B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20210325-10)
Convocatoria puesto –  Resolución 295/2021, de 10 de marzo, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes en el organismo
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 71

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021

Pág. 51

sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Junto a la solicitud, se aportará certificado expedido por el responsable de la Unidad
de Personal de la Consejería u Organismo donde presten sus servicios, acreditando la condición de personal fijo de la Comunidad de Madrid en servicio activo o en alguna de las situaciones previstas en el apartado Segundo, letra b) de la presente convocatoria.
Para los puestos de trabajo que impliquen contacto habitual con menores, deberá acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito
contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley
Orgánica 1/1996, de 15 de enero de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial
del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Todos los aspirantes que no autoricen a la Agencia Madrileña de Atención Social, en
el apartado 4 de la solicitud de admisión, la consulta al Registro Central de Delincuentes
Sexuales, deberán aportar el certificado personal de dicho Registro.
A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales
y artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), los datos contenidos en
la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el Organismo Autónomo Agencia Madrileña de Atención Social para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a este proceso.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará público el listado provisional de
aspirantes admitidos y excluidos, que estará disponible en la ficha informativa del procedimiento a la que podrá acceder a través del buscador de Gestiones y Trámites disponible en el
siguiente enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-puntoacceso-general y, desde la fecha que se consigne de publicación, se abrirá un plazo de diez días
hábiles para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado la exclusión.
Transcurrido dicho plazo, se procederá a la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos por el sistema señalado en el punto 5.
Quinto
El sistema de provisión del puesto será el de selección objetiva, basado en un concurso
de méritos en el que se procederá a la baremación de los méritos acreditados por los aspirantes siempre con referencia al día de finalización del plazo de presentación de instancias.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 75 del Convenio Colectivo y en las condiciones
establecidas en el Anexo I, los méritos que se valorarán son los siguientes:
a) La antigüedad, que se acreditará mediante certificado de servicios prestados como
personal fijo en la Comunidad de Madrid, asignando una puntuación de 0,1 punto por año trabajado, con un máximo de 3 puntos.
b) La formación, se valorarán los cursos impartidos por la Comunidad de Madrid y
promotores certificados, puntuando cada curso de 25 horas o más, a 0,5 puntos
hasta un máximo de 2 puntos.
c) La experiencia profesional previa. Se valorará la experiencia acreditada por los
candidatos como personal laboral de la Comunidad de Madrid en puestos en la misma área que el puesto que se convoca, asignando una puntuación de 0,5 puntos por
año trabajado en un puesto de dichas características, hasta un máximo de 6 puntos.
d) El nivel de carrera alcanzado, en su caso. En un puesto de nivel igual o superior
por un período de 2 años o superior, 0,75 puntos.
e) Los méritos específicos adecuados para el desempeño del puesto de trabajo. Estos
méritos específicos vienen detallados en el Anexo I, según cada uno de los puestos y se acreditarán mediante un certificado de funciones.

BOCM-20210325-10

Proceso selectivo