C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210324-19)
Plan estratégico subvenciones – Orden de 12 de febrero de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueba el Plan Estratégico para la concesión a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA) de una subvención para la realización de actuaciones de fomento del cooperativismo en la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 70
Ambas reservas recibían en el artículo 136 de la referida ley, que regulaba el Consejo
de Cooperativismo de la Comunidad de Madrid, hoy derogado, el nombre de “Reservas o
Fondos irrepartibles”.
La Comunidad de Madrid ha ido recibiendo durante los últimos años fondos provenientes de dichas reservas, como consecuencia de la extinción o transformación de las cooperativas, que deben destinarse a la difusión y fomento del cooperativismo, así como a la
formación de sus socios y trabajadores en los principios y valores cooperativos.
La Economía Social representa un modelo empresarial clave para el futuro de Europa
en términos de empleo y cohesión social, y se configura como actor clave para la implementación de la Agenda 2030. Ha de servir de acelerador de la innovación social y tecnológica al servicio de las personas y de las comunidades locales. Promueve la economía
circular y favorece la transición ecológica.
Las cooperativas promueven el desarrollo socio-económico y la cohesión social de los
territorios donde están presentes, promoviendo el empleo estable y de calidad, y son agentes creadores de empleo no deslocalizable, contribuyendo de este modo al desarrollo de un
tejido productivo propio en los territorios, siendo de especial relevancia para aquellas zonas que sufren problemas de despoblación.
En este ámbito se enmarca la subvención a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA), al amparo de lo establecido en el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
siéndole de aplicación lo establecido en dicho texto legal, así como los preceptos de carácter básico contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Uno de los objetivos de la Comunidad de Madrid es incrementar la visibilidad de las
empresas y entidades de economía social y de sus valores y modelos empresariales, así
como medir y evaluar su contribución efectiva al desarrollo económico de la región. Uno
de los factores de ese desarrollo es el fomento del cooperativismo, el emprendimiento y la
creación de empresas, y la recuperación de las empresas de economía social afectadas por
la crisis producida por la pandemia, en las zonas menos favorecidas de la Región.
El presente Plan Estratégico tiene la finalidad de facilitar el fomento del emprendimiento colectivo y de la promoción y capacitación interna de las cooperativas. Incluye acciones de difusión del emprendimiento colectivo en los 179 municipios de la Región, a través de la colaboración con Ayuntamientos y con los Centros Educativos de cada municipio,
con atención especial a los municipios de menos de 25.000 habitantes, y acciones destinadas a facilitar el relevo de negocios y la transformación de empresas en dificultades en cooperativas, a prestar servicios de asesoramiento especializado y de alto valor añadido, de
fomento de las relaciones intercooperativas, la cooperación entre administraciones públicas
(especialmente a nivel local), entidades de la economía social y el sector económico madrileño en general, acciones de promoción y apoyo para la automatización y digitalización de
medios y procesos y la implantación de herramientas TIC en las cooperativas, acciones de
promoción y apoyo para la internacionalización de las cooperativas y acciones de difusión
de la normativa de la Comunidad de Madrid en materia de cooperativas.
El objetivo es desarrollar actuaciones que promuevan y difundan la Economía Social,
las relaciones intercooperativas, la formación de sus socios y trabajadores en los valores y
principios cooperativos, y la promoción cultural, profesional y asistencial de sus socios, de
sus trabajadores y del entorno local en el que se desarrollan.
Estas acciones se instrumentarán en forma de convenio subvención, en el que se definirán los términos de la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, y FECOMA.
FECOMA se constituyó el 23 de junio de 1997, como resultado de la decisión de las
distintas asociaciones de cooperativas de la Comunidad de Madrid de organizarse a través
de una Federación que representara al sector cooperativo madrileño. Actualmente sus Estatutos se rigen por la vigente Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid. En 2014, la Federación de Cooperativas Madrileña cambió su denominación social a la de Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid, en la
perspectiva de incorporar nuevas realidades de la Economía Social, de acuerdo a la definición de la Ley 5/2011 de Economía Social y que diese respuesta a las necesidades de representación de nuevas realidades como son los grupos cooperativos y cooperativas de segundo grado, al tiempo que posibilitase que entidades de la Economía Social Madrileña se
pudieran incorporar a este espacio de representación y fomento de la Economía Social y generar redes de información, intercambio, experiencias y propuestas.
FECOMA representa y agrupa a todas las familias de las distintas cooperativas existentes en la región, las cuales han visto en FECOMA el modelo idóneo de representativi-
BOCM-20210324-19
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 70
Ambas reservas recibían en el artículo 136 de la referida ley, que regulaba el Consejo
de Cooperativismo de la Comunidad de Madrid, hoy derogado, el nombre de “Reservas o
Fondos irrepartibles”.
La Comunidad de Madrid ha ido recibiendo durante los últimos años fondos provenientes de dichas reservas, como consecuencia de la extinción o transformación de las cooperativas, que deben destinarse a la difusión y fomento del cooperativismo, así como a la
formación de sus socios y trabajadores en los principios y valores cooperativos.
La Economía Social representa un modelo empresarial clave para el futuro de Europa
en términos de empleo y cohesión social, y se configura como actor clave para la implementación de la Agenda 2030. Ha de servir de acelerador de la innovación social y tecnológica al servicio de las personas y de las comunidades locales. Promueve la economía
circular y favorece la transición ecológica.
Las cooperativas promueven el desarrollo socio-económico y la cohesión social de los
territorios donde están presentes, promoviendo el empleo estable y de calidad, y son agentes creadores de empleo no deslocalizable, contribuyendo de este modo al desarrollo de un
tejido productivo propio en los territorios, siendo de especial relevancia para aquellas zonas que sufren problemas de despoblación.
En este ámbito se enmarca la subvención a la Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid (FECOMA), al amparo de lo establecido en el artículo 4.5.c) apartado tercero de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
siéndole de aplicación lo establecido en dicho texto legal, así como los preceptos de carácter básico contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Uno de los objetivos de la Comunidad de Madrid es incrementar la visibilidad de las
empresas y entidades de economía social y de sus valores y modelos empresariales, así
como medir y evaluar su contribución efectiva al desarrollo económico de la región. Uno
de los factores de ese desarrollo es el fomento del cooperativismo, el emprendimiento y la
creación de empresas, y la recuperación de las empresas de economía social afectadas por
la crisis producida por la pandemia, en las zonas menos favorecidas de la Región.
El presente Plan Estratégico tiene la finalidad de facilitar el fomento del emprendimiento colectivo y de la promoción y capacitación interna de las cooperativas. Incluye acciones de difusión del emprendimiento colectivo en los 179 municipios de la Región, a través de la colaboración con Ayuntamientos y con los Centros Educativos de cada municipio,
con atención especial a los municipios de menos de 25.000 habitantes, y acciones destinadas a facilitar el relevo de negocios y la transformación de empresas en dificultades en cooperativas, a prestar servicios de asesoramiento especializado y de alto valor añadido, de
fomento de las relaciones intercooperativas, la cooperación entre administraciones públicas
(especialmente a nivel local), entidades de la economía social y el sector económico madrileño en general, acciones de promoción y apoyo para la automatización y digitalización de
medios y procesos y la implantación de herramientas TIC en las cooperativas, acciones de
promoción y apoyo para la internacionalización de las cooperativas y acciones de difusión
de la normativa de la Comunidad de Madrid en materia de cooperativas.
El objetivo es desarrollar actuaciones que promuevan y difundan la Economía Social,
las relaciones intercooperativas, la formación de sus socios y trabajadores en los valores y
principios cooperativos, y la promoción cultural, profesional y asistencial de sus socios, de
sus trabajadores y del entorno local en el que se desarrollan.
Estas acciones se instrumentarán en forma de convenio subvención, en el que se definirán los términos de la colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, y FECOMA.
FECOMA se constituyó el 23 de junio de 1997, como resultado de la decisión de las
distintas asociaciones de cooperativas de la Comunidad de Madrid de organizarse a través
de una Federación que representara al sector cooperativo madrileño. Actualmente sus Estatutos se rigen por la vigente Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid. En 2014, la Federación de Cooperativas Madrileña cambió su denominación social a la de Federación de Cooperativas y de la Economía Social de Madrid, en la
perspectiva de incorporar nuevas realidades de la Economía Social, de acuerdo a la definición de la Ley 5/2011 de Economía Social y que diese respuesta a las necesidades de representación de nuevas realidades como son los grupos cooperativos y cooperativas de segundo grado, al tiempo que posibilitase que entidades de la Economía Social Madrileña se
pudieran incorporar a este espacio de representación y fomento de la Economía Social y generar redes de información, intercambio, experiencias y propuestas.
FECOMA representa y agrupa a todas las familias de las distintas cooperativas existentes en la región, las cuales han visto en FECOMA el modelo idóneo de representativi-
BOCM-20210324-19
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