B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD - O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (BOCM-20210325-10)
Convocatoria puesto – Resolución 295/2021, de 10 de marzo, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes en el organismo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 52
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
Sexto
Baremación
Será la Comisión de Valoración el órgano competente para la baremación de los méritos de los aspirantes y para la formulación de las propuestas de adjudicación en relación
con los procedimientos de cobertura correspondientes.
Si existiera empate entre varios candidatos, se desempatará atendiendo al mayor tiempo, computado en días, de servicios efectivos prestados en puestos encuadrados en la misma área funcional del puesto por el que se opta.
De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
formación (Base 6.a, apartado B), y de continuar el empate, se desempatará atendiendo a la
letra inicial del primer apellido, según el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año en curso.
Séptimo
Adjudicación
Cada puesto de trabajo convocado será adjudicado al candidato que, reuniendo los requisitos exigidos, obtenga mayor puntuación en el proceso de valoración de méritos.
A estos efectos, las propuestas de las comisiones de valoración tendrán carácter vinculante para la resolución, que únicamente se podrán separar de ellas por motivos de estricta
legalidad.
La resolución de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID. El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de aquel.
El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de
procedencia.
Octavo
Recursos
BOCM-20210325-10
Contra la presente convocatoria y las actuaciones que se deriven de la misma podrán
los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el
artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 10 de marzo de 2021.—El Gerente de la Agencia Madrileña de Atención
Social, José Manuel Miranda de las Heras.
Pág. 52
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
Sexto
Baremación
Será la Comisión de Valoración el órgano competente para la baremación de los méritos de los aspirantes y para la formulación de las propuestas de adjudicación en relación
con los procedimientos de cobertura correspondientes.
Si existiera empate entre varios candidatos, se desempatará atendiendo al mayor tiempo, computado en días, de servicios efectivos prestados en puestos encuadrados en la misma área funcional del puesto por el que se opta.
De persistir el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de
formación (Base 6.a, apartado B), y de continuar el empate, se desempatará atendiendo a la
letra inicial del primer apellido, según el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año en curso.
Séptimo
Adjudicación
Cada puesto de trabajo convocado será adjudicado al candidato que, reuniendo los requisitos exigidos, obtenga mayor puntuación en el proceso de valoración de méritos.
A estos efectos, las propuestas de las comisiones de valoración tendrán carácter vinculante para la resolución, que únicamente se podrán separar de ellas por motivos de estricta
legalidad.
La resolución de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID. El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato propuesto obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de aquel.
El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de
procedencia.
Octavo
Recursos
BOCM-20210325-10
Contra la presente convocatoria y las actuaciones que se deriven de la misma podrán
los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el
artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 10 de marzo de 2021.—El Gerente de la Agencia Madrileña de Atención
Social, José Manuel Miranda de las Heras.