos de fin de grado y máster
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 101
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021
Pág. 171
Asimismo el artículo 11 de sus estatutos establece las competencias de la Universidad,
que se desarrollan a su vez por las establecidas para sus Institutos Universitarios de Investigación (artículo 25 de los estatutos) y que entre otras son:
— Organizar actividades de especialización y perfeccionamiento profesionales de
postgrado, conducentes o no a la obtención de diplomas y títulos académicos.
— Celebrar contratos y convenios con personas físicas o jurídicas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo con la legislación vigente y previa autorización del órgano competente.
— Cooperar entre ellos o con otros centros y departamentos, tanto de la Universidad
como de otras entidades públicas o privadas, en la realización de actividades docentes de postgrado e investigadoras.
II. Que uno de los objetivos de la Universidad Rey Juan Carlos consiste en acercar
la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el
establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
En particular, pretende desarrollar sus enseñanzas en un entorno que proporcione a los
estudiantes un conocimiento más profundo y cercano de las competencias que necesitarán
en el futuro, acercarles a las realidades del ámbito profesional en el que ejercerán su actividad y reforzar su compromiso con la empleabilidad.
III. Que la Universidad Rey Juan Carlos desarrolla enseñanzas de posgrado en las
que está prevista la realización de actividades por parte de los estudiantes en instituciones
públicas o privadas externas. Con ello pretende ampliar los conocimientos de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación, a fin de lograr una formación avanzada de posgrado en las técnicas de investigación.
IV. Que el IMIDRA es un organismo autónomo de carácter mercantil que tiene entre sus fines realizar, impulsar y fomentar la investigación tecnológica y contribuir a la formación del personal investigador, científico y técnico. Actúa en virtud de la función, que le
ha sido atribuida, de organizar, en el ámbito de su actuación, programas y actividades de
promoción, formación y divulgación científica y técnica, por sí mismo o en colaboración
con otras entidades y organismos, y en particular con las universidades, organizaciones profesionales agrarias y agrupaciones o asociaciones sectoriales de la Comunidad de Madrid,
según lo establecido en los artículos 2 y 3 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de Creación del Instituto Madrileño de Investigación Agraria y Alimentaria (IMIDRA) de la Comunidad de Madrid.
V. Que el IMIDRA, dentro de los campos de actividad que le son propios, desea participar en la formación de universitarios con objeto de que completen sus conocimientos y
experiencias para un mejor desempeño de su trabajo profesional.
Ambas instituciones tienen como fines comunes la formación científica y técnica, así
como la integración profesional de los estudiantes, por lo que acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de la
Universidad Rey Juan Carlos (en adelante URJC) realizarán un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master (en adelante
TFG/TFM), de los estudiantes matriculados en los estudios oficiales de Grado y Posgrado,
según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente
programa formativo en el IMIDRA.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que realizarán
las prácticas o el TFG/TFM, y por cada uno de ellos se suscribirá un Anexo, de acuerdo con
lo establecido en el modelo que es parte del presente Convenio. En dicho documento se establecerán, entre otros, los datos referentes al estudiante, junto con los datos identificativos
del tutor de la URJC y del tutor del IMIDRA, fechas de comienzo y finalización, el horario, lugar de desarrollo de la formación práctica, así como el proyecto formativo, o en su
caso descripción y objetivos del TFG/TFM, a realizar por el estudiante. Este Anexo será firmado por los tutores y por el estudiante.
BOCM-20210429-38
Objeto
B.O.C.M. Núm. 101
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 29 DE ABRIL DE 2021
Pág. 171
Asimismo el artículo 11 de sus estatutos establece las competencias de la Universidad,
que se desarrollan a su vez por las establecidas para sus Institutos Universitarios de Investigación (artículo 25 de los estatutos) y que entre otras son:
— Organizar actividades de especialización y perfeccionamiento profesionales de
postgrado, conducentes o no a la obtención de diplomas y títulos académicos.
— Celebrar contratos y convenios con personas físicas o jurídicas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo con la legislación vigente y previa autorización del órgano competente.
— Cooperar entre ellos o con otros centros y departamentos, tanto de la Universidad
como de otras entidades públicas o privadas, en la realización de actividades docentes de postgrado e investigadoras.
II. Que uno de los objetivos de la Universidad Rey Juan Carlos consiste en acercar
la formación universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el
establecimiento de relaciones con instituciones externas, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
En particular, pretende desarrollar sus enseñanzas en un entorno que proporcione a los
estudiantes un conocimiento más profundo y cercano de las competencias que necesitarán
en el futuro, acercarles a las realidades del ámbito profesional en el que ejercerán su actividad y reforzar su compromiso con la empleabilidad.
III. Que la Universidad Rey Juan Carlos desarrolla enseñanzas de posgrado en las
que está prevista la realización de actividades por parte de los estudiantes en instituciones
públicas o privadas externas. Con ello pretende ampliar los conocimientos de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación, a fin de lograr una formación avanzada de posgrado en las técnicas de investigación.
IV. Que el IMIDRA es un organismo autónomo de carácter mercantil que tiene entre sus fines realizar, impulsar y fomentar la investigación tecnológica y contribuir a la formación del personal investigador, científico y técnico. Actúa en virtud de la función, que le
ha sido atribuida, de organizar, en el ámbito de su actuación, programas y actividades de
promoción, formación y divulgación científica y técnica, por sí mismo o en colaboración
con otras entidades y organismos, y en particular con las universidades, organizaciones profesionales agrarias y agrupaciones o asociaciones sectoriales de la Comunidad de Madrid,
según lo establecido en los artículos 2 y 3 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre, de Creación del Instituto Madrileño de Investigación Agraria y Alimentaria (IMIDRA) de la Comunidad de Madrid.
V. Que el IMIDRA, dentro de los campos de actividad que le son propios, desea participar en la formación de universitarios con objeto de que completen sus conocimientos y
experiencias para un mejor desempeño de su trabajo profesional.
Ambas instituciones tienen como fines comunes la formación científica y técnica, así
como la integración profesional de los estudiantes, por lo que acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes de la
Universidad Rey Juan Carlos (en adelante URJC) realizarán un programa de prácticas académicas externas, así como la realización del Trabajo de Fin de Grado/Master (en adelante
TFG/TFM), de los estudiantes matriculados en los estudios oficiales de Grado y Posgrado,
según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente
programa formativo en el IMIDRA.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que realizarán
las prácticas o el TFG/TFM, y por cada uno de ellos se suscribirá un Anexo, de acuerdo con
lo establecido en el modelo que es parte del presente Convenio. En dicho documento se establecerán, entre otros, los datos referentes al estudiante, junto con los datos identificativos
del tutor de la URJC y del tutor del IMIDRA, fechas de comienzo y finalización, el horario, lugar de desarrollo de la formación práctica, así como el proyecto formativo, o en su
caso descripción y objetivos del TFG/TFM, a realizar por el estudiante. Este Anexo será firmado por los tutores y por el estudiante.
BOCM-20210429-38
Objeto