A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210325-1)
Regulación disposiciones normativas – Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
Artículo 13
Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y Simplificación
Normativa de la Comunidad de Madrid
1. La Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y
Simplificación Normativa de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Comisión), adscrita a la consejería competente en materia de Coordinación Normativa, es el grupo de trabajo interdepartamental que tiene asignadas las funciones de debate, impulso y desarrollo de
la evaluación normativa, a los efectos de su simplificación, su adaptación a los principios
de buena regulación y reducción de cargas administrativas innecesarias, formulando las
propuestas normativas correspondientes.
2. La Comisión fijará, a propuesta de la consejería competente en materia de Coordinación Normativa, los criterios para la evaluación normativa posterior y conocerá de las
propuestas de evaluación normativa que formulen las distintas Consejerías. Asimismo, le
corresponde la valoración con carácter previo a la elevación, por el órgano competente, al
Consejo de Gobierno del Plan Normativo regulado en el artículo 3.
Artículo 14
Huella normativa y gestión electrónica del procedimiento normativo
1. La huella normativa está constituida por los documentos y contenidos que deben
publicarse, conforme a la legislación de transparencia, en un apartado específico del Portal
de Transparencia de la Comunidad de Madrid con esa misma denominación.
2. Los documentos y contenidos disponibles en la huella normativa lo estarán en formato accesible, sin firmas ni rúbricas, y siendo válido el documento pdf generado a partir
del texto de que se trate previo a su firma.
3. Dichos documentos y contenidos se recopilarán por las unidades de transparencia
de la secretaría general técnica de la consejería proponente para su incorporación a la huella normativa del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid. En caso de propuestas normativas conjuntas, esta función se ejercerá por la secretaria general técnica que se
acuerde entre las proponentes.
4. El procedimiento normativo se gestionará de forma electrónica para lo cual se habilitarán de forma progresiva los correspondientes soportes y recursos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental para la Reducción
de Cargas Administrativas y Simplificación Normativa
Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno se regulará la composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y
Simplificación Normativa de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Iniciativas normativas iniciadas con anterioridad
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto se tramitarán hasta su aprobación por la normativa anterior.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este Decreto.
BOCM-20210325-1
Derogación normativa
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
Artículo 13
Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y Simplificación
Normativa de la Comunidad de Madrid
1. La Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y
Simplificación Normativa de la Comunidad de Madrid (en adelante, la Comisión), adscrita a la consejería competente en materia de Coordinación Normativa, es el grupo de trabajo interdepartamental que tiene asignadas las funciones de debate, impulso y desarrollo de
la evaluación normativa, a los efectos de su simplificación, su adaptación a los principios
de buena regulación y reducción de cargas administrativas innecesarias, formulando las
propuestas normativas correspondientes.
2. La Comisión fijará, a propuesta de la consejería competente en materia de Coordinación Normativa, los criterios para la evaluación normativa posterior y conocerá de las
propuestas de evaluación normativa que formulen las distintas Consejerías. Asimismo, le
corresponde la valoración con carácter previo a la elevación, por el órgano competente, al
Consejo de Gobierno del Plan Normativo regulado en el artículo 3.
Artículo 14
Huella normativa y gestión electrónica del procedimiento normativo
1. La huella normativa está constituida por los documentos y contenidos que deben
publicarse, conforme a la legislación de transparencia, en un apartado específico del Portal
de Transparencia de la Comunidad de Madrid con esa misma denominación.
2. Los documentos y contenidos disponibles en la huella normativa lo estarán en formato accesible, sin firmas ni rúbricas, y siendo válido el documento pdf generado a partir
del texto de que se trate previo a su firma.
3. Dichos documentos y contenidos se recopilarán por las unidades de transparencia
de la secretaría general técnica de la consejería proponente para su incorporación a la huella normativa del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid. En caso de propuestas normativas conjuntas, esta función se ejercerá por la secretaria general técnica que se
acuerde entre las proponentes.
4. El procedimiento normativo se gestionará de forma electrónica para lo cual se habilitarán de forma progresiva los correspondientes soportes y recursos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental para la Reducción
de Cargas Administrativas y Simplificación Normativa
Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno se regulará la composición y funcionamiento de la Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y
Simplificación Normativa de la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Iniciativas normativas iniciadas con anterioridad
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto se tramitarán hasta su aprobación por la normativa anterior.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este Decreto.
BOCM-20210325-1
Derogación normativa