C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210401-1)
Convenio colectivo – Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Wabco España, S. L. (código número 28008582011994)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 77
Regulación:
Las ayudas serán concedidas en base a la Normativa Interna en vigor.
La utilización del fondo para Actividades Culturales y Sindicales se justificará ante la
Comisión Paritaria trimestralmente.
Con la cantidad señalada para Préstamos, se quiere indicar la cantidad máxima
CIRCULANTE que la Empresa tiene que mantener para que en el año 2.021 exista esa
cuantía de préstamos (si así se demanda). La regulación se realizará a través de la
normativa interna al respecto.
34. Comedor
La Empresa abonará el importe del servicio de comedor íntegramente, en jornada de Lunes a Jueves,
cuando dicho servicio sea el Menú del Día Normal y se efectúe en los restaurantes seleccionados
(Restaurante JOVI POOL NIF B82774985 y Restaurante HOSTELERÍA MASARICOS NIF
B87435392), siempre y cuando el coste por menú no supere el máximo legal deducible y que para el
año 2021 es de 9 €. En caso de que se superase dicho importe, se negociaría con la Representación
Legal de los trabajadores, el posible reparto del exceso.
En caso de cierre de negocio de cualquiera de los mencionados restaurantes se procuraría buscar otro
de características similares.
Asimismo, el personal a turno percibirá, cada día que turnen (de Lunes a Jueves) el importe que se
esté pagando por cada comida en el periodo respectivo.
35. Premio veinticinco años de servicio
El personal que cumpla veinticinco años de antigüedad en la Empresa percibirá un premio consistente
en el importe de tres mensualidades de salario más antigüedad.
Este premio será abonado no más tarde del 31 de Julio del año que corresponda.
36. Premio por matrimonio y/o parejas de hecho
Se establece un premio de 800 € para el trabajador que contraiga matrimonio y que en un período de
12 meses, contados desde el día de las nupcias hacia atrás, tenga una antigüedad en la Compañía de
al menos 6 meses, bien a través de un único contrato o de sucesivos contratos de duración limitada.
37. Premio por natalidad, adopción y acogimiento
En el caso de nacimiento, adopción y/o acogimiento de hijos, el trabajador percibirá un premio
consistente en 450 € por cada hijo.
38. Incapacidad permanente parcial
En el supuesto de que durante la vigencia del presente Convenio un trabajador resultara afectado de
una incapacidad permanente parcial para su profesión habitual, motivada por enfermedad común o
accidente sea ó no profesional, la Dirección, junto con la Representación Legal de los trabajadores,
buscará la forma de facilitar al trabajador un puesto de trabajo acorde con sus aptitudes reales.
39. Revisión médica
Anualmente será realizada una revisión médica a todo el personal de la Empresa.
Las personas que no deseen efectuarse dicha revisión y no estén afectadas por el párrafo anterior
deberán manifestarlo por escrito al departamento de recursos humanos cuando se anuncie la
planificación de la revisión.
Así mismo, se celebrarán, al menos una vez al año, reuniones con la Mutua correspondiente, con el fin
de adecuar la vigilancia de la salud a las necesidades que vayan surgiendo.
BOCM-20210401-1
Dicha revisión es de carácter voluntario, salvo las excepciones fijadas en el art. 22 de la Ley 31/1995
de Prevención de Riesgos Laborales.
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 77
Regulación:
Las ayudas serán concedidas en base a la Normativa Interna en vigor.
La utilización del fondo para Actividades Culturales y Sindicales se justificará ante la
Comisión Paritaria trimestralmente.
Con la cantidad señalada para Préstamos, se quiere indicar la cantidad máxima
CIRCULANTE que la Empresa tiene que mantener para que en el año 2.021 exista esa
cuantía de préstamos (si así se demanda). La regulación se realizará a través de la
normativa interna al respecto.
34. Comedor
La Empresa abonará el importe del servicio de comedor íntegramente, en jornada de Lunes a Jueves,
cuando dicho servicio sea el Menú del Día Normal y se efectúe en los restaurantes seleccionados
(Restaurante JOVI POOL NIF B82774985 y Restaurante HOSTELERÍA MASARICOS NIF
B87435392), siempre y cuando el coste por menú no supere el máximo legal deducible y que para el
año 2021 es de 9 €. En caso de que se superase dicho importe, se negociaría con la Representación
Legal de los trabajadores, el posible reparto del exceso.
En caso de cierre de negocio de cualquiera de los mencionados restaurantes se procuraría buscar otro
de características similares.
Asimismo, el personal a turno percibirá, cada día que turnen (de Lunes a Jueves) el importe que se
esté pagando por cada comida en el periodo respectivo.
35. Premio veinticinco años de servicio
El personal que cumpla veinticinco años de antigüedad en la Empresa percibirá un premio consistente
en el importe de tres mensualidades de salario más antigüedad.
Este premio será abonado no más tarde del 31 de Julio del año que corresponda.
36. Premio por matrimonio y/o parejas de hecho
Se establece un premio de 800 € para el trabajador que contraiga matrimonio y que en un período de
12 meses, contados desde el día de las nupcias hacia atrás, tenga una antigüedad en la Compañía de
al menos 6 meses, bien a través de un único contrato o de sucesivos contratos de duración limitada.
37. Premio por natalidad, adopción y acogimiento
En el caso de nacimiento, adopción y/o acogimiento de hijos, el trabajador percibirá un premio
consistente en 450 € por cada hijo.
38. Incapacidad permanente parcial
En el supuesto de que durante la vigencia del presente Convenio un trabajador resultara afectado de
una incapacidad permanente parcial para su profesión habitual, motivada por enfermedad común o
accidente sea ó no profesional, la Dirección, junto con la Representación Legal de los trabajadores,
buscará la forma de facilitar al trabajador un puesto de trabajo acorde con sus aptitudes reales.
39. Revisión médica
Anualmente será realizada una revisión médica a todo el personal de la Empresa.
Las personas que no deseen efectuarse dicha revisión y no estén afectadas por el párrafo anterior
deberán manifestarlo por escrito al departamento de recursos humanos cuando se anuncie la
planificación de la revisión.
Así mismo, se celebrarán, al menos una vez al año, reuniones con la Mutua correspondiente, con el fin
de adecuar la vigilancia de la salud a las necesidades que vayan surgiendo.
BOCM-20210401-1
Dicha revisión es de carácter voluntario, salvo las excepciones fijadas en el art. 22 de la Ley 31/1995
de Prevención de Riesgos Laborales.