Alcobendas (BOCM-20210427-52)
Urbanismo. Convenio urbanístico
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 99

MARTES 27 DE ABRIL DE 2021

Pág. 205

ANEXO
TEXTO DEFINITIVO DEL CONVENIO URBANÍSTICO DE EJECUCIÓN PRESENTADO POR LA
ASOCIACIÓN ADMINISTRATIVA DE COOPERACIÓN “LOS CARRILES” PARA LA GESTIÓN
DEL PLANEAMIENTO DE DESARROLLO DEL SECTOR (S-1) “LOS CARRILES”, A LA VISTA
DE LAS ALEGACIONES FORMULADAS EN EL PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 247.3 DE LA LEY 9/2001, DE 17 DE
JULIO, DEL SUELO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Alcobendas, a

de

2021.
REUNIDOS

De una parte, DON RAFAEL SANCHEZ ACERA, Alcalde-Presidente del AYUNTAMIENTO DE
ALCOBENDAS (en lo sucesivo, Ayuntamiento), en nombre y representación del referido
Ayuntamiento, debidamente autorizado para el presente acto por acuerdo del Pleno Municipal de
fecha ………………….., cuya certificación queda unida al presente documento.
De otra parte, DON JOSÉ HERNÁNDEZ MORA, mayor de edad, con DNI número
…………………., como Presidente de la Asociación Administrativa de Cooperación “Los Carriles”
(en lo sucesivo, la Asociación), con domicilio a efectos de notificaciones en
……………………………………., que actúa en virtud del acuerdo adoptado por la Asamblea
General de la Asociación celebrada el pasado 27 de febrero de 2020, y por las adhesiones de
propietarios que en este documento se acreditan.
Ambas partes, incluidos los titulares de la relación de propietarios, que se une como Anexo IV a
este documento, se consideran con capacidad jurídica suficiente para el otorgamiento de este
Convenio urbanístico de ejecución para la gestión del planeamiento de desarrollo del Sector (S-1)
“Los Carriles” (en lo sucesivo, el Convenio), con las conformidades de los propietarios que se
incluyen en el Anexo V, que se une a este documento, y en su virtud,
EXPONEN
I. El presente Convenio se establece en el marco de lo regulado en el capítulo 2º del Título VI de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, sobre Fórmulas y Técnicas de
Cooperación y, en concreto, de la Sección 2ª que contempla los convenios urbanísticos y
específicamente los convenios de ejecución del planeamiento que describe el apartado b) del
artículo 244 y siguientes, todo ello al amparo de la regulación que hace el propio Plan Parcial,
aprobado definitivamente por el Pleno Municipal el 5 de abril de 2019, sobre los sistemas de
actuación que figuran en el Documento II de Organización y Gestión de Ejecución y
específicamente en su apartado 1.1.
II. La Asociación ha formulado la presente propuesta para el desarrollo del Sector con las
adhesiones de otros propietarios del Sector, mediante la aceptación del Convenio propuesto,
conociendo todos los solicitantes que su tramitación no se iniciaría hasta tanto se suscribiese por
el 50 por 100 de los propietarios del Sector, sin incluir los terrenos de titularidad municipal, cuya
circunstancia se acreditó en la documentación adjuntada a la solicitud formulada por la Asociación,
con fecha 11 de junio de 2020 y registro de entrada número 2020026642, complementada por otra
posterior de 6 de julio de 2020, con registro de entrada número 90 2020034914/2020, por la que se
actualiza la relación de propietarios adheridos al Convenio y se adjuntan los escritos de
compromisos voluntarios de los nuevos propietarios.

IV. A la vista de las alegaciones formuladas durante el mencionado periodo de información pública,
y de los informes de los Servicios Municipales correspondientes, se ha elaborado una propuesta
de texto definitivo del Convenio, de la que se ha dado vista a la Asociación y a los propietarios
adheridos, conforme a lo dispuesto en el artículo 247.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid, con aceptación expresa de la misma.

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BOCM-20210427-52

III. La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 28 de julio de 2020, acordó
aprobar inicialmente, con las modificaciones indicadas en el propio acuerdo, el Proyecto de
Convenio propuesto por la Asociación sometiéndolo al preceptivo trámite de información pública
durante un plazo de veinte (20) días. En el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid, en su edición del 3 de agosto de 2020, se incorporan al texto del Convenio propuesto
por la Asociación las modificaciones impuestas en el acuerdo mencionado.