Pinto (BOCM-20210323-55)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 69

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021

Pág. 185

e) Visar los actos de incoación de oficio de procedimientos administrativos suscritos
por los Concejales-Delegados en las materias adscritas al Área de Gobierno de
Presidencia y Cohesión Social.
f)

Resolver expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación o revocación, incluida la suspensión de la ejecución de los
actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictados por las Concejalías Delegadas en las materias adscritas al Área de
Gobierno de Presidencia y Cohesión Social.

Sexto.—Delegar en D. Rafael Sánchez Romero, como Concejal Delegado de Transparencia y Buen Gobierno, Servicios Tributarios, Patrimonio y Vivienda, y Coordinación de Inversiones, las funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en las materias siguientes:
a) Transparencia y Buen Gobierno, que comprende, en particular, las actuaciones y
los procedimientos relativos a la transparencia y el portal de transparencia, datos
abiertos y acceso y reutilización de la información pública, recogida de datos que
favorezcan la implantación de proyectos de innovación y mejora de los servicios
municipales y evaluación de la calidad de los mismos; procesos participativos a
través del canal de participación ciudadanía online, y coordinación de la Comisión
para el despliegue de la estrategia de actuación de la Ciudad de Pinto en los Objetivos Temáticos 2, 4 y 6 del Programa FEDER 2019-2023, en el marco de la legislación sobre transparencia y buen gobierno.
b) Servicios Tributarios, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a la ordenación y aplicación de tributos municipales y de los restantes ingresos de derecho público; padrones y liquidaciones tributarias y de los
restantes ingresos de derecho público; exenciones y bonificaciones en tributos
municipales, siempre que no estén atribuidas a un órgano distinto, en el marco de
la legislación tributaria.
c) Patrimonio y Vivienda, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos relativos a negocios jurídicos patrimoniales y concesiones demaniales,
resolviendo los que sean de competencia de la Alcaldía o proponiendo su resolución al Pleno en caso de corresponder legalmente a la competente de este; defensa de bienes y derechos municipales y el ejercicio de las prerrogativas reconocidas sobre los mismos, tales como las de investigación, deslinde, recuperación
posesoria, desahucio administrativo, reversión o rescate; formalizar los negocios
jurídicos patrimoniales y concesiones demaniales; autorizaciones demaniales sobre espacios o instalaciones que no correspondan a la competencia de otra Concejalía-Delegada; responsabilidad patrimonial; seguros; representar al Ayuntamiento en las comunidades de propietarios en las que aquel sea propietario de
inmuebles; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación patrimonial
y de responsabilidad patrimonial aplicable a las Entidades Locales y no se encuentren específicamente reservados o delegados a otros órganos municipales. Así
como las actuaciones y los procedimientos relativos a la gestión del parque de viviendas de titularidad municipal y de los programas encaminados a favorecer y
promover el acceso a vivienda de las ciudadanas y ciudadanos de Pinto en consecuencia con la legislación que regula la materia.

e) Visar los actos de incoación de oficio de procedimientos administrativos suscritos
por los Concejales-Delegados en las materias adscritas al Área de Gobierno de
Gobierno Abierto y Servicios Públicos.
f)

Resolver expedientes de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de anulación o revocación, incluida la suspensión de la ejecución de los
actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictados por las Concejalías Delegadas en las materias adscritas al Área de
Gobierno de Gobierno Abierto y Servicios Públicos.

BOCM-20210323-55

d) Coordinación de Inversiones, que comprende las actuaciones que aseguren el correcto seguimiento de los expedientes de inversión, en el marco de los proyectos
de inversión que lleve a cabo el equipo de gobierno, siempre que tales actuaciones no se correspondan a competencias reservadas al alcalde o al pleno municipal.