C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210326-18)
Convenio colectivo – Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Siemens Rail Automation, S. A. U. (código número 28001232011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 63
Los quinquenios se devengarán a partir del día 1 de enero del año en que se cumplan, si
el ingreso tuvo lugar entre el 1 de enero y el 30 de Junio; y a partir del día 1 de Enero del
año siguiente, si el ingreso tuvo lugar entre el 1 de Julio y el 31 de Diciembre.
Art. 13. COMPLEMENTOS DE PUESTO DE TRABAJO
Son de índole funcional y su percepción depende exclusivamente del ejercicio de la
actividad profesional en el puesto asignado.
A) PLUS JEFE DE EQUIPO:
Los Operarios de la División de Contratos (obras) que tengan a su cargo una o más personas o
que ejerzan funciones de representación de Siemens Rail Automation, S.A.U, ante el cliente,
percibirán un complemento de un 20% sobre las tablas salariales (Anexo 1B).
La percepción de este plus se hará a petición del Jefe de Obra y con el Visto Bueno de la
Dirección de Contratos.
Este plus se percibirá única y exclusivamente si se están ejerciendo las funciones
anteriormente descritas sin que el tiempo en que sean desempeñadas genere
consolidación futura.
Los trabajadores que actualmente lo tienen consolidado, lo seguirán percibiendo en las
mismas condiciones actuales, es decir, que cuando se cesa en dicha función, se consolida
el importe específico de este plus, en el valor que tuviera en el momento del cese, como un
complemento personal, siendo este importe absorbible por futuros ascensos de categoría.
B) PLUS NOCTURNIDAD:
Este plus tiene el valor del 40 % sobre las tablas salariales anexas 1A y 1B.
C) PLUS DE CAMBIO DE JORNADA A SABADO, DOMINGO O FESTIVO:
Este plus se devengará proporcionalmente al número de horas trabajadas, en sábado,
domingo o festivo, a cambio de horas ordinarias en otros días laborables con el límite a
efectos de disfrute de 8 horas por día, y tiene un valor de 12,68€ para el año 2015.
Para el año 2016, se incrementará este valor en un 2,5% (13,00€).
Para el año 2017, se incrementará este valor en un 3,5% (13,46€).
Para el año 2018, se incrementará este valor en un 3,5% (13,93€).
Para el año 2019, se incrementará este valor en un 2,5% (14,28€).
Para el año 2020, se incrementará este valor en un 2,3% (14,61€).
No se devengará este plus si dichas horas son de carácter extraordinario.
El tiempo acumulado deberá disfrutarse en los tres meses siguientes a su generación.
Excepcionalmente, y por acuerdo de ambas partes, podrá prorrogarse su disfrute por otros
tres meses más.
D) PLUS CONDUCCION VEHICULOS EMPRESA:
El personal desplazado a obras que, además de realizar las tareas propias de su categoría,
conduzca vehículos de la Empresa, percibirá la asignación mensual de 131,80 € para el
año 2015 (proporcionalmente al tiempo que dure esta eventualidad).
BOCM-20210326-18
Mensualmente se entregará, a los Representantes de los Trabajadores, información de
todos los cambios de jornada realizados, desglosados por departamentos y personas.
B.O.C.M. Núm. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 63
Los quinquenios se devengarán a partir del día 1 de enero del año en que se cumplan, si
el ingreso tuvo lugar entre el 1 de enero y el 30 de Junio; y a partir del día 1 de Enero del
año siguiente, si el ingreso tuvo lugar entre el 1 de Julio y el 31 de Diciembre.
Art. 13. COMPLEMENTOS DE PUESTO DE TRABAJO
Son de índole funcional y su percepción depende exclusivamente del ejercicio de la
actividad profesional en el puesto asignado.
A) PLUS JEFE DE EQUIPO:
Los Operarios de la División de Contratos (obras) que tengan a su cargo una o más personas o
que ejerzan funciones de representación de Siemens Rail Automation, S.A.U, ante el cliente,
percibirán un complemento de un 20% sobre las tablas salariales (Anexo 1B).
La percepción de este plus se hará a petición del Jefe de Obra y con el Visto Bueno de la
Dirección de Contratos.
Este plus se percibirá única y exclusivamente si se están ejerciendo las funciones
anteriormente descritas sin que el tiempo en que sean desempeñadas genere
consolidación futura.
Los trabajadores que actualmente lo tienen consolidado, lo seguirán percibiendo en las
mismas condiciones actuales, es decir, que cuando se cesa en dicha función, se consolida
el importe específico de este plus, en el valor que tuviera en el momento del cese, como un
complemento personal, siendo este importe absorbible por futuros ascensos de categoría.
B) PLUS NOCTURNIDAD:
Este plus tiene el valor del 40 % sobre las tablas salariales anexas 1A y 1B.
C) PLUS DE CAMBIO DE JORNADA A SABADO, DOMINGO O FESTIVO:
Este plus se devengará proporcionalmente al número de horas trabajadas, en sábado,
domingo o festivo, a cambio de horas ordinarias en otros días laborables con el límite a
efectos de disfrute de 8 horas por día, y tiene un valor de 12,68€ para el año 2015.
Para el año 2016, se incrementará este valor en un 2,5% (13,00€).
Para el año 2017, se incrementará este valor en un 3,5% (13,46€).
Para el año 2018, se incrementará este valor en un 3,5% (13,93€).
Para el año 2019, se incrementará este valor en un 2,5% (14,28€).
Para el año 2020, se incrementará este valor en un 2,3% (14,61€).
No se devengará este plus si dichas horas son de carácter extraordinario.
El tiempo acumulado deberá disfrutarse en los tres meses siguientes a su generación.
Excepcionalmente, y por acuerdo de ambas partes, podrá prorrogarse su disfrute por otros
tres meses más.
D) PLUS CONDUCCION VEHICULOS EMPRESA:
El personal desplazado a obras que, además de realizar las tareas propias de su categoría,
conduzca vehículos de la Empresa, percibirá la asignación mensual de 131,80 € para el
año 2015 (proporcionalmente al tiempo que dure esta eventualidad).
BOCM-20210326-18
Mensualmente se entregará, a los Representantes de los Trabajadores, información de
todos los cambios de jornada realizados, desglosados por departamentos y personas.