D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210423-17)
Autorización ocupación temporal –  Orden 140/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Presidencia, por la que se acuerda la autorización de ocupación temporal de la Plaza de Toros de las Ventas de Madrid a favor de la Fundación del Toro de Lidia, para la celebración de un festejo taurino benéfico el 2 de mayo de 2021
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021

Pág. 109

la Comunidad de Madrid, sin que exista derecho a reintegro o compensación alguna al desalojar el espacio.
Novena
Responsabilidades
La Fundación del Toro de Lidia asume la responsabilidad derivada de la autorización
de ocupación temporal y debe hacer un uso responsable del inmueble cedido. Por tanto, responderá de los desperfectos o daños que puedan ocasionarse, incluidos los casos de incendio o inundación, etcétera, tanto en el inmueble como a terceros.
La Fundación del Toro de Lidia deberá formalizar previamente la oportuna póliza de
seguro, quedando exenta la Comunidad de Madrid de toda responsabilidad.
Décima
Responsabilidades en materia laboral
La Fundación del Toro de Lidia asume todos los deberes que le corresponden en su calidad de autorizado en relación con el personal que preste sus servicios profesionales del
tipo o categoría que fueren, en la zona donde se ubican los bienes objeto de autorización especial de uso, incluidas cuantas obligaciones le competan en materia de prevención de riesgos laborales.
Undécima
Responsabilidades en materia sanitaria y de seguridad y orden público
1. La Fundación del Toro de Lidia será la responsable del cumplimiento de las medidas establecidas y los requisitos exigidos por la normativa sanitaria y de salud pública, en
especial de las relativas al COVID-19.
2. Por otro lado, se hará cargo de garantizar las condiciones de seguridad mediante
la adecuación del uso que se pretende a las condiciones de los espacios, cuya integridad deberá garantizar, así como la de las personas que, por razón de su actividad, los ocupen temporalmente.
3. Además, garantizará el mantenimiento del orden público dentro de la instalación,
aportando una memoria descriptiva del sistema del mismo.
4. Por último, se dispondrá de un servicio de primeros auxilios.
Duodécima
Facultades de inspección
El Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid será el órgano al que
corresponderá la coordinación con la Fundación del Toro de Lidia para la organización
y ejecución del espectáculo taurino y la supervisión de la utilización por aquél de la Plaza de Toros de Las Ventas. A tal efecto, el personal técnico y auxiliar perteneciente a dicho Centro podrá inspeccionar la Plaza con el objeto de garantizar que la misma es utilizada de acuerdo con los términos de la presente autorización.

Decimocuarta
Revocación unilateral por razones de interés público
De conformidad con el artículo 32.1 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio
de la Comunidad de Madrid, esta autorización podrá ser revocada por causa de interés público, sin que La Fundación del Toro de Lidia tenga derecho a indemnización alguna, debiendo aceptar dicha revocación.

BOCM-20210423-17

Decimotercera
Divulgación de la colaboración de la Comunidad de Madrid
La Fundación del Toro de Lidia deberá reflejar, en todos los elementos que se utilicen
para la organización y difusión del espectáculo taurino a celebrar, la colaboración de la Comunidad de Madrid en la prestación del espacio autorizado.