C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210423-13)
Convenio colectivo –  Resolución de 7 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Sector de Limpieza Pública Viaria (Capital), suscrito por la Asociación de Empresas de Limpieza Pública (ASELIP) y por la representación sindical, la Federación Regional de Servicios Públicos en representación de la Unión General de Trabajadores (U. G. T.), por la Federación de Construcción y Servicios de CC. OO. de Madrid y el Sindicato de Limpiezas, Mantenimiento Urbano y Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid de la Confederación General de Trabajo (CGT) (código número 28002595011982)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 96

VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021

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de la jornada al personal de tiempo parcial que lo manifieste, y si es posible, éstos tendrán
preferencia con respecto a las contrataciones eventuales que pudieran realizarse para tales
supuestos.
Contrato de circunstancias:
La duración máxima del contrato temporal para atender exigencias circunstanciales del mercado,
acumulación de tareas o excesos de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la
empresa, no podrá exceder de doce meses dentro de un periodo de dieciocho meses. En caso de
que se concierte por un tiempo inferior a doce meses, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las
partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder del límite máximo
de doce meses.
Artículo 23. Prendas de trabajo
Las Empresas harán entrega por una sola vez de una equipación completa de ropa de verano,
durante el mes de mayo, y de invierno, durante el mes de octubre, consistente en:
Ropa de verano:







2 pantalones.
2 camisas.
1 cazadora.
Un par de zapatos.
Una gorra de verano.
Una toalla de manos.

Ropa de invierno:












2 pantalones.
2 camisas.
1 forro polar.
1 jersey.
1 anorak.
1 traje de agua.
1 gorra de invierno.
1 braga.
1 toalla de ducha.
Un par de botas.
Un par de botas de agua.

Cada prenda de esta equipación se repondrá únicamente en función de su deterioro debido al uso
normal de la misma.
Las prendas de trabajo se entregarán en horas de trabajo en los respectivos parques; ante
cualquier medida o prueba se seguirá igual proceso.
Podrán llegarse a acuerdos, individuales o colectivos, sobre cantidad y calidad y duración de las
prendas de trabajo.
CAPÍTULO III
CONDICIONES ECONÓMICAS

1. El salario bruto total anual para los trabajadores a jornada completa y para el colectivo de
trabajadores de fines de semana y festivos es el que se recoge en las Tablas Salariales que se
adjuntan al presente Convenio Colectivo para cada uno de los años de vigencia del mismo.
2. La confección de dichas Tablas Salariales se han efectuado con los criterios que seguidamente
se exponen:


En el año 2021 la paga de Beneficios, abonable en dicho año, se complementará con un total
de 30 días de antigüedad.

BOCM-20210423-13

Artículo 24. Incrementos salariales: Conceptos retributivos