Paracuellos de Jarama (BOCM-20210413-60)
Organización y funcionamiento. Reglamento instalaciones deportivas
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 184

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE ABRIL DE 2021

b)

c)

d)

e)

B.O.C.M. Núm. 87

cios a terceros sin que medie el correspondiente contrato administrativo de prestación de servicios o bien se haya tramitado la correspondiente concesión administrativa según el procedimiento descrito al efecto en el Reglamento de Bienes de
las Corporaciones Locales.
La contravención de lo establecido en el párrafo anterior, una vez constatado por
la Corporación, y previo trámite de audiencia por un plazo de 10 días, conllevará
la pérdida de la reserva de la instalación para el resto de la temporada, sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador.
Requisitos:
1) Tener su domicilio social en el municipio de Paracuellos de Jarama, no pudiendo en ningún caso tener su domicilio social en instalaciones deportivas
municipales.
2) Carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para el desarrollo
de las actividades objeto de la reserva de temporada.
3) Estar inscritos en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de
Paracuellos de Jarama, con una antigüedad mínima de doce meses.
Solicitudes: con carácter anual, la Concejalía de Deportes publicará las instalaciones susceptibles de ser utilizadas en este régimen. La solicitud en el modelo normalizado establecido al efecto se presentará en el Registro del Ayuntamiento de
Paracuellos de Jarama. El plazo de presentación de la solicitud será del 15 de abril
al 30 de abril, anterior a la temporada deportiva para la que se solicita la reserva.
Desde el 1 al 15 de septiembre se abrirá un plazo extraordinario, teniendo preferencia en la adjudicación las Entidades solicitantes en el plazo ordinario. Si con
posterioridad al cierre de ambos plazos, hubiera unidades deportivas disponibles,
las Entidades podrán solicitar su uso a la Concejalía competente, que podrá, en su
caso, autorizar su utilización previa justificación.
El Área de deportes podrá abrir un plazo excepcional aludiendo a razones de interés general para el municipio por un periodo de tiempo mínimo de 15 días.
Criterios. Las solicitudes se atenderán conforme a los siguientes criterios objetivos y por este orden:
1) Utilidad deportiva o social en el municipio:
1.o Número de deportistas participando en competición.
2.o Número de socios.
3.o Deporte femenino y masculino, deporte de base y de personas con discapacidad.
4.o Deporte minoritario.
5.o Categorías deportivas (proyección deportiva y continuidad),.
2) Adecuación de los programas presentados a los programas prioritarios contenidos en el presente Reglamento y/o publicitados por la Concejalía competente.
3) Antigüedad en el centro deportivo municipal.
Confirmación:
1) El estudio de las solicitudes y la confirmación de la reserva se realizarán por
parte de la Concejalía competente.
2) Las resoluciones confirmando y/o denegando la reserva serán motivadas, llevando a cabo una ponderación cuantitativa de los criterios aplicados y tendrán
carácter público.
De concurrir solicitudes con idéntica puntuación sobre un mismo espacio, la
Consejería competente procederá a la distribución de los tiempos y espacios
solicitados entre las mismas.
De no resultar posible la distribución, en caso de empate, se resolverá por sorteo y se establecerá una lista de espera comunicándose a los no beneficiados
por la resolución el orden que ocupan en el supuesto de que se produjese la
renuncia del beneficiario y/o el mismo no llegase a formalizar la reserva por
incumplir cualesquiera de las condiciones y/o requisitos establecidos.
3) La Concejalía competente notificará la confirmación a los interesados antes
del 1 de julio, así como instrucciones y documentación a presentar para la formalización definitiva de la reserva.

BOCM-20210413-60

BOCM