Madrid (BOCM-20210416-46)
Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza Calidad del Aire y Sostenibilidad
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B.O.C.M. Núm. 90

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE ABRIL DE 2021

existe alta probabilidad de que supere, los umbrales definidos en la legislación o
planes vigentes.
n) “Espacio libre de parcela”: la superficie de la parcela que no es susceptible de ser
ocupada por la edificación sobre rasante, resultado de aplicar sobre ella las condiciones normativas de ocupación.
o) “Evento”: Acontecimiento previamente organizado que reúne a un número de
personas en tiempo y lugar preestablecidos, que desarrollarán y compartirán una
serie de actividades afines por razones comerciales, industriales, sociales, deportivas, culturales o análogas.
p) “Generación distribuida de energía”: generación descentralizada de energía producida con proximidad a los puntos de consumo.
q) “Hueco receptor”: cualquier hueco de edificación susceptible de ser abierto que
comunique con un recinto que reúna las condiciones para desarrollar actividades
que impliquen la permanencia prolongada de personas o con un lugar de almacenamiento de productos que puedan verse afectados negativamente.
r) “Instalaciones próximas”: aquellas definidas en la normativa que regula las condiciones de autoconsumo de energía eléctrica.
s) “Intervenciones en edificios existentes”: ampliaciones, reformas y cambios de
uso, en los términos establecidos en el Código Técnico de la Edificación (en adelante, CTE), aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
t) “Jerarquía de residuos”: orden de prioridad que debe regir en materia de prevención y gestión de residuos para conseguir el mejor resultado ambiental global de
acuerdo con la normativa en materia de residuos.
u) “Legado sostenible asociado a un evento”: cosa material o inmaterial que permita mejorar las condiciones ambientales de entorno.
v) “Mejores Técnicas Disponibles”: fase más eficaz y avanzada de desarrollo de las
actividades y de sus modalidades de explotación, que demuestran la capacidad
práctica de determinadas técnicas para constituir, en principio, la base de los valores límite de emisión destinados a evitar o, cuando ello no sea posible, reducir
en general las emisiones de contaminantes y el impacto en el conjunto del medio
ambiente y de la salud de las personas, de conformidad con lo dispuesto en la
normativa sobre calidad del aire.
w) “Molestia”: incomodidad producida por los humos, gases, olores, polvos, partículas o cualquier otra sustancia.
x) “Nuevas edificaciones”: aquellas cuyo proyecto de construcción se presente ante
el órgano municipal competente con posterioridad a la entrada en vigor de esta
ordenanza.
y) “Potencia térmica nominal”: calor máximo (referido al poder calorífico inferior
del combustible) que podría liberar el quemador del equipo de combustión correspondiente funcionando con el gasto indicado de acuerdo a las especificaciones del fabricante, constructor o montador.
z) “Potencia útil nominal”: potencia máxima que, según determine y garantice el fabricante, puede suministrar un equipo en funcionamiento continuo, ajustándose
a los rendimientos declarados por el fabricante.
aa) “Reforma importante”: la que afecte a más del 50 % de la potencia instalada en el
aparcamiento, así como la instalación de nuevos circuitos o cuadros.
bb) “Reformas de instalaciones térmicas de los edificios”: las definidas como tales
en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios aprobado por Real
Decreto 1027/2007, de 20 de julio (en adelante, RITE).
cc) “Revoco de humos”: entrada de humos por el conducto de evacuación en el sentido contrario a su expulsión al exterior.
dd) “Sumidero de dióxido de carbono”: sistema o proceso por el que se extrae de la
atmósfera dióxido de carbono y se almacena.
ee) “Vehículos de movilidad personal”: aquellos definidos como tales en la normativa en materia de tráfico y movilidad.
Art. 3. Ámbito de aplicación.—1. Quedan sujetos a las prescripciones de la ordenanza los elementos o actividades generadores o emisores de humos, gases, vapores, olores, polvos, cenizas, partículas o de cualquier otra materia o sustancia potencialmente contaminante o molesta, ya se trate de instalaciones, establecimientos, equipos, maquinaria,

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