C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210427-21)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 802/2021, de 16 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se modifican los epígrafes 10, 17, 21, 25 y 27 del Anexo I y 16 y 33 del Anexo II, se suprime el epígrafe 18 del Anexo I y se crea el epígrafe 34 del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 99

mo un 10 por 100 del importe de la estrategia se podrá reservar para ejecutar proyectos promovidos por los propios GAL. Los proyectos promovidos por los GAL
están limitados a formación, animación y promoción territorial. A través de la
aplicación de esta metodología se pretende dar respuesta a la necesidad de crear
empleo y dinamizar la economía en el medio rural.
— Tipo de operación 19.3.1: Ayuda para actividades de cooperación: Realizar actividades de cooperación entre otros grupos de la Comunidad de Madrid (cooperación
regional), del resto de España (cooperación interterritorial) o de otros territorios de
los estados miembros de la UE o con terceros países (cooperación transnacional).
— Tipo de operación 19.4.1: Ayuda para los costes de explotación y animación: Sufragar los gastos requeridos para la gestión e implementación de las EDL de los GAL.
Para la consecución de los objetivos pretendidos con estas ayudas el plazo es el período de programación del PDR-CM 2014-2020 prorrogado para las anualidades 2021 y 2022.
El coste presupuestario de estas ayudas en asciende a:
TOP
Ayuda para el desarrollo de la estrategia.
Ayuda para actividades de cooperación.
Ayuda para los costes de explotación y animación.

2020
2.399.842 €
0€
1.180.159 €

2021
3.400.000 €
0€
550.000 €

2022
3.400.000 €
500.000 €
550.000 €

2023
3.400.000 €
550.000 €

La financiación se realizará con cargo a las siguientes posiciones presupuestarias de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, según el tipo de operación:
— Ayuda para el desarrollo de la estrategia: G/411A/78009, “A instituciones de desarrollo rural y local”.
— Ayuda para actividades de cooperación: G/411A/78009, “A instituciones de desarrollo rural y local”.
— Ayuda para los costes de explotación y animación: G/411A/48099, “Otras instituciones sin fines de lucro”.
Dado que estas ayudas se corresponden con la medida 19 “Ayuda para el desarrollo local en el marco de LEADER” del PDR-CM 2014-2020 ampliado a los años 2021 y 2022,
serán cofinanciadas en un 80 por 100 del gasto público por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y en un 6 por 100 por la Administración General del Estado,
salvo que en la declaración trimestral de gastos del Organismo Pagador de los Fondos
Europeos Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadro.
En el caso de ayudas para el desarrollo de la estrategia (tipo de operación 19.2.1) pueden distinguirse dos supuestos:
— Supuesto en el que los GAL actúen como colaboradores en el desarrollo de la
EDL: Los GAL aprobarán las bases reguladoras y convocatorias de ayudas en su
territorio. Los interesados presentarán en la oficina del GAL la solicitud de ayuda
indicando la medida en la que se encuadra, acompañada de la documentación correspondiente en el plazo establecido en la convocatoria de ayudas, la cual será registrada por el GAL. Los GAL efectuarán los controles administrativos sobre las
solicitudes de ayuda.
Asimismo, los GAL verificarán la elegibilidad de la operación con la EDL y la
viabilidad técnico-económica del proyecto. En el caso de los proyectos no productivos se verificará la valoración social, medioambiental o cultural. Todas estas
comprobaciones se recogerán en su Informe técnico económico.
El Responsable Administrativo Financiero fiscalizará la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos en la fase de concesión de las ayudas. Realizados todos los informes técnicos económicos de la convocatoria correspondiente se remitirán en conjunto a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación que revisará los expedientes, la elegibilidad y el cumplimiento de
los controles administrativos. Se aprobará el Informe de Subvencionalidad previa
validación por el Grupo Técnico Asesor de LEADER y será remitido al GAL. La
Junta de Decisión del GAL realizará la valoración y selección de los proyectos con
Informe de Subvencionalidad positivo para su aprobación mediante Resolución
que será notificada al beneficiario y, simultáneamente a la Dirección General.
Una vez ejecutado el proyecto, los GAL realizarán los controles administrativos
de la solicitud de pago que se presentará en la Dirección General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación que hará una revisión de la documentación y la valida-

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19.2.1
19.3.1
19.4.1