Alcobendas (BOCM-20210427-52)
Urbanismo. Convenio urbanístico
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 99

Se entenderá adquirida la personalidad jurídica y la condición de Entidad Urbanística Colaboradora
a partir de la baja de la inscripción de la Asociación Administrativa de “Los Carriles” y el alta de la
inscripción de la Junta en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad
de Madrid, sustituyendo una por otra comenzando su actividad con los órganos directivos elegidos
en su constitución.
La Junta de “Los Carriles” se regirá por tanto por lo dispuesto en los presentes Estatutos y en las
Bases de Actuación que los complementan, sin perjuicio de lo establecido en la normativa
urbanística, tanto en la normativa básica estatal como de la Comunidad Autónoma de Madrid, que
en cada momento resulte vigente y, específicamente, se regirá por lo establecido en la normativa
del planeamiento general de Alcobendas y en el Plan Parcial del Sector “Los Carriles” que
establece su ordenación pormenorizada.
El Acta de Constitución, simultánea a la firma del Convenio de Ejecución, se elevará a público para
su tramitación como Entidad Colaboradora por el propio Ayuntamiento.
Resultarán de aplicación a las actuaciones de la Junta, cuantas normas de carácter imperativo
puedan surgir en el futuro y sean directamente aplicables a esta materia, una vez se produzca su
entrada en vigor y sea cual fuere su rango normativo.
Artículo 4.- Fines.
Serán fines primordiales de la Junta los que a continuación se enuncian a título indicativo, que no
limitativo:
a) Agrupar a los propietarios de terrenos comprendidos en el ámbito del Sector , los cuales,
manteniendo la titularidad de sus bienes y derechos, se unen en una acción común para
ejecutar el planeamiento urbanístico y distribuir equitativamente sus cargas y beneficios,
aportando los terrenos que sean de cesión obligatoria y gratuita según el planeamiento y en
los términos previstos en la documentación del Convenio de Ejecución, y de conformidad
con lo establecido en la legislación urbanística para la adjudicación al Ayuntamiento de
Alcobendas e incorporar a los que no lo hubiesen hecho con anterioridad, si así lo
solicitasen.
b) Interesar la inscripción de la Junta en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras
de la Comunidad de Madrid.
c) Formular los Proyectos de Urbanización y Reparcelación del ámbito, así como sus
potenciales modificaciones, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente y en el
presente Convenio Urbanístico de Ejecución.
d) Solicitar de la Administración actuante el ejercicio de la expropiación forzosa en beneficio
de la Junta, respecto de aquellos inmuebles y derechos constituidos sobre los mismos, o
cuotas indivisas de los mismos, sitos dentro del perímetro de delimitación del Sector Los
Carriles cuyos propietarios no se hubieran adherido al Convenio ni a la Junta en los plazos
y condiciones previamente fijados, así como de los bienes de la misma naturaleza
propiedad de aquellos miembros de la Junta que incumplan las obligaciones y cargas
impuestas por la normativa urbanística y las condiciones establecidas en el Convenio de
Ejecución.
e) Contratar y ejecutar, por sí o a través de empresas urbanizadoras/promotoras, las obras de
urbanización del ámbito y de sus etapas y fases, incluyendo, en su caso, las obras de
infraestructura y servicios exteriores a la actuación que resulten precisas, en la forma y
condiciones de reembolso respecto de las que excedan las imputables a la propia actuación
que se convengan con el Ayuntamiento.

g) Instar la inscripción del Proyecto de Reparcelación en el Registro de la Propiedad, una vez
adquiera firmeza en vía administrativa su acuerdo de aprobación y se otorgue el
correspondiente título.
h) Asumir la gestión, representación y defensa de los derechos e intereses comunes de los
miembros de la Junta, en relación con los bienes incluidos en el Sector, ante cualquier
autoridad, organismo público y tribunal de todo grado y jurisdicción, estando facultada para
iniciar, promover, sostener y desistir, de cuantos procedimientos y recursos se tramiten a
tales efectos.

BOCM-20210427-52

f) Solicitar a las empresas prestatarias de servicios, el reembolso de aquella parte de los
costes de instalaciones que, según la reglamentación de tales servicios, no sean de cargo
de los propietarios de los usuarios.