B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210405-3)
Concurso específico – Resolución de 12 de marzo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de un puesto de trabajo singularizado en la Nueva Oficina Fiscal de la Comunidad de Madrid
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 80
Segunda
Requisitos y condiciones de participación
1. Podrán participar en este concurso:
Los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa destinados en el municipio donde deba desempeñarse el puesto de trabajo, dentro del ámbito competencial y territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de
las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.
2. No podrán participar en el presente concurso:
a) Los que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular
o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia
en dicha situación.
b) Los suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
c) Los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la
que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se
trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
d) Los condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores,
así como por trata de seres humanos.
3. En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de
conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.
Tercera
Puesto de trabajo ofertado
Se convoca un puesto de trabajo singularizado vacante que figura en Anexo I de la presente Resolución con su descripción completa.
Los participantes podrán solicitar el puesto conforme al modelo de solicitud que se publica como Anexo II.
Cuarta
El presente concurso constará de dos fases:
— Primera: Se procederá a la comprobación y valoración de los méritos generales.
— Segunda: Se procederá a la comprobación y valoración de los méritos específicos
adecuados a las características y contenido del puesto de trabajo a desempeñar.
La valoración de los méritos se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración,
debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o en su caso, una de
las que aparezcan repetidas como tales.
Las puntuaciones otorgadas en cada apartado del baremo, así como la valoración final,
deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
La valoración de los méritos se referirá a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente concurso y se efectuará de acuerdo con
el siguiente baremo:
1. Primera fase: Méritos generales. Máximo 60 puntos.
Antigüedad: Hasta un máximo de 60 puntos, por los servicios efectivos como funcionario de carrera en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal
y Administrativa, se otorgarán 3 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores por meses. A estos efectos, los meses se considerarán de treinta días, a razón de 0,166 puntos por mes.
BOCM-20210405-3
Fases y baremo
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 80
Segunda
Requisitos y condiciones de participación
1. Podrán participar en este concurso:
Los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa destinados en el municipio donde deba desempeñarse el puesto de trabajo, dentro del ámbito competencial y territorial de la Comunidad Autónoma de Madrid, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos
determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de
las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.
2. No podrán participar en el presente concurso:
a) Los que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular
o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia
en dicha situación.
b) Los suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
c) Los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la
que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se
trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
d) Los condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores,
así como por trata de seres humanos.
3. En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de
conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.
Tercera
Puesto de trabajo ofertado
Se convoca un puesto de trabajo singularizado vacante que figura en Anexo I de la presente Resolución con su descripción completa.
Los participantes podrán solicitar el puesto conforme al modelo de solicitud que se publica como Anexo II.
Cuarta
El presente concurso constará de dos fases:
— Primera: Se procederá a la comprobación y valoración de los méritos generales.
— Segunda: Se procederá a la comprobación y valoración de los méritos específicos
adecuados a las características y contenido del puesto de trabajo a desempeñar.
La valoración de los méritos se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración,
debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o en su caso, una de
las que aparezcan repetidas como tales.
Las puntuaciones otorgadas en cada apartado del baremo, así como la valoración final,
deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.
La valoración de los méritos se referirá a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente concurso y se efectuará de acuerdo con
el siguiente baremo:
1. Primera fase: Méritos generales. Máximo 60 puntos.
Antigüedad: Hasta un máximo de 60 puntos, por los servicios efectivos como funcionario de carrera en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal
y Administrativa, se otorgarán 3 puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores por meses. A estos efectos, los meses se considerarán de treinta días, a razón de 0,166 puntos por mes.
BOCM-20210405-3
Fases y baremo