B) Autoridades y Personal - ASAMBLEA DE MADRID (BOCM-20210421-1)
Convocatoria pruebas selectivas – Resolución de 6 de abril de 2021, de la Presidencia de la Asamblea de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria para cubrir dos plazas del Cuerpo Archiveros-Bibliotecarios, Escala Ejecutiva (Grupo C1 del artículo 14 del Estatuto del Personal de la Asamblea de Madrid), así como las bases que han de regir dicha convocatoria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 17
La resolución de los supuestos deberá ser expuesta por los aspirantes en idioma castellano ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto durante un tiempo no superior
a veinte minutos por cada supuesto. Concluida la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el
candidato sobre cuestiones relacionadas con los supuestos expuestos durante un período máximo de diez minutos por cada supuesto. Al finalizar la exposición, los aspirantes deberán entregar al Tribunal el esquema o esquemas utilizados para el desarrollo oral de los supuestos.
7.4. Los opositores actuarán en cada ejercicio según el orden del sorteo público por
el que se establece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de
ingreso que se celebren durante el año y que se celebrará antes de comenzar el primer ejercicio y serán convocados para cada uno de ellos, en un único llamamiento, mediante la publicación del correspondiente anuncio en la sede de la Asamblea de Madrid. En todo momento podrán ser requeridos para acreditar su personalidad.
8. Calificación de los ejercicios
8.1. Ejercicio primero: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
8.2. Ejercicio segundo: Se calificará de 0 a 10 puntos por tema, siendo eliminados
los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos por tema. La puntuación máxima
será de 20 puntos, debiéndose obtener una mínima de 10 para superar el ejercicio.
8.3. Ejercicio tercero: Los supuestos se calificarán de 0 a 10 puntos cada uno, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos por supuesto. La puntuación máxima será de 20 puntos.
8.4. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido
para la obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que
acuerde en cada ejercicio.
9. Desarrollo de la fase de concurso, turno de promoción interna
10. Lista de aprobados
10.1. La calificación final de los aspirantes vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de la oposición y, en el caso del turno de promoción interna, por la suma de la fase oposición más la fase de concurso. En caso de empate, el
orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación del tercer ejercicio de la oposición.
De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio, o en su caso, en el primer ejercicio. Si continuara el empate este
BOCM-20210421-1
9.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Los méritos alegados serán
valorados con arreglo al baremo siguiente:
a) Por cada año completo o fracción superior a seis meses de servicios prestados en
el momento de publicarse esta convocatoria en plazas o destinos clasificados en
el grupo de titulación C2, en la Asamblea de Madrid, 0,5 puntos, con un máximo
de 5 puntos.
b) Por cada año completo o fracción superior a seis meses de servicios prestados en el
momento de publicarse esta convocatoria en plazas o destinos clasificados en el
grupo de titulación C2, en Órganos Constitucionales y Administración del Estado, Administración de la Seguridad Social. Comunidades Autónomas y Entes Locales, 0,5 puntos, con un máximo de 3 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento en centros oficiales relativos a funciones propias del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios: en los de corta duración
(hasta un mes o veinte horas, según proceda): máximo 0,5 puntos por curso; en los
de larga duración (más de un mes o de veinte horas, según proceda): máximo 1
punto por curso. Puntuación máxima por este concepto: 8 puntos.
9.2. Los servicios prestados en alguno de los entes públicos mencionados se acreditarán mediante certificación del Servicio de Personal correspondiente, en la que se especifique su duración y las tareas desempeñadas por el aspirante.
9.3. No obstante lo anterior, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que amplíen la justificación, cuando la aportada en principio resulte insuficiente o dudosa, concediendo un plazo de diez días.
9.4. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá al aspirante del turno de promoción interna que supere el mismo.
B.O.C.M. Núm. 94
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
Pág. 17
La resolución de los supuestos deberá ser expuesta por los aspirantes en idioma castellano ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto durante un tiempo no superior
a veinte minutos por cada supuesto. Concluida la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el
candidato sobre cuestiones relacionadas con los supuestos expuestos durante un período máximo de diez minutos por cada supuesto. Al finalizar la exposición, los aspirantes deberán entregar al Tribunal el esquema o esquemas utilizados para el desarrollo oral de los supuestos.
7.4. Los opositores actuarán en cada ejercicio según el orden del sorteo público por
el que se establece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de
ingreso que se celebren durante el año y que se celebrará antes de comenzar el primer ejercicio y serán convocados para cada uno de ellos, en un único llamamiento, mediante la publicación del correspondiente anuncio en la sede de la Asamblea de Madrid. En todo momento podrán ser requeridos para acreditar su personalidad.
8. Calificación de los ejercicios
8.1. Ejercicio primero: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
8.2. Ejercicio segundo: Se calificará de 0 a 10 puntos por tema, siendo eliminados
los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos por tema. La puntuación máxima
será de 20 puntos, debiéndose obtener una mínima de 10 para superar el ejercicio.
8.3. Ejercicio tercero: Los supuestos se calificarán de 0 a 10 puntos cada uno, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos por supuesto. La puntuación máxima será de 20 puntos.
8.4. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido
para la obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que
acuerde en cada ejercicio.
9. Desarrollo de la fase de concurso, turno de promoción interna
10. Lista de aprobados
10.1. La calificación final de los aspirantes vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de la oposición y, en el caso del turno de promoción interna, por la suma de la fase oposición más la fase de concurso. En caso de empate, el
orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación del tercer ejercicio de la oposición.
De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio, o en su caso, en el primer ejercicio. Si continuara el empate este
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9.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Los méritos alegados serán
valorados con arreglo al baremo siguiente:
a) Por cada año completo o fracción superior a seis meses de servicios prestados en
el momento de publicarse esta convocatoria en plazas o destinos clasificados en
el grupo de titulación C2, en la Asamblea de Madrid, 0,5 puntos, con un máximo
de 5 puntos.
b) Por cada año completo o fracción superior a seis meses de servicios prestados en el
momento de publicarse esta convocatoria en plazas o destinos clasificados en el
grupo de titulación C2, en Órganos Constitucionales y Administración del Estado, Administración de la Seguridad Social. Comunidades Autónomas y Entes Locales, 0,5 puntos, con un máximo de 3 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento en centros oficiales relativos a funciones propias del Cuerpo de Archiveros-Bibliotecarios: en los de corta duración
(hasta un mes o veinte horas, según proceda): máximo 0,5 puntos por curso; en los
de larga duración (más de un mes o de veinte horas, según proceda): máximo 1
punto por curso. Puntuación máxima por este concepto: 8 puntos.
9.2. Los servicios prestados en alguno de los entes públicos mencionados se acreditarán mediante certificación del Servicio de Personal correspondiente, en la que se especifique su duración y las tareas desempeñadas por el aspirante.
9.3. No obstante lo anterior, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que amplíen la justificación, cuando la aportada en principio resulte insuficiente o dudosa, concediendo un plazo de diez días.
9.4. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá al aspirante del turno de promoción interna que supere el mismo.