C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210412-12)
Implantación enseñanzas – Orden 763/2021, de 29 de marzo, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se convoca el procedimiento para la implantación de proyectos bilingües de Formación Profesional en centros sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid en el curso 2021-2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
Pág. 187
curricular y horaria de la enseñanza bilingüe propuesta en el proyecto bilingüe de
Formación Profesional. Asimismo, se valorará la evaluación interna de la implantación de dicho proyecto: la descripción del proceso y los instrumentos de evaluación que se elaboren para revisar y mejorar su desarrollo.
d) Profesorado: hasta 30 puntos.
En el caso de los centros públicos, se valorará la situación administrativa del profesorado en el centro que, cumpliendo los requisitos establecidos en el 11.2 de la
Orden 1679/2016, de 26 de mayo, y estando interesado en participar en el proyecto bilingüe de Formación Profesional en las condiciones dispuestas en el artículo
12 de la misma, ha adquirido el compromiso de participación al que se hace referencia en el anexo III de esta orden. También, se tendrán en cuenta la implicación
de otro profesorado en dicho proyecto. En caso de centros privados sostenidos con
fondos públicos se valorará el profesorado que esté en posesión de la habilitación
lingüística, en relación a los ciclos y número de grupos del proyecto bilingüe.
Asimismo, se valoraran los recursos personales disponibles en el centro educativo para
la implantación del proyecto bilingüe de Formación Profesional.
Las solicitudes de autorización de modificaciones en proyectos bilingües de Formación Profesional, autorizados en convocatorias anteriores, serán analizadas por la comisión
de selección que informará por un lado, si estas modificaciones reúnen las condiciones y
características establecidas en el artículo 31 del Decreto 63/2019, de 16 de julio y en la Orden 1679/2016, de 26 de mayo, y, por otro lado, si el centro acredita disponer de los medios
materiales y humanos suficientes para llevarlas a cabo y, por lo tanto, son susceptibles de
ser autorizadas.
Séptimo
Comisión de selección
La Consejería de Educación y Juventud llevará a cabo la selección de los proyectos bilingües de Formación Profesional, mediante una comisión con la siguiente composición:
Presidente: Titular de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial o persona en la que delegue.
Miembros:
— Dos representantes de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación
Profesional y Régimen General designados por el titular de la misma.
— Un representante de la Dirección General de Recursos Humanos designado por el
titular de la misma.
— Un representante de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio designado por el titular de la misma.
— Un representante de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza designado por el titular de la misma.
La comisión de selección procederá a la valoración de las solicitudes presentadas de
conformidad con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria y elevará al
Consejero de Educación y Juventud la propuesta de resolución de la misma.
Asimismo, la comisión de selección podrá recabar de la Inspección Educativa los informes oportunos sobre los centros solicitantes.
Octavo
1. El titular de la Consejería competente en materia de educación autorizará la implantación en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid en el curso académico 2021-2022 los proyectos bilingües de Formación Profesional de los ciclos
formativos de Grado Superior, pertenecientes preferentemente a las familias profesionales
citadas en el apartado tercero, cuya lengua extranjera objeto del proyecto bilingüe sea el inglés, así como la autorización de las modificaciones de proyectos bilingües de Formación
Profesional, autorizados en convocatorias anteriores, que procedan.
2. La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses, a partir del día en
que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.
BOCM-20210412-12
Publicación de la Orden de implantación de proyectos bilingües de Formación Profesional
B.O.C.M. Núm. 86
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
Pág. 187
curricular y horaria de la enseñanza bilingüe propuesta en el proyecto bilingüe de
Formación Profesional. Asimismo, se valorará la evaluación interna de la implantación de dicho proyecto: la descripción del proceso y los instrumentos de evaluación que se elaboren para revisar y mejorar su desarrollo.
d) Profesorado: hasta 30 puntos.
En el caso de los centros públicos, se valorará la situación administrativa del profesorado en el centro que, cumpliendo los requisitos establecidos en el 11.2 de la
Orden 1679/2016, de 26 de mayo, y estando interesado en participar en el proyecto bilingüe de Formación Profesional en las condiciones dispuestas en el artículo
12 de la misma, ha adquirido el compromiso de participación al que se hace referencia en el anexo III de esta orden. También, se tendrán en cuenta la implicación
de otro profesorado en dicho proyecto. En caso de centros privados sostenidos con
fondos públicos se valorará el profesorado que esté en posesión de la habilitación
lingüística, en relación a los ciclos y número de grupos del proyecto bilingüe.
Asimismo, se valoraran los recursos personales disponibles en el centro educativo para
la implantación del proyecto bilingüe de Formación Profesional.
Las solicitudes de autorización de modificaciones en proyectos bilingües de Formación Profesional, autorizados en convocatorias anteriores, serán analizadas por la comisión
de selección que informará por un lado, si estas modificaciones reúnen las condiciones y
características establecidas en el artículo 31 del Decreto 63/2019, de 16 de julio y en la Orden 1679/2016, de 26 de mayo, y, por otro lado, si el centro acredita disponer de los medios
materiales y humanos suficientes para llevarlas a cabo y, por lo tanto, son susceptibles de
ser autorizadas.
Séptimo
Comisión de selección
La Consejería de Educación y Juventud llevará a cabo la selección de los proyectos bilingües de Formación Profesional, mediante una comisión con la siguiente composición:
Presidente: Titular de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial o persona en la que delegue.
Miembros:
— Dos representantes de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación
Profesional y Régimen General designados por el titular de la misma.
— Un representante de la Dirección General de Recursos Humanos designado por el
titular de la misma.
— Un representante de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio designado por el titular de la misma.
— Un representante de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza designado por el titular de la misma.
La comisión de selección procederá a la valoración de las solicitudes presentadas de
conformidad con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria y elevará al
Consejero de Educación y Juventud la propuesta de resolución de la misma.
Asimismo, la comisión de selección podrá recabar de la Inspección Educativa los informes oportunos sobre los centros solicitantes.
Octavo
1. El titular de la Consejería competente en materia de educación autorizará la implantación en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid en el curso académico 2021-2022 los proyectos bilingües de Formación Profesional de los ciclos
formativos de Grado Superior, pertenecientes preferentemente a las familias profesionales
citadas en el apartado tercero, cuya lengua extranjera objeto del proyecto bilingüe sea el inglés, así como la autorización de las modificaciones de proyectos bilingües de Formación
Profesional, autorizados en convocatorias anteriores, que procedan.
2. La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses, a partir del día en
que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.
BOCM-20210412-12
Publicación de la Orden de implantación de proyectos bilingües de Formación Profesional