C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210326-18)
Convenio colectivo – Resolución de 2 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Siemens Rail Automation, S. A. U. (código número 28001232011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 72
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
F)
Pág. 71
HORAS DE VIAJE
Las horas que realicen los trabajadores sujetos a tablas salariales, fuera de la jornada laboral,
por desplazamientos de trabajo, incluyendo los traslados dentro de las obras se abonarán
según las tablas de los anexos 1A y 1B.
Las horas de viaje realizadas por el personal a que se refiere el artículo 13 D) de este
Convenio, se abonarán a los valores que se recogen en los anexos 1A y 1B.
Para el año 2016, las citadas tablas se incrementarán en el 1,0%.
Para el año 2017, las citadas tablas se incrementarán en el 1,7%.
Para el año 2018, las citadas tablas se incrementarán en el 1,8%.
Para el año 2019, las citadas tablas se incrementarán en el 2,0%.
Para el año 2020, las citadas tablas se incrementarán en el 1,8%.
CAPITULO IV – JORNADA, HORARIO, VACACIONES Y PERMISOS
Art. 19.
JORNADA Y HORARIO
El cómputo anual de horas de trabajo efectivo será de 1.717 horas, las cuales se distribuirán de la
siguiente forma:
-
Hora de entrada:
Hora de salida:
7,30 h.
16,30 h. de lunes a jueves.
14,30 h. los viernes. Se podrá salir los viernes a las 13:50,
recuperando esos 40 minutos en un día de la misma semana
(L-J), informando al jefe inmediato.
No se computarán como tiempo efectivo de trabajo:
15' de lunes a viernes.
40' de lunes a jueves.
Según distribución interna.
El personal de Taller tendrá un margen de 5 minutos, para estar en el puesto de trabajo a la hora de
entrada y salida, excepto los que se acojan a la flexibilidad horaria para el Taller.
El personal de Taller que solicite horario flexible, se atendrá a las siguientes normas:
-
-
Hora flexible de entrada entre las 7,30h. y 8,00h.
Hora salida: No antes de las 16,30h. y de las 14,30h. los viernes. Se podrá salir los
viernes a las 13:50, recuperando esos 40 minutos en un día de la misma semana (L-J),
informando al jefe inmediato.
Horario de entrada y salida de tiempo de comida, para el personal de taller que tenga
horario flexible, en las mismas condiciones que el resto de trabajadores que disfruten
de este horario
Las recuperaciones se producirán de lunes a jueves en periodos mínimos de 30´.
La Dirección de RR.HH., razonará debidamente la negativa a la inclusión de una persona en el
sistema de flexibilidad horaria, así como a la solicitud de una flexibilidad horaria personalizada. Esta
negativa solo podrá estar basada en motivos de trabajo que impidan su acceso al citado horario.
BOCM-20210326-18
El trabajador, tanto de oficina como de taller, podrá solicitar flexibilidad horaria distinta a la
establecida anteriormente, según sus necesidades a la dirección de RRHH, que analizará cada caso
procurando facilitarla en la medida que sea compatible con las necesidades organizativas del área
o departamento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 72
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
F)
Pág. 71
HORAS DE VIAJE
Las horas que realicen los trabajadores sujetos a tablas salariales, fuera de la jornada laboral,
por desplazamientos de trabajo, incluyendo los traslados dentro de las obras se abonarán
según las tablas de los anexos 1A y 1B.
Las horas de viaje realizadas por el personal a que se refiere el artículo 13 D) de este
Convenio, se abonarán a los valores que se recogen en los anexos 1A y 1B.
Para el año 2016, las citadas tablas se incrementarán en el 1,0%.
Para el año 2017, las citadas tablas se incrementarán en el 1,7%.
Para el año 2018, las citadas tablas se incrementarán en el 1,8%.
Para el año 2019, las citadas tablas se incrementarán en el 2,0%.
Para el año 2020, las citadas tablas se incrementarán en el 1,8%.
CAPITULO IV – JORNADA, HORARIO, VACACIONES Y PERMISOS
Art. 19.
JORNADA Y HORARIO
El cómputo anual de horas de trabajo efectivo será de 1.717 horas, las cuales se distribuirán de la
siguiente forma:
-
Hora de entrada:
Hora de salida:
7,30 h.
16,30 h. de lunes a jueves.
14,30 h. los viernes. Se podrá salir los viernes a las 13:50,
recuperando esos 40 minutos en un día de la misma semana
(L-J), informando al jefe inmediato.
No se computarán como tiempo efectivo de trabajo:
15' de lunes a viernes.
40' de lunes a jueves.
Según distribución interna.
El personal de Taller tendrá un margen de 5 minutos, para estar en el puesto de trabajo a la hora de
entrada y salida, excepto los que se acojan a la flexibilidad horaria para el Taller.
El personal de Taller que solicite horario flexible, se atendrá a las siguientes normas:
-
-
Hora flexible de entrada entre las 7,30h. y 8,00h.
Hora salida: No antes de las 16,30h. y de las 14,30h. los viernes. Se podrá salir los
viernes a las 13:50, recuperando esos 40 minutos en un día de la misma semana (L-J),
informando al jefe inmediato.
Horario de entrada y salida de tiempo de comida, para el personal de taller que tenga
horario flexible, en las mismas condiciones que el resto de trabajadores que disfruten
de este horario
Las recuperaciones se producirán de lunes a jueves en periodos mínimos de 30´.
La Dirección de RR.HH., razonará debidamente la negativa a la inclusión de una persona en el
sistema de flexibilidad horaria, así como a la solicitud de una flexibilidad horaria personalizada. Esta
negativa solo podrá estar basada en motivos de trabajo que impidan su acceso al citado horario.
BOCM-20210326-18
El trabajador, tanto de oficina como de taller, podrá solicitar flexibilidad horaria distinta a la
establecida anteriormente, según sus necesidades a la dirección de RRHH, que analizará cada caso
procurando facilitarla en la medida que sea compatible con las necesidades organizativas del área
o departamento.