D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210409-28)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU, para la formación práctico-clínica de los alumnos del grado de Enfermería
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

B.O.C.M. Núm. 84

Tercero
Que la Universidad San Pablo CEU (en lo sucesivo la Universidad) es una universidad
privada reconocida legalmente por Ley 8/1993, de 19 de abril, de reconocimiento de la Universidad San Pablo-CEU de Madrid, tiene como misión contribuir al desarrollo y transmisión del conocimiento científico en todas sus variantes y aspectos, desde una visión interdisciplinar e integradora de saberes y, como uno de sus objetivos esenciales, el desarrollo
de la investigación científica y técnica de calidad.
Cuarto
Que para atender al objetivo de adecuación entre la función docente de la Universidad y
la función asistencial de las instituciones sanitarias establecido por la Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades y por las Leyes 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y LOSCAM, las universidades, conforme a lo dispuesto en el apartado a) del punto 1.o
del Anexo II, del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros sanitarios, deben garantizar en las enseñanzas de Medicina, Enfermería y Fisioterapia, la disponibilidad de un hospital y tres centros de
atención primaria (de titularidad pública o privada) con base en un convenio en el caso de las
universidades privadas. Dichas instituciones sanitarias tendrán que reunir los requisitos que
se establezcan de forma conjunta entre los ministerios con competencias en materia de sanidad y de universidades.
Quinto
Que la Comunidad de Madrid comparte, por tanto, con la Universidad San Pablo-CEU,
el interés en la formación de profesionales de la salud del grado de Enfermería, y el fomento de actividades que contribuyan a un mejor desarrollo del conocimiento, no solo de las
profesiones sanitarias, sino también de aquellas otras de cuyo buen hacer y adecuado soporte depende, en buena medida, el funcionamiento de los centros sanitarios.
Por los motivos expuestos las partes acuerdan suscribir el presente Convenio con base
en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Es objeto de este Convenio establecer los términos y condiciones que regirán la relación entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo-CEU para la formación práctico-clínica de la
enseñanza del grado de Enfermería que imparte dicha universidad.
Segunda
1. La Consejería de Sanidad y el SERMAS ponen a disposición de la Universidad, a
efectos docentes de la práctica clínica, los centros y servicios sanitarios que se especifican
en el anexo I.
2. Estos centros funcionarán, en lo referente a los aspectos docentes de la práctica clínica, en coordinación con la Universidad y los departamentos universitarios correspondientes.
3. La distribución de los alumnos se adaptará a la capacidad estructural y de soporte
de los centros asistenciales, debiendo respetar la Universidad el número máximo de alumnos que se establezca en cada uno de ellos para cada curso académico, según el procedimiento previsto en el presente Convenio.
4. Correrá de cuenta de la Universidad la dotación de los recursos materiales suficientes, complementarios de los existentes en los centros sanitarios, e inversiones en infraestructuras vinculadas a la docencia, necesarios para llevar a cabo las actividades prácticas docentes. En caso de extinción del presente Convenio, la titularidad del material
inventariable adscrito a tales fines, así como las inversiones sobre infraestructuras realizadas, revertirán en la Consejería de Sanidad.

BOCM-20210409-28

Centros y servicios sanitarios adscritos al Convenio