A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (BOCM-20210325-1)
Regulación disposiciones normativas – Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de Madrid
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 71
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
da demanda de los destinatarios de la actividad de las Administraciones Públicas: ciudadanos, empresas y agentes socio económicos.
La presente disposición responde a la necesidad de racionalizar y simplificar la gestión pública, evitando ineficacias en la actuación de la Administración de tal forma que se
consiga establecer un procedimiento equilibrado que sea capaz de sintetizar el nada desdeñable incremento de las exigencias formales impuestas a la hora de elaborar disposiciones
de carácter general conforme a la normativa vigente. Esta labor se lleva a cabo en el marco
de la legislación estatal básica y se compatibiliza con una adecuada calidad normativa.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid le atribuye en su artículo 26.1.1
la competencia en materia de organización y régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
Partiendo de dicha atribución competencial, el presente Decreto tiene por objeto establecer una regulación completa del procedimiento de elaboración propio de las disposiciones
normativas de carácter general en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y su planificación,
garantizando la calidad normativa y profundizando en la simplificación y racionalización de
trámites para conseguir una mayor eficacia y eficiencia en su funcionamiento.
De este modo, la planificación normativa se configura con carácter plurianual coincidiendo con la duración de la legislatura. No obstante, a fin de ajustar su contenido a las necesidades y circunstancias del momento, se contempla la posibilidad de introducir con carácter anual las modificaciones que resultaran necesarias.
El Decreto reconoce la vocación de permanencia de la Comisión Interdepartamental
para la reducción de Cargas Administrativas y Simplificación Normativa de la Comunidad
de Madrid, creada en el marco del Plan de Reactivación frente a la COVID-19, involucrándola especialmente en las labores de planificación y evaluación normativa.
La norma, basada en agilizar la acción de gobierno, recoge un procedimiento ordinario de tramitación de las disposiciones de carácter general en el que se reducen y racionalizan los trámites administrativos de tal forma que, por ejemplo, se disminuyen con carácter
general los plazos de emisión de informes y se eliminan trámites innecesarios. En este mismo sentido, el Decreto establece un sistema más racional y preciso respecto a la memoria
del análisis de impacto normativo, que ha de acompañar a los proyectos, de manera que se
establece como regla general un modelo de memoria ejecutiva, especialmente precisa y
ágil, y una memoria extendida, de mayor profundidad, para los proyectos de normas que
conlleven un relevante impacto económico, presupuestario, social, de cargas administrativas o cualquier otro análogo.
Además, el Decreto contempla la regulación de un procedimiento específico de tramitación urgente para aquellos supuestos en los que esté debidamente justificado en el que los
plazos sistemáticamente se reducirían a la mitad y otro procedimiento simplificado para la
tramitación de disposiciones de carácter organizativo que por su propia naturaleza justifican un proceso más sencillo.
El Decreto dedica un artículo a la denominada huella normativa que se define como el
conjunto de documentos y contenidos que deben publicarse en relación con el procedimiento de elaboración de normas en un apartado específico del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, lo que permitirá el conocimiento íntegro y general de los expedientes
de los proyectos normativos.
Asimismo, en el marco de las políticas de transformación digital de las administraciones públicas, se impulsan los trabajos necesarios para la gestión electrónica de los procedimientos de elaboración de disposiciones de carácter general, en colaboración con la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
El presente Decreto es coherente con los principios de buena regulación establecidos
en el artículo 129 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, da cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia por cuanto defiende el interés general estableciendo un procedimiento de elaboración de normas más ajustado a las necesidades actuales de la sociedad
madrileña, siendo acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos seguidos e igualmente se ajusta al principio de seguridad jurídica. En aplicación del principio de transparencia, el Decreto contempla los trámites de consulta pública y audiencia e información públicas previstos en la
legislación autonómica. Por último, en aplicación del principio de eficiencia se reducen y
racionalizan los trámites administrativos para optimizar, en la tramitación de las normas, la
gestión de los recursos públicos.
El proyecto ha sido sometido a los informes preceptivos de las Secretarías Generales
Técnicas y, en particular, al de la Consejería de Presidencia en materia de calidad normativa, así como a los de impacto social: por razón de género; de orientación sexual, identidad
Pág. 13
BOCM-20210325-1
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
da demanda de los destinatarios de la actividad de las Administraciones Públicas: ciudadanos, empresas y agentes socio económicos.
La presente disposición responde a la necesidad de racionalizar y simplificar la gestión pública, evitando ineficacias en la actuación de la Administración de tal forma que se
consiga establecer un procedimiento equilibrado que sea capaz de sintetizar el nada desdeñable incremento de las exigencias formales impuestas a la hora de elaborar disposiciones
de carácter general conforme a la normativa vigente. Esta labor se lleva a cabo en el marco
de la legislación estatal básica y se compatibiliza con una adecuada calidad normativa.
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid le atribuye en su artículo 26.1.1
la competencia en materia de organización y régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
Partiendo de dicha atribución competencial, el presente Decreto tiene por objeto establecer una regulación completa del procedimiento de elaboración propio de las disposiciones
normativas de carácter general en el ámbito de la Comunidad de Madrid, y su planificación,
garantizando la calidad normativa y profundizando en la simplificación y racionalización de
trámites para conseguir una mayor eficacia y eficiencia en su funcionamiento.
De este modo, la planificación normativa se configura con carácter plurianual coincidiendo con la duración de la legislatura. No obstante, a fin de ajustar su contenido a las necesidades y circunstancias del momento, se contempla la posibilidad de introducir con carácter anual las modificaciones que resultaran necesarias.
El Decreto reconoce la vocación de permanencia de la Comisión Interdepartamental
para la reducción de Cargas Administrativas y Simplificación Normativa de la Comunidad
de Madrid, creada en el marco del Plan de Reactivación frente a la COVID-19, involucrándola especialmente en las labores de planificación y evaluación normativa.
La norma, basada en agilizar la acción de gobierno, recoge un procedimiento ordinario de tramitación de las disposiciones de carácter general en el que se reducen y racionalizan los trámites administrativos de tal forma que, por ejemplo, se disminuyen con carácter
general los plazos de emisión de informes y se eliminan trámites innecesarios. En este mismo sentido, el Decreto establece un sistema más racional y preciso respecto a la memoria
del análisis de impacto normativo, que ha de acompañar a los proyectos, de manera que se
establece como regla general un modelo de memoria ejecutiva, especialmente precisa y
ágil, y una memoria extendida, de mayor profundidad, para los proyectos de normas que
conlleven un relevante impacto económico, presupuestario, social, de cargas administrativas o cualquier otro análogo.
Además, el Decreto contempla la regulación de un procedimiento específico de tramitación urgente para aquellos supuestos en los que esté debidamente justificado en el que los
plazos sistemáticamente se reducirían a la mitad y otro procedimiento simplificado para la
tramitación de disposiciones de carácter organizativo que por su propia naturaleza justifican un proceso más sencillo.
El Decreto dedica un artículo a la denominada huella normativa que se define como el
conjunto de documentos y contenidos que deben publicarse en relación con el procedimiento de elaboración de normas en un apartado específico del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, lo que permitirá el conocimiento íntegro y general de los expedientes
de los proyectos normativos.
Asimismo, en el marco de las políticas de transformación digital de las administraciones públicas, se impulsan los trabajos necesarios para la gestión electrónica de los procedimientos de elaboración de disposiciones de carácter general, en colaboración con la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
El presente Decreto es coherente con los principios de buena regulación establecidos
en el artículo 129 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, da cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia por cuanto defiende el interés general estableciendo un procedimiento de elaboración de normas más ajustado a las necesidades actuales de la sociedad
madrileña, siendo acorde al principio de proporcionalidad, al contener la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos seguidos e igualmente se ajusta al principio de seguridad jurídica. En aplicación del principio de transparencia, el Decreto contempla los trámites de consulta pública y audiencia e información públicas previstos en la
legislación autonómica. Por último, en aplicación del principio de eficiencia se reducen y
racionalizan los trámites administrativos para optimizar, en la tramitación de las normas, la
gestión de los recursos públicos.
El proyecto ha sido sometido a los informes preceptivos de las Secretarías Generales
Técnicas y, en particular, al de la Consejería de Presidencia en materia de calidad normativa, así como a los de impacto social: por razón de género; de orientación sexual, identidad
Pág. 13
BOCM-20210325-1
BOCM