C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210401-1)
Convenio colectivo – Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Wabco España, S. L. (código número 28008582011994)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 77
JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021
Pág. 11
El personal de ETT tendrá derecho a los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de Licencias
y Permisos.
28. Permisos no retribuidos.
Los trabajadores tendrán derecho a cinco días no retribuidos al año por asuntos particulares. Para
utilizar este derecho deberán avisar con la máxima antelación y como mínimo con veinticuatro horas.
Podrá optar el interesado por recuperar el tiempo, siempre y cuando las condiciones de su trabajo se
lo permitan.
Cuando se considere que hay exceso de peticiones se reunirán la Representación Legal de los
Trabajadores y la Dirección para analizar y solventar la cuestión.
29. Flexibilidad para estudios
Los trabajadores que estén realizando estudios en centros oficiales o reconocidos por el Ministerio de
Educación para la obtención de un título académico, a tenor de la Ley General de Educación, así como
los que concurran a oposiciones para ingresar en cuerpos de funcionarios públicos, podrán acogerse a
una flexibilidad en el horario de salida de hasta un máximo de dos horas diarias, estudiándose los
casos en que no sea posible esta flexibilidad. Todo ello irá condicionado a un grado de
aprovechamiento considerado como normal dentro de los estudios que se estén realizando y que
analizará la Comisión Paritaria.
30. Complemento por enfermedad o accidente
En los supuestos de baja por Incapacidad Temporal producida por enfermedad común, accidente sea
o no laboral, maternidad, la Empresa complementará el subsidio por Incapacidad Temporal con cargo
a la Seguridad Social, hasta alcanzar el 100 por 100 de los conceptos saláriales fijos.
31. Seguro voluntario de vida o accidentes
Existe un seguro voluntario, cuyo capital para el caso de vida es de 13.000 € y para accidentes de
82.500 €, al cual pueden acogerse los trabajadores fijos afectados por este Convenio que así lo
deseen.
La cuantía a abonar por cada trabajador suscrito es de 2,10 € por 12 pagas y su importe se deducirá
directamente de la nómina.
32. Ayuda para hijos y con capacidad disminuida
Aquellos trabajadores que tengan hijos con capacidad disminuida, reconocidos como tales por el
Instituto Nacional de la Seguridad Social, percibirán una ayuda de 3.000 € anuales distribuidas en 16
mensualidades.
Independientemente de esta ayuda la Empresa abonará anualmente hasta un máximo del 25% de los
gastos médicos y escolares justificados.
Los trabajadores que perciban dicha ayuda, a petición de la Dirección, deberán acreditar que persiste
la situación de incapacidad mediante la presentación del informe médico o asimilado correspondiente,
sin cuyo requisito se perderá el derecho a percibir la mencionada ayuda.
33. Ayudas sociales
Ayuda de estudios y Guarderías: ................................................................... 17.000 €
Actividades culturales y Sindicales: ............................................................... 10.000 €
Préstamos: ...................................................................................................... 42.000 €
BOCM-20210401-1
Se establecen las siguientes ayudas sociales:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 77
JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021
Pág. 11
El personal de ETT tendrá derecho a los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de Licencias
y Permisos.
28. Permisos no retribuidos.
Los trabajadores tendrán derecho a cinco días no retribuidos al año por asuntos particulares. Para
utilizar este derecho deberán avisar con la máxima antelación y como mínimo con veinticuatro horas.
Podrá optar el interesado por recuperar el tiempo, siempre y cuando las condiciones de su trabajo se
lo permitan.
Cuando se considere que hay exceso de peticiones se reunirán la Representación Legal de los
Trabajadores y la Dirección para analizar y solventar la cuestión.
29. Flexibilidad para estudios
Los trabajadores que estén realizando estudios en centros oficiales o reconocidos por el Ministerio de
Educación para la obtención de un título académico, a tenor de la Ley General de Educación, así como
los que concurran a oposiciones para ingresar en cuerpos de funcionarios públicos, podrán acogerse a
una flexibilidad en el horario de salida de hasta un máximo de dos horas diarias, estudiándose los
casos en que no sea posible esta flexibilidad. Todo ello irá condicionado a un grado de
aprovechamiento considerado como normal dentro de los estudios que se estén realizando y que
analizará la Comisión Paritaria.
30. Complemento por enfermedad o accidente
En los supuestos de baja por Incapacidad Temporal producida por enfermedad común, accidente sea
o no laboral, maternidad, la Empresa complementará el subsidio por Incapacidad Temporal con cargo
a la Seguridad Social, hasta alcanzar el 100 por 100 de los conceptos saláriales fijos.
31. Seguro voluntario de vida o accidentes
Existe un seguro voluntario, cuyo capital para el caso de vida es de 13.000 € y para accidentes de
82.500 €, al cual pueden acogerse los trabajadores fijos afectados por este Convenio que así lo
deseen.
La cuantía a abonar por cada trabajador suscrito es de 2,10 € por 12 pagas y su importe se deducirá
directamente de la nómina.
32. Ayuda para hijos y con capacidad disminuida
Aquellos trabajadores que tengan hijos con capacidad disminuida, reconocidos como tales por el
Instituto Nacional de la Seguridad Social, percibirán una ayuda de 3.000 € anuales distribuidas en 16
mensualidades.
Independientemente de esta ayuda la Empresa abonará anualmente hasta un máximo del 25% de los
gastos médicos y escolares justificados.
Los trabajadores que perciban dicha ayuda, a petición de la Dirección, deberán acreditar que persiste
la situación de incapacidad mediante la presentación del informe médico o asimilado correspondiente,
sin cuyo requisito se perderá el derecho a percibir la mencionada ayuda.
33. Ayudas sociales
Ayuda de estudios y Guarderías: ................................................................... 17.000 €
Actividades culturales y Sindicales: ............................................................... 10.000 €
Préstamos: ...................................................................................................... 42.000 €
BOCM-20210401-1
Se establecen las siguientes ayudas sociales: