B) Autoridades y Personal - ASAMBLEA DE MADRID (BOCM-20210421-1)
Convocatoria pruebas selectivas – Resolución de 6 de abril de 2021, de la Presidencia de la Asamblea de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria para cubrir dos plazas del Cuerpo Archiveros-Bibliotecarios, Escala Ejecutiva (Grupo C1 del artículo 14 del Estatuto del Personal de la Asamblea de Madrid), así como las bases que han de regir dicha convocatoria
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BOCM
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 94
6.2. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del
Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros.
6.3. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la de esta Asamblea de Madrid (Plaza Asamblea de Madrid, 1).
6.4. Los tribunales de selección actuarán con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y en el Acuerdo de la Mesa de la
Diputación Permanente, de 17 de julio de 2002, sobre normas de funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Asamblea de Madrid y demás disposiciones legales que les sean de aplicación; se ajustarán a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y tenderán en su composición a la paridad entre hombres
y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el artículo 60.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
6.5. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el tribunal velará por
el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
6.6. La designación de los miembros del Tribunal será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al menos con quince días de antelación al de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
7. Desarrollo de la oposición
La oposición se integra por los tres ejercicios siguientes, siendo todos ellos eliminatorios:
7.1. Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de
un tema, sorteado por el Tribunal en presencia de los aspirantes, de entre los que componen
el programa que figura Grupo I del Anexo I. Los aspirantes deberán desarrollar un tema a
elegir entre dos sorteados del grupo.
El tiempo máximo para desarrollar por escrito este ejercicio será de una hora.
El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la
claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
Al amparo del artículo 39 quinquies.2 del Estatuto de Personal de la Asamblea de
Madrid, los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos en la Base 2, accedan por el
turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo o Escalas del Grupo C2 de la Asamblea
de Madrid, estarán exentos de la parte correspondiente a los 13 primeros temas del temario
que figura en el Grupo I del Anexo I de estas Bases, por lo que el tema propuesto estará circunscrito a los temas 14 a 19.
7.2. Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano
de dos temas, de entre los que componen el programa que figura como Anexo I, correspondiendo un tema al Grupo II bloque “Archivística”, y otro del bloque “Bibliotecas”, a elegir
entre cuatro temas de los mencionados bloques, sorteados dos a dos por el Tribunal en presencia de los aspirantes.
El tiempo máximo para desarrollar por escrito este ejercicio será de tres horas. El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de
ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
7.3. Tercer ejercicio: La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto
práctico para su posterior exposición oral ante el tribunal, escogido al azar por el opositor
de entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado con el temario de Archivística o con
cuestiones relacionadas con la gestión y actuaciones en los Archivos Parlamentarios.
La segunda parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico para su posterior
exposición oral ante el tribunal, escogido al azar por el aspirante de entre dos propuestos y
elaborados por el Tribunal, relacionados con el temario de Bibliotecas o con cuestiones relacionadas con la gestión y actuaciones en las Bibliotecas Parlamentarias.
Los opositores dispondrán de un máximo de una hora y treinta minutos para la resolución de cada uno de los supuestos, pudiendo utilizar para ello los recursos informativos y documentales que consideren necesarios, a excepción de medios electrónicos o telemáticos, bien
sean aportados estos recursos por los propios opositores o bien los disponibles en la sala en
que se realice el ejercicio, que oportunamente determinará y hará público el Tribunal.
BOCM-20210421-1
Pág. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 94
6.2. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del
Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros.
6.3. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la de esta Asamblea de Madrid (Plaza Asamblea de Madrid, 1).
6.4. Los tribunales de selección actuarán con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y en el Acuerdo de la Mesa de la
Diputación Permanente, de 17 de julio de 2002, sobre normas de funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Asamblea de Madrid y demás disposiciones legales que les sean de aplicación; se ajustarán a los principios de imparcialidad y
profesionalidad de sus miembros, y tenderán en su composición a la paridad entre hombres
y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el artículo 60.1 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
6.5. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el tribunal velará por
el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
6.6. La designación de los miembros del Tribunal será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID al menos con quince días de antelación al de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
7. Desarrollo de la oposición
La oposición se integra por los tres ejercicios siguientes, siendo todos ellos eliminatorios:
7.1. Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano de
un tema, sorteado por el Tribunal en presencia de los aspirantes, de entre los que componen
el programa que figura Grupo I del Anexo I. Los aspirantes deberán desarrollar un tema a
elegir entre dos sorteados del grupo.
El tiempo máximo para desarrollar por escrito este ejercicio será de una hora.
El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la
claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
Al amparo del artículo 39 quinquies.2 del Estatuto de Personal de la Asamblea de
Madrid, los aspirantes que reuniendo los requisitos establecidos en la Base 2, accedan por el
turno de promoción interna y pertenezcan al Cuerpo o Escalas del Grupo C2 de la Asamblea
de Madrid, estarán exentos de la parte correspondiente a los 13 primeros temas del temario
que figura en el Grupo I del Anexo I de estas Bases, por lo que el tema propuesto estará circunscrito a los temas 14 a 19.
7.2. Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito en idioma castellano
de dos temas, de entre los que componen el programa que figura como Anexo I, correspondiendo un tema al Grupo II bloque “Archivística”, y otro del bloque “Bibliotecas”, a elegir
entre cuatro temas de los mencionados bloques, sorteados dos a dos por el Tribunal en presencia de los aspirantes.
El tiempo máximo para desarrollar por escrito este ejercicio será de tres horas. El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de
ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
7.3. Tercer ejercicio: La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto
práctico para su posterior exposición oral ante el tribunal, escogido al azar por el opositor
de entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado con el temario de Archivística o con
cuestiones relacionadas con la gestión y actuaciones en los Archivos Parlamentarios.
La segunda parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico para su posterior
exposición oral ante el tribunal, escogido al azar por el aspirante de entre dos propuestos y
elaborados por el Tribunal, relacionados con el temario de Bibliotecas o con cuestiones relacionadas con la gestión y actuaciones en las Bibliotecas Parlamentarias.
Los opositores dispondrán de un máximo de una hora y treinta minutos para la resolución de cada uno de los supuestos, pudiendo utilizar para ello los recursos informativos y documentales que consideren necesarios, a excepción de medios electrónicos o telemáticos, bien
sean aportados estos recursos por los propios opositores o bien los disponibles en la sala en
que se realice el ejercicio, que oportunamente determinará y hará público el Tribunal.
BOCM-20210421-1
Pág. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID