C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210326-18)
Convenio colectivo – Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Siemens Rail Automation, S. A. U. (código número 28001232011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 72
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 85
Los Sindicatos o Centrales Sindicales así representados tendrán los siguientes derechos:
-
Derecho a afiliación.
Derecho a la recaudación de cuotas y/o descuento en nómina.
Derecho a reunión en el centro de trabajo.
Derecho a difundir propaganda.
Derecho a tablón de anuncios.
Derecho a 2.000 fotocopias/año.
Derecho a local para las actividades propias de la sección sindical.
Todo ello fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la Empresa.
El delegado del Sindicato o Central Sindical tendrá las siguientes competencias y funciones:
1.
2.
3.
4.
5.
Representar y defender los intereses del Sindicato a quién representa y de los
afiliados del mismo, y servir de instrumento de comunicación entre su Central
Sindical y la Dirección.
Si no fuesen miembros del Comité de Empresa, podrán asistir a las reuniones del
Comité de Seguridad y Salud, con voz y sin voto.
Tendrá acceso a la misma información y documentación que el Comité de
Empresa.
Serán oídos por la Empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter
colectivo que afecten a los trabajadores en general, y a los afiliados a su Sindicato
en particular.
Serán, asimismo, informados y oídos por la Empresa con carácter previo:
a)
Acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al
Sindicato.
b)
En materia de reestructuración de plantilla, regulaciones de empleo,
traslados, etc., y en general, sobre cualquier proyecto o acción que pueda
afectar sustancialmente a los intereses de los trabajadores.
c)
Implantación o rescisión de sistemas de organización del trabajo y
cualquiera de sus posibles consecuencias.
CAPITULO XI - SEGURIDAD Y SALUD
Art. 48. COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD
-
Información sobre los presupuestos que se dedican a Seguridad y Salud.
-
Información sobre los riesgos y daños a que están expuestos los trabajadores y
sustancias presumiblemente tóxicas o peligrosas empleadas.
-
Información sobre datos ambientales y sanitarios de la Empresa, así como sobre
estadísticas de enfermedades y accidentes laborales.
-
Intervenir, conjuntamente con la Dirección, en la búsqueda de soluciones a los
problemas de Seguridad y Salud de la Empresa, con una especial atención a lo
referente al trabajo en pantallas de ordenador, siempre subordinado esto último, a lo
que determine la reglamentación correspondiente.
Art. 49. REVISION MEDICA
Anualmente se realizará una revisión médica que se ajustará a lo establecido en la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y demás disposiciones que la desarrollan. Los resultados de estas
revisiones se pasarán al expediente médico personal.
BOCM-20210326-18
El Comité de Seguridad y Salud estará regulado en cuanto a su composición y funciones por la
legislación vigente aplicable, y tendrán derecho a:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 72
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 85
Los Sindicatos o Centrales Sindicales así representados tendrán los siguientes derechos:
-
Derecho a afiliación.
Derecho a la recaudación de cuotas y/o descuento en nómina.
Derecho a reunión en el centro de trabajo.
Derecho a difundir propaganda.
Derecho a tablón de anuncios.
Derecho a 2.000 fotocopias/año.
Derecho a local para las actividades propias de la sección sindical.
Todo ello fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la Empresa.
El delegado del Sindicato o Central Sindical tendrá las siguientes competencias y funciones:
1.
2.
3.
4.
5.
Representar y defender los intereses del Sindicato a quién representa y de los
afiliados del mismo, y servir de instrumento de comunicación entre su Central
Sindical y la Dirección.
Si no fuesen miembros del Comité de Empresa, podrán asistir a las reuniones del
Comité de Seguridad y Salud, con voz y sin voto.
Tendrá acceso a la misma información y documentación que el Comité de
Empresa.
Serán oídos por la Empresa en el tratamiento de aquellos problemas de carácter
colectivo que afecten a los trabajadores en general, y a los afiliados a su Sindicato
en particular.
Serán, asimismo, informados y oídos por la Empresa con carácter previo:
a)
Acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al
Sindicato.
b)
En materia de reestructuración de plantilla, regulaciones de empleo,
traslados, etc., y en general, sobre cualquier proyecto o acción que pueda
afectar sustancialmente a los intereses de los trabajadores.
c)
Implantación o rescisión de sistemas de organización del trabajo y
cualquiera de sus posibles consecuencias.
CAPITULO XI - SEGURIDAD Y SALUD
Art. 48. COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD
-
Información sobre los presupuestos que se dedican a Seguridad y Salud.
-
Información sobre los riesgos y daños a que están expuestos los trabajadores y
sustancias presumiblemente tóxicas o peligrosas empleadas.
-
Información sobre datos ambientales y sanitarios de la Empresa, así como sobre
estadísticas de enfermedades y accidentes laborales.
-
Intervenir, conjuntamente con la Dirección, en la búsqueda de soluciones a los
problemas de Seguridad y Salud de la Empresa, con una especial atención a lo
referente al trabajo en pantallas de ordenador, siempre subordinado esto último, a lo
que determine la reglamentación correspondiente.
Art. 49. REVISION MEDICA
Anualmente se realizará una revisión médica que se ajustará a lo establecido en la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y demás disposiciones que la desarrollan. Los resultados de estas
revisiones se pasarán al expediente médico personal.
BOCM-20210326-18
El Comité de Seguridad y Salud estará regulado en cuanto a su composición y funciones por la
legislación vigente aplicable, y tendrán derecho a: