Alcobendas (BOCM-20210427-52)
Urbanismo. Convenio urbanístico
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BOCM
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 99
El texto definitivo del Convenio, con la documentación unida al mismo, incluidos los Estatutos y
Bases de Actuación modificados (Anexos I y II, respectivamente), ha sido ratificado por el Pleno
Municipal en su sesión del ……………………………………
A efectos de llevar a cabo las actuaciones previstas en el presente Convenio, las partes se
reconocen mutua capacidad jurídica y de obrar para su firma, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- El Plan Parcial, aprobado definitivamente, como se ha señalado en el Expositivo I,
contempla entre sus condiciones de gestión de su ejecución la posibilidad de aplicar el artículo 246
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula expresamente
los supuestos de actuación mediante la suscripción de convenios de ejecución que pueden
apartarse de los sistemas de actuación.
En el caso concreto de este Sector, la Asociación ha colaborado permanentemente con el
Ayuntamiento en viabilizar el desarrollo del suelo urbanizable clasificado por el Plan General en
este ámbito, aportando los documentos técnicos precisos que el Ayuntamiento ha hecho suyos,
con la única finalidad de acelerar su desarrollo, cumpliendo en todo momento las exigencias
municipales.
En la situación actual, las demandas de viviendas protegidas en el mercado y la necesidad de
acelerar las tramitaciones por razones acrecentadas como consecuencia de COVID-19, hacen
aconsejable actuar en uno de los supuestos contemplados en el Plan Parcial aprobado, para su
ejecución, estableciendo para ello las condiciones necesarias para asegurar su desarrollo,
buscando el acuerdo por Convenio que se propone, aceptando la proporción de propietarios que
suscriben el Convenio y los Compromisos Voluntarios señalados en el Expositivo II.
Por tanto, la aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local del presente Convenio se ha
producido el pasado 28 de julio de 2020 al haberse acreditado las proporciones exigidas, tal como
se reflejan en los Anexos IV y V unidos a este Convenio y en el acuerdo de la Asamblea General
de la Asociación cuya Acta también está unida a este Convenio.
Segunda.- En desarrollo de este Convenio, y conforme regulan los Estatutos y Bases de Actuación
unidos al mismo como Anexos I y II, se constituirá, simultáneamente a la firma del Convenio, la
Junta de Compensación del Sector “Los Carriles”, que sustituirá a la Asociación Administrativa
actual, con carácter igualmente de Entidad Urbanística Colaboradora, sujeta a todas las
condiciones y reglas que se establecen en este Convenio, procediendo en los términos que prevén
los Estatutos (Anexo I) para la incorporación del resto de propietarios del Sector al Convenio y a
la Junta de Compensación constituida.
Tercera.- El Proyecto de Urbanización del Sector, ajustado al Plan Especial de Infraestructuras
que prevé el Plan Parcial, y aprobado definitivamente por el Pleno Municipal el 5 de abril de 2019,
se formulará por la Junta de Compensación en los términos que se describen en las Bases y
Estatutos, unidos como Anexos I y II, operando para su ejecución conforme se establece en los
mismos.
Estatutos de la Junta de Compensación: Anexo I.
Bases de Actuación: Anexo II.
Documentación complementaria: Anexo III.
x
Programa Temporal de la Actuación.
x
Garantías ofrecidas.
x
Cuantificación de Deberes legales de Cesión.
x
Formas de cumplimiento.
x
Procedimiento de Liquidación de la Actuación.
x
Forma de Conservación.
x
Previsión y Compromisos de Edificación.
x
Compromisos Voluntarios.
BOCM-20210427-52
Cuarta.- El presente Convenio cumple con la incorporación al mismo de los documentos exigidos
en el apartado 3 del artículo 246 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, así como con la incorporación de los compromisos voluntarios asumidos por titulares
individuales, siendo cada uno de estos documentos y su contenido los siguientes:
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 99
El texto definitivo del Convenio, con la documentación unida al mismo, incluidos los Estatutos y
Bases de Actuación modificados (Anexos I y II, respectivamente), ha sido ratificado por el Pleno
Municipal en su sesión del ……………………………………
A efectos de llevar a cabo las actuaciones previstas en el presente Convenio, las partes se
reconocen mutua capacidad jurídica y de obrar para su firma, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- El Plan Parcial, aprobado definitivamente, como se ha señalado en el Expositivo I,
contempla entre sus condiciones de gestión de su ejecución la posibilidad de aplicar el artículo 246
de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula expresamente
los supuestos de actuación mediante la suscripción de convenios de ejecución que pueden
apartarse de los sistemas de actuación.
En el caso concreto de este Sector, la Asociación ha colaborado permanentemente con el
Ayuntamiento en viabilizar el desarrollo del suelo urbanizable clasificado por el Plan General en
este ámbito, aportando los documentos técnicos precisos que el Ayuntamiento ha hecho suyos,
con la única finalidad de acelerar su desarrollo, cumpliendo en todo momento las exigencias
municipales.
En la situación actual, las demandas de viviendas protegidas en el mercado y la necesidad de
acelerar las tramitaciones por razones acrecentadas como consecuencia de COVID-19, hacen
aconsejable actuar en uno de los supuestos contemplados en el Plan Parcial aprobado, para su
ejecución, estableciendo para ello las condiciones necesarias para asegurar su desarrollo,
buscando el acuerdo por Convenio que se propone, aceptando la proporción de propietarios que
suscriben el Convenio y los Compromisos Voluntarios señalados en el Expositivo II.
Por tanto, la aprobación inicial por la Junta de Gobierno Local del presente Convenio se ha
producido el pasado 28 de julio de 2020 al haberse acreditado las proporciones exigidas, tal como
se reflejan en los Anexos IV y V unidos a este Convenio y en el acuerdo de la Asamblea General
de la Asociación cuya Acta también está unida a este Convenio.
Segunda.- En desarrollo de este Convenio, y conforme regulan los Estatutos y Bases de Actuación
unidos al mismo como Anexos I y II, se constituirá, simultáneamente a la firma del Convenio, la
Junta de Compensación del Sector “Los Carriles”, que sustituirá a la Asociación Administrativa
actual, con carácter igualmente de Entidad Urbanística Colaboradora, sujeta a todas las
condiciones y reglas que se establecen en este Convenio, procediendo en los términos que prevén
los Estatutos (Anexo I) para la incorporación del resto de propietarios del Sector al Convenio y a
la Junta de Compensación constituida.
Tercera.- El Proyecto de Urbanización del Sector, ajustado al Plan Especial de Infraestructuras
que prevé el Plan Parcial, y aprobado definitivamente por el Pleno Municipal el 5 de abril de 2019,
se formulará por la Junta de Compensación en los términos que se describen en las Bases y
Estatutos, unidos como Anexos I y II, operando para su ejecución conforme se establece en los
mismos.
Estatutos de la Junta de Compensación: Anexo I.
Bases de Actuación: Anexo II.
Documentación complementaria: Anexo III.
x
Programa Temporal de la Actuación.
x
Garantías ofrecidas.
x
Cuantificación de Deberes legales de Cesión.
x
Formas de cumplimiento.
x
Procedimiento de Liquidación de la Actuación.
x
Forma de Conservación.
x
Previsión y Compromisos de Edificación.
x
Compromisos Voluntarios.
BOCM-20210427-52
Cuarta.- El presente Convenio cumple con la incorporación al mismo de los documentos exigidos
en el apartado 3 del artículo 246 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid, así como con la incorporación de los compromisos voluntarios asumidos por titulares
individuales, siendo cada uno de estos documentos y su contenido los siguientes: