B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210405-3)
Concurso específico – Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo singularizado en la Nueva Oficina Fiscal de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
2.
Pág. 21
Segunda fase: Méritos específicos. Máximo 40 puntos.
Se procederá a la valoración de aptitudes concretas, a través de conocimientos, y experiencia, señalados en la relación de puestos de trabajo oficialmente aprobada conforme a
la siguiente puntuación:
a) Conocimientos:
— En Informática: 6 puntos.
— En Derecho Procesal Penal: 3 puntos.
— En Derecho Procesal Civil: 1 puntos.
b) Experiencia:
— En el uso de las aplicaciones informáticas de la Fiscalía: 15 puntos.
— En Oficinas de Fiscalía: 5 puntos.
— En Tramitación de Diligencias de Fiscalía: 5 puntos.
— En coordinación de grupos de trabajo: 5 puntos.
Los conocimientos se acreditarán mediante la presentación de los certificados de aprovechamiento de cursos oficiales u homologados y la experiencia mediante los certificados
de funciones por parte de los responsables procesales que acrediten los méritos alegados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación
adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos
alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 100 puntos.
Quinta
Solicitudes
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo publicado
como Anexo II de esta Resolución.
2. Deberán ir dirigidas al ilustrísimo señor Director General de Recursos Humanos
y Relaciones con la Administración de Justicia, calle General Perón, número 38, 3.a planta, 28020 Madrid, y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También será objeto de publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
3. No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada del correspondiente registro, dentro del plazo establecido para la presentación de instancias.
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
5. A la solicitud se adjuntará autorización firmada para que la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas acceda al Registro Central de delincuentes sexuales y compruebe la inexistencia de antecedentes.
6. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
7. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
8. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas y publicada en la página
web de la Comunidad de Madrid. La misma estará integrada por:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
BOCM-20210405-3
Sexta
B.O.C.M. Núm. 80
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
2.
Pág. 21
Segunda fase: Méritos específicos. Máximo 40 puntos.
Se procederá a la valoración de aptitudes concretas, a través de conocimientos, y experiencia, señalados en la relación de puestos de trabajo oficialmente aprobada conforme a
la siguiente puntuación:
a) Conocimientos:
— En Informática: 6 puntos.
— En Derecho Procesal Penal: 3 puntos.
— En Derecho Procesal Civil: 1 puntos.
b) Experiencia:
— En el uso de las aplicaciones informáticas de la Fiscalía: 15 puntos.
— En Oficinas de Fiscalía: 5 puntos.
— En Tramitación de Diligencias de Fiscalía: 5 puntos.
— En coordinación de grupos de trabajo: 5 puntos.
Los conocimientos se acreditarán mediante la presentación de los certificados de aprovechamiento de cursos oficiales u homologados y la experiencia mediante los certificados
de funciones por parte de los responsables procesales que acrediten los méritos alegados.
La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los
concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación
adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos
alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 100 puntos.
Quinta
Solicitudes
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo publicado
como Anexo II de esta Resolución.
2. Deberán ir dirigidas al ilustrísimo señor Director General de Recursos Humanos
y Relaciones con la Administración de Justicia, calle General Perón, número 38, 3.a planta, 28020 Madrid, y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También será objeto de publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
3. No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada del correspondiente registro, dentro del plazo establecido para la presentación de instancias.
4. Con la solicitud se adjuntará toda la documentación justificativa de los méritos
alegados, así como índice de los mismos.
5. A la solicitud se adjuntará autorización firmada para que la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas acceda al Registro Central de delincuentes sexuales y compruebe la inexistencia de antecedentes.
6. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.
7. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
8. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
Comisión de Valoración
1. La evaluación de los méritos corresponderá a una Comisión de Valoración, que
será nombrada por la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas y publicada en la página
web de la Comunidad de Madrid. La misma estará integrada por:
a) Tres funcionarios de Grupo A1 y A2 de la Comunidad de Madrid, de los que uno
será nombrado Presidente y el otro Secretario de la Comisión y un funcionario del
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa propuestos por la Administración.
BOCM-20210405-3
Sexta