Collado Villalba (BOCM-20210428-75)
Organización y funcionamiento. Delegación de competencias
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 100
4) Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes
materias:
a. Aprobación de liquidaciones tributarias, no tributarias y reclamaciones de
otras deudas de terceros para con el Ayuntamiento.
b. Concesión de fraccionamientos y aplazamientos frente a dichas liquidaciones.
c. Concesión de exenciones y de beneficios fiscales, excepto los que sean competencia del Pleno.
d. Aprobación de devolución de ingresos indebidos.
e. Anulaciones de recibos y liquidaciones tributarias.
f. Aprobación de cuentas justificativas de pagos de anticipos de “caja fija”.
g. Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda.
h. Aprobación de actas de liquidación.
i. Imposición de sanciones tributarias.
j. Aprobación de expedientes de compensación de deudas.
k. La ordenación del pago y el pago material de toda clase de obligaciones municipales tanto presupuestarias como extrapresupuestarias.
5) Devolver y cancelar las garantías, tanto avales como fianzas en metálico.
6) Reintegrar total o parcialmente las subvenciones recibidas.
7) Resolver la devolución de fianzas.
8) Aprobación de facturas por importe superior al contrato menor y el reconocimiento de la obligación.
9) En materia de gastos y pagos:
a. Autorizar y disponer gastos (AD) hasta un importe de 15.000 euros más IVA
y 40.000 euros más IVA, salvo en los supuestos en los que dicho trámite esté
conferido a otros órganos.
b. Aprobación y reconocimiento de obligaciones (O) con excepción de las referidas a contrataciones administrativas con importe inferior a 15.000 euros
más IVA.
c. Ordenar el pago (P)
10) Firmar los documentos a través de los que se materializan todos los pagos, incluidos
los derivados de las operaciones no presupuestarias y de devolución de ingresos.
Facultades en materia de Educación:
1) Dirigir y gestionar los servicios y actividades relativos a Educación.
2) Detección y estudio de las necesidades sociales en materia de Educación.
3) Establecer los criterios y fomentar la participación municipal en la programación
educativa.
4) Asumir las relaciones con las distintas Administraciones Públicas educativas para
la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
5) Programar y coordinar la oferta global de actividades extraescolares en el ámbito
municipal y regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias a las docentes.
6) Regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas o recreativas complementarias de la docencia.
Cuarto.—A Dña. María Ramona Fernández Nava se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Servicios Sociales, Familia, Mujer, CAID, Mayores y Cooperación al Desarrollo las siguientes facultades:
Facultades en materia de Familia:
1) Dirigir y gestionar los servicios y actividades municipales relativos a la Familia.
2) Todas aquellas delegables del alcalde en cuanto a la Gestión de los Convenios entre este Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid sobre los Servicios de Familia,
incluida la de emitir actos que afecten a terceros.
3) Tramitar y gestionar los expedientes relativos para la concesión de becas de comedor, libros y escuelas de verano.
Facultades en materia de Servicios Sociales:
1) Dirigir y gestionar los Servicios Sociales, así como coordinar cuantas actuaciones derivadas de aquellos se realicen en el municipio en el marco de la normativa vigente.
BOCM-20210428-75
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 100
4) Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes
materias:
a. Aprobación de liquidaciones tributarias, no tributarias y reclamaciones de
otras deudas de terceros para con el Ayuntamiento.
b. Concesión de fraccionamientos y aplazamientos frente a dichas liquidaciones.
c. Concesión de exenciones y de beneficios fiscales, excepto los que sean competencia del Pleno.
d. Aprobación de devolución de ingresos indebidos.
e. Anulaciones de recibos y liquidaciones tributarias.
f. Aprobación de cuentas justificativas de pagos de anticipos de “caja fija”.
g. Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda.
h. Aprobación de actas de liquidación.
i. Imposición de sanciones tributarias.
j. Aprobación de expedientes de compensación de deudas.
k. La ordenación del pago y el pago material de toda clase de obligaciones municipales tanto presupuestarias como extrapresupuestarias.
5) Devolver y cancelar las garantías, tanto avales como fianzas en metálico.
6) Reintegrar total o parcialmente las subvenciones recibidas.
7) Resolver la devolución de fianzas.
8) Aprobación de facturas por importe superior al contrato menor y el reconocimiento de la obligación.
9) En materia de gastos y pagos:
a. Autorizar y disponer gastos (AD) hasta un importe de 15.000 euros más IVA
y 40.000 euros más IVA, salvo en los supuestos en los que dicho trámite esté
conferido a otros órganos.
b. Aprobación y reconocimiento de obligaciones (O) con excepción de las referidas a contrataciones administrativas con importe inferior a 15.000 euros
más IVA.
c. Ordenar el pago (P)
10) Firmar los documentos a través de los que se materializan todos los pagos, incluidos
los derivados de las operaciones no presupuestarias y de devolución de ingresos.
Facultades en materia de Educación:
1) Dirigir y gestionar los servicios y actividades relativos a Educación.
2) Detección y estudio de las necesidades sociales en materia de Educación.
3) Establecer los criterios y fomentar la participación municipal en la programación
educativa.
4) Asumir las relaciones con las distintas Administraciones Públicas educativas para
la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos y participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
5) Programar y coordinar la oferta global de actividades extraescolares en el ámbito
municipal y regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales o recreativas complementarias a las docentes.
6) Regular el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas o recreativas complementarias de la docencia.
Cuarto.—A Dña. María Ramona Fernández Nava se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Servicios Sociales, Familia, Mujer, CAID, Mayores y Cooperación al Desarrollo las siguientes facultades:
Facultades en materia de Familia:
1) Dirigir y gestionar los servicios y actividades municipales relativos a la Familia.
2) Todas aquellas delegables del alcalde en cuanto a la Gestión de los Convenios entre este Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid sobre los Servicios de Familia,
incluida la de emitir actos que afecten a terceros.
3) Tramitar y gestionar los expedientes relativos para la concesión de becas de comedor, libros y escuelas de verano.
Facultades en materia de Servicios Sociales:
1) Dirigir y gestionar los Servicios Sociales, así como coordinar cuantas actuaciones derivadas de aquellos se realicen en el municipio en el marco de la normativa vigente.
BOCM-20210428-75
BOCM