C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210326-18)
Convenio colectivo –  Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Siemens Rail Automation, S. A. U. (código número 28001232011982)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021

Art. 43.

B.O.C.M. Núm. 72

INFORMACION Y MATERIAL

El Comité de Empresa tendrá derecho a 9.000 fotocopias al año, visando los vales el Secretario
correspondiente. En caso de carácter excepcional (encuestas, renovación de acuerdos, etc.) se
podrá utilizar un mayor número de fotocopias.
El Comité de Empresa dispondrá de los necesarios tablones de anuncios y con las medidas
necesarias, en los que podrá publicar la información que estime conveniente, siendo, en todo caso,
responsable del contenido de las publicaciones con el sello del Comité de Empresa.
De todo lo publicado en los tablones de anuncios se dará copia a la Dirección y a su vez la Dirección
dará copia de cuanto se publique al Comité de Empresa.
El local asignado a los Representantes de los Trabajadores se encuentra actualmente equipado con
una mesa modular para reuniones, sillas, máquina de escribir, etc.
Art. 44.

DERECHO A ASAMBLEAS

Se tendrá derecho a la celebración de cuantas asambleas sean consideradas necesarias por el
Comité de Empresa fuera de la jornada laboral. Cada asamblea deberá ser comunicada a la
Dirección con una antelación mínima de 48 horas, indicando el orden del día y el tiempo previsto de
duración, no pudiendo exceder de 4 horas, a fin de que se pueda realizar el necesario reajuste de
autobuses.
Asimismo, se tendrá derecho a 5 horas al año para Asambleas dentro de la jornada laboral si el
orden del día es relativo a negociación colectiva.
(La comunicación a Dirección con 48 horas se entiende salvo casos excepcionales).
A todas las asambleas podrá asistir un representante de la Dirección, que tendrá derecho a voz,
estando presente solamente durante la fase informativa.
Art. 45.

INFORMACION ECONOMICA Y FINANCIERA DE LA EMPRESA

Se facilitará la información trimestral, en el contenido y forma establecido por las Leyes vigentes en
cada momento, así como aquella otra información que a juicio de la Dirección sea de interés para
los trabajadores.
Art. 46.

REUNIONES COMITE DE EMPRESA Y DIRECCION

Salvo las reuniones de carácter extraordinario, todas las demás se convocarán con una antelación
de 48 horas, por una y otra parte. La convocatoria deberá realizarse incluyendo el orden del día. En
las reuniones con la Dirección no se computará tiempo sindical.
Art. 47. SECCIONES SINDICALES:

El delegado sindical debe ser trabajador en activo y designado de acuerdo con los Estatutos del
Sindicato o Central a quien representa. Será preferentemente miembro del Comité de Empresa.
El delegado del Sindicato o Central Sindical podrá disponer mensualmente de cuarenta y cinco horas
sindicales retribuidas, siempre que no sea miembro del Comité de Empresa.

BOCM-20210326-18

Se respeta el derecho de todos los trabajadores a sindicarse libremente. Las secciones sindicales
legalmente establecidas, podrán elegir un delegado para ostentar la representación de éstas, en los
términos previstos en la L.O.L.S.