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Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2021, en materia de formación del profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la Universidad Complutense de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Educación y Juventud
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CONVENIO de colaboración de 17 de marzo de 2021, en materia de formación
del profesorado entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y la Universidad Complutense de Madrid.
REUNIDOS

De una parte: Dña. María Mercedes Marín García, Directora General de Bilingüismo
y Calidad de la Enseñanza, nombrada por Decreto 153/2019, de 27 de agosto, del Consejo
de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Consejería de
Educación y Juventud de la Comunidad de Madrid, delegada para la firma del presente
Convenio, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por
la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes
centros directivos de la Consejería.
De otra parte: Dña. María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Empleabilidad y
Emprendimiento, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 32/2019, de 14 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 1/2021, de 11 de enero, de establecimiento de los Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole
organizativa, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de
enero de 2021.
Reconociéndose, recíprocamente, competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto.
EXPONEN
Primero
Que corresponde a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, la competencia
de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados,
modalidades y especialidades.

Que el Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud, recoge en su artículo 14 las competencias de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza. Entre dichas competencias se encuentran “el diseño y desarrollo de actividades de
formación permanente y actualización del profesorado” y “la promoción y el establecimiento de convenios de colaboración con las Administraciones Públicas, Universidades
y otras instituciones o entidades para la formación permanente del profesorado”.
Asimismo, la Orden 5810/2002, de 7 de noviembre, que establece los criterios para
suscripción de acuerdos de colaboración con entidades sin ánimo de lucro que cumplan los
requisitos previstos en la misma, recoge la posibilidad de que dichas entidades puedan firmar convenios con la Consejería de Educación y Juventud en materia de formación del profesorado.
Además, tal y como se indica en el artículo 13.b del Decreto 120/2017, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la formación permanente, la dedicación
y la innovación del personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid, y que se
desarrolla mediante la Orden 2453/2018, de 25 de julio, de la Consejería de Educación e Investigación, “es responsabilidad de la Consejería competente en materia de educación impulsar, organizar y gestionar la formación de personal docente no universitario, para lo que
cuenta con: b) Las entidades que tengan suscrito convenio de colaboración en materia de
formación del profesorado y presenten planes de formación con actividades cuyos destina-

BOCM-20210422-28

Segundo