D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210422-28)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2021, en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la Universidad Complutense de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 95

tarios sean docentes”. El artículo 15 del mencionado Decreto señala que “las entidades con
convenio en materia de formación del profesorado propondrán sus planes anuales de formación para su aprobación por la Dirección General competente en la formación del personal docente no universitario”.
Tercero
Que la Consejería de Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, en virtud de
las atribuciones en materia de formación del profesorado que le confiere el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud, considera necesaria la formalización de convenios de colaboración con Universidades al objeto de ampliar y favorecer
la oferta de formación y cubrir las necesidades que el propio sistema educativo demande en
este ámbito.
Cuarto
La UCM, según se recoge en sus Estatutos aprobados por Decreto 32/2017, de 21 de
marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo de 2017), tiene entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida
y del desarrollo económico, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de
la extensión universitaria y la formación continuada.
Asimismo, la UCM tiene entre sus fines la contribución al desarrollo de la ciencia y la
cultura, el compromiso con la sociedad y sus organizaciones de desarrollar programas de formación y especialización profesional superior, así como la promoción y desarrollo de programas de formación continua, propios o en colaboración, que faciliten la inserción laboral y la
mejor adaptación de los ciudadanos a los cambios que se operan en el mundo profesional.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración,
que deberá regirse por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este Convenio es la colaboración en materia de formación permanente del
profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la
UCM para llevar a cabo la realización de actividades de formación del profesorado en el
ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Esta colaboración se hará efectiva por parte de la entidad la UCM mediante la elaboración de un plan de formación anual que incluya las actividades formativas que propone
realizar y que presentará en la Dirección General competente en la formación del personal
docente no universitario.
Segunda
Naturaleza jurídica
El Convenio es de los previstos en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público (“Boletín Oficial del Estado” 236, del 2/10/2015).

Coste económico
El Convenio no supone obligación económica alguna para ninguna de las partes firmantes.

BOCM-20210422-28

Tercera