Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 280

LUNES 12 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 86

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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LEGANÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, del excelentísimo Ayuntamiento de Leganés, se ha aprobado, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2021, punto ocho,
las Bases Generales y las Bases Específicas de las subvenciones municipales, dirigidas a
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, año 2021.
En lo no previsto en las presentes Bases, se aplicará lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
Del mismo modo se aplicará el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, de la Base de
Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. Y la Ley Orgánica 3/2018, de diciembre, de Protección de datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
BASES GENERALES DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL 2021
Primera. Objeto
Las presentes bases alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) Agenda 2030, tienen como objeto promover y dinamizar la participación ciudadana en cada una
de las áreas, Cooperación, Cultura, Deportes, Discapacidad, Empleo, Festejos, Infancia,
Igualdad, Juventud, Junta Municipal de Distrito La Fortuna, Junta Municipal de Distrito
San Nicasio, Medio Ambiente, Participación Ciudadana, Salud, Servicios Sociales y Sostenibilidad establecidas en las presentes bases del Ayuntamiento de Leganés.
Los proyectos serán ejecutados por entidades sociales y asociaciones sin ánimo de lucro que quieren actuar y actúan en el municipio de Leganés.
Segunda. Normativa aplicable
Las ayudas se concederán, de acuerdo al Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Leganés 2021-2024, aprobado en Junta de Gobierno Local el 3 de marzo de 2021,
y a los principios generales, de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, en régimen de concurrencia competitiva previsto en el punto 1.3 “Principios Generales del Plan”.
En lo no previsto en las presentes Bases, se aplicará lo dispuesto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

1. Las ayudas que se concedan al amparo de la presentes Bases se financiarán con
cargo a los fondos propios del Ayuntamiento de Leganés.
2. La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de 1.484.520 euros en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles y retenidas las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan del presupuesto del ejercicio 2021.
3. La concesión de ayudas quedará condicionada a la suficiencia, existencia y disponibilidad del crédito asignado a cada Área de las diferentes Delegaciones o Junta de Distri-

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Tercera. Financiación