D) Anuncios - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210330-10)
Cesión de uso –  Orden de 2 de marzo de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública por la que se acuerda la cesión de uso gratuita, a favor del Ayuntamiento de Ajalvir, del inmueble situado en calle Zulema, número 2, de ese municipio para adecuarlo a espacio multidisciplinar y coworking
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 28

MARTES 30 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 75

y/o sustitución de los edificios e instalaciones, así como aquellos que fueran necesarios para
su adaptación a la legislación o normativa vigente en cada momento aplicable al uso dado
al mismo serán por cuenta de la cesionaria.
Corresponderá a la entidad cesionaria el deber de mantener el objeto cedido en condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro.
Asimismo, deberá realizar la inspección técnica del edificio y en su caso subsanar las deficiencias que la misma pudiera arrojar. Tanto el resultado de la inspección como la realización
de las obras de reparación deberán ser puestas en conocimiento de esta Administración.
En cuanto a las instalaciones vinculadas al objeto de cesión, la cesionaria deberá realizar, además de su mantenimiento, las inspecciones periódicas que le sean exigibles reglamentariamente a las mismas, así como a llevar a cabo las correcciones, subsanaciones y mejoras que se deriven de las mismas para su conformidad con la normativa sectorial que le
sea de aplicación.
Séptima
Obtención de licencias y permisos
1. La entidad cesionaria deberá obtener cuantas licencias y autorizaciones sean necesarias para el uso del bien o la actividad a realizar en el mismo. La Comunidad de Madrid
queda exonerada de toda responsabilidad si, por cualquier causa, los organismos o autoridades competentes se demorasen en facilitar las autorizaciones precisas o no permitiesen o
limitasen el ejercicio de la actividad desarrollada por la cesionaria.
2. Igualmente deberá respetar lo dispuesto al respecto en la legalidad vigente y en las
normas de convivencia. Queda expresamente prohibido desarrollar actividades molestas,
insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Octava
Responsabilidades y seguro
1. Será responsabilidad de la cesionaria desarrollar la actividad de acuerdo con la
normativa urbanística y sectorial que resulte de aplicación a la actividad que desarrolla en
los locales cedidos.
2. Los desperfectos que puedan ocasionarse, incluidos los casos de incendio, destrucción, etc., tanto a la propiedad como a terceros, en cualquiera de sus bienes y derechos,
que traiga causa del uso del inmueble, serán a cargo de la cesionaria.
3. La entidad cesionaria asumirá todos los deberes que le correspondan en calidad de
empleadora en relación con el personal que preste sus servicios profesionales del tipo o categoría que fueran en el objeto de la cesión, incluidas cuantas obligaciones le competan en
materia de prevención de riesgos laborales.
4. La entidad cesionaria asume toda responsabilidad que por el desarrollo de la actividad objeto de la cesión pueda derivarse frente a los terceros, visitantes y empleados.
5. La cesionaria asegurará a su cargo, con una compañía de seguros de reconocida
solvencia y durante todo el plazo de la cesión, la responsabilidad por daños al inmueble y
responsabilidad civil frente a la cedente, en relación con su ocupación del inmueble y con
el desarrollo de su actividad en el mismo. Copia de la póliza suscrita deberá entregarse a la
Dirección General de Patrimonio y Contratación.
Novena
Publicidad de la colaboración de la Comunidad de Madrid

Décima
Facultades de inspección
La Comunidad de Madrid podrá inspeccionar el objeto de la cesión a fin de garantizar
que el mismo es utilizado de acuerdo con los términos de la presente Orden.

BOCM-20210330-10

La entidad cesionaria deberá dar adecuada publicidad de la colaboración de la Comunidad de Madrid en la realización de la finalidad de la cesión. A tal efecto deberá instalar en
el inmueble un cartel informativo de la cesión con el logotipo de la Comunidad de Madrid.