Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 86

LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

Pág. 281

to, previamente aprobado, según se detallan en cada una de las Bases Específicas de las
Delegaciones participantes, que se resumen en:
DELEGACIÓN

ÁREA

APLICACIÓN
PRESUPUESTARIA

DOTACIÓN
ECONÓMICA

Delegación de Mayores, Participación Ciudadana, Festejos y Cooperación

Cooperación

24/9241/489.00

10.000€

Delegación de Servicios Sociales, Cultura e Igualdad

Cultura

05/3300/489.01

26.000€

Delegación de Deportes

Deportes

06/3411/489.00

1.008.900€

Deleg. Educación, Discapacidad, Inmigración, Infancia y Juventud

Discapacidad

35/2313/489.01

32.000€

Delegación de Recursos Humanos, Desarrollo Local, Empleo, Sostenibilidad y Empleo
Movilidad

03/2410/489.02

15.000€

Delegación Mayores, Participación Ciudadana, Festejos y Cooperación

Festejos

21/3380/489/01

50.000€

Deleg. Educación, Discapacidad, Inmigración, Infancia y Juventud

Infancia

30/2314/489.01

15.000€

Delegación de Servicios Sociales, Cultura e Igualdad

Igualdad

09/2311/489.01

20.000€

Deleg. Educación, Discapacidad, Inmigración, Infancia y Juventud

Juventud

19/3345/489.01

30.000€

Junta Municipal de Distrito La Fortuna

JMD La Fortuna

17/9200/489.01

75.000€
15.120€

Junta Municipal de Distrito San Nicasio

JMD San Nicasio

22/9200/489.00

Delegación de Medio Ambiente

Medio Ambiente

12/1720/489.01

6.000€

Delegación Mayores, Participación Ciudadana, Festejos y Cooperación

Participación Ciudadana

10/9240/489.01

34.500€

Deleg. Salud, Consumo, Régimen Interior y Transparencia

Salud

33/3114/489.01

20.000€

Delegación de Servicios Sociales, Cultura e Igualdad

S. Sociales

08/2300/489.01

87.000€

36/1720/489.01

40.000€

Delegación de Recursos Humanos, Desarrollo Local, Empleo, Sostenibilidad y Sostenibilidad y Movilidad
Movilidad

Cuarta. Criterios de valoración de las solicitudes
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e de la Ley General de Subvenciones, las solicitudes presentadas se valorarán y seleccionarán teniendo en cuenta criterios
objetivos de valoración y su correspondiente ponderación.
Cada una de las Delegaciones y Juntas de Distritos a las que se refiere la presente convocatoria valorarán con carácter general los siguientes criterios:
— Idoneidad o necesidad social del proyecto alineado con los objetivos de Desarrollo
Sostenible (hasta 2 puntos).
— Continuidad demostrada de los proyectos en los últimos años desarrollados satisfactoriamente (hasta 1 punto).
— Acciones novedosas. Actividades frente a la epidemia de coronavirus, iniciativas
sociales, salud y otros (hasta 4 puntos).
— Cooperación entre varias asociaciones para el desarrollo de proyectos conjuntos
(hasta 1 punto).
Además, cada proyecto se evaluará con los criterios de valoración que se detallan en
cada una de las bases específicas.
La valoración económica de las puntuaciones obtenidas será realizada por el área correspondiente en cada fase de las subvenciones.

Podrán optar a las subvenciones reguladas en las presentes bases:
— Las Entidades y Asociaciones sin Ánimo de Lucro que estén dadas de alta en el
Registro Municipal de Asociaciones de Leganés y que dicha inscripción se encuentre actualizada en el momento de solicitar las subvenciones.
— Tener entre sus fines la realización de proyectos o actividades relacionadas con las
diferente Delegaciones y Áreas a las que va a solicitar subvención. Así como disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar los proyectos objeto de
la presente subvención y garantizar el cumplimiento de los objetivos previstos en
los mismos.
— Que la asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a las Seguridad
Social y de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal y Hacienda Local.
Sexta. Solicitudes y plazos de presentación
Se presentará una solicitud por cada proyecto.
No se podrá solicitar varias subvenciones para un mismo proyecto.
Cada entidad solicitante podrá presentar un único proyecto por Área o Junta Municipal de Distrito (Cooperación, Cultura, Deportes, Discapacidad, Empleo, Festejos, Empleo,
Infancia, Igualdad, Juventud, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de

BOCM-20210412-46

Quinta. Entidades/Asociaciones beneficiarias