D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210409-28)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU, para la formación práctico-clínica de los alumnos del grado de Enfermería
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 84

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE ABRIL DE 2021

Pág. 87

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
28

CONVENIO de colaboración de 24 de marzo de 2021, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y
la Universidad San Pablo CEU, para la formación práctico-clínica de los alumnos del grado de Enfermería.
REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad, nombrado por Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 4.3 a)
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de Adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid
a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de
marzo.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado por Decreto 90/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, y actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3 b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la
normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de
funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17
de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra, la Excma. Sra. D.a Rosa María Visiedo Claverol, Rectora Magnífica, actuando en nombre y representación de la Universidad San Pablo CEU, con domicilio en Madrid,
calle de Isaac Peral n.o 58, con CIF G-28423275, en uso de las facultades conferidas por el
artículo 37.1.c) del Decreto 31/2011, de 2 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad San Pablo CEU.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y legitimación con
que intervienen para la formalización del presente documento y en su virtud,
EXPONEN
Primero
Que la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, tiene entre sus
competencias, las relativas a ordenación, gestión, coordinación y.
evaluación de las actividades relacionadas con la formación sanitaria dentro de su territorio en sus distintos niveles de grado, posgrado, formación de especialistas y planes de
formación continuada del personal de la Consejería de Sanidad (artículo 9.c) del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de dicha
Consejería).

Que el Servicio Madrileño de Salud (en adelante SERMAS) es un ente de derecho público creado por la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.

BOCM-20210409-28

Segundo