Collado Villalba (BOCM-20210428-75)
Organización y funcionamiento. Delegación de competencias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021

Pág. 213

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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COLLADO VILLALBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Con fecha 12 de marzo de 2021, la alcaldesa-presidenta ha dictado el siguiente decreto 1588/2021:
“Decreto de Alcaldía
Dña. María Dolores Vargas Fernández, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Collado Villalba, de conformidad con las competencias que al efecto me otorgan los artículos 21 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como los artículos 52.1
y 112.3 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueban el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con
el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, mediante el presente decreto

Proceder a la modificación parcial del decreto núm. 2715/2019, de fecha 15 de junio
de 2020, decreto 2001/2020 de fecha 4 de junio de 2020 y decreto 1/2021 de fecha 4 de enero de 2021 por el que se efectuaban las delegaciones genéricas que se indican en los concejales que a continuación se relacionan, delegaciones que incluyen la facultad de resolver
mediante actos administrativos que afecten a terceros y la delegación de firma de los documentos necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio de la superior
dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la Administración Municipal, de acuerdo todo ello
con lo dispuesto en los artículos 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Primero.—Modificar parcialmente el decreto de delegaciones genéricas de fecha 15 de
junio de 2019 y sus correspondientes modificaciones de fecha 4 de junio de 2020 y 4 de
enero de 2021, en los siguientes concejales, manteniéndose las competencias delegadas anteriormente en dichos decretos en los concejales que no constan en el presente decreto.
Segundo.—Añadir a D. Bernardo Arroyo Abad la siguiente competencia en el Área
Contratación, manteniéndose las demás competencias en los términos que constan en los
decretos anteriormente mencionados, en concreto la siguiente:
Facultades en materia de Contratación:
3) La formalización y firma de los contratos administrativos incluyéndose también
los contratos basados en sistemas dinámicos de adquisición, así como la firma de
los contratos privados que se suscriban, con excepción de los contratos menores
que corresponderán a los concejales respectivos de cada área gestora.
Tercero.—A Dña. Yolanda Martínez Pardillos se le delega el ámbito de los asuntos referentes a Hacienda y Educación las siguientes facultades:
Facultades en materia de Hacienda:
1) Señalar las directrices generales en materia de Hacienda Pública Municipal, y en
concreto la elaboración de los presupuestos municipales, así como la propuesta de
modificación de las Ordenanzas Fiscales.
2) Organización de los Servicios Económicos Municipales, de la Recaudación y
Gestión Tributaria y de la Tesorería Municipal.
3) Relaciones con la Intervención General y la Tesorería Municipales.

BOCM-20210428-75

RESUELVO