Pinto (BOCM-20210323-55)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 69
de la competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
Cuarto.—Reservar a la Alcaldía las funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en las materias no delegadas a otros órganos municipales, las que le fuesen delegadas
por el Pleno, así como en las siguientes:
a) Urbanismo y ordenación del territorio, que comprende las actuaciones y los procedimientos relativos a planeamiento y gestión urbanísticos, incluida la devolución
de garantías constituidas para responder por eventuales daños en obras de urbanización públicas por la ejecución de obras derivadas de la aprobación de proyectos
de urbanización; licencias, comunicaciones previas y declaraciones responsables
en materia de obra mayor y de primera ocupación o uso; y convenios urbanísticos.
b) Nombramiento y cese del personal eventual.
c) Autorizar la celebración de matrimonios civiles, sin perjuicio de lo previsto en el
pronunciamiento decimotercero.
d) Resolución de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de
anulación o revocación, incluida la suspensión de la ejecución de los actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictados
por la Alcaldía o los Concejales-Delegados titulares de las Áreas de Gobierno.
Asimismo, la Alcaldía conservará las facultades de recibir información detallada de la gestión de las atribuciones delegadas y, en particular, previamente a la adopción de decisiones de
transcendencia, así como de avocar, modificar o revocar las delegaciones en todo momento.
Quinto.—Delegar en D.a María Dolores Rodríguez Morcillo, como Concejala Delegada de Presidencia, Administración General, Comunicación Institucional e Informática, las
funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en las materias siguientes:
a) Presidencia, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la imagen corporativa y su aplicación a la documentación
municipal; símbolos oficiales del Ayuntamiento y marcas de titularidad municipal; protocolo y celebración de matrimonio civiles; relaciones institucionales de
la Alcaldía-Presidencia; y, en general, todos aquellos que se refieran a la coordinación de las relaciones institucionales del Ayuntamiento y de la proyección exterior de la actividad municipal.
b) Administración General, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la dirección y control del personal subalterno
de conserjería y conductores; atención a la ciudadanía y gestión de sus sugerencias, quejas y felicitaciones; correo administrativo y registro general; archivo municipal; padrón de habitantes y procesos electorales; protección de datos de carácter personal y relaciones con el/la Delegado/a de Protección de Datos del
Ayuntamiento de Pinto y las autoridades en materia de protección de datos; y, en
general, todos aquellos que se refieran a la simplificación de procedimientos y reducción de cargas administrativas y al establecimiento de circulares e instrucciones de servicio que afecten a toda la organización municipal.
c) Comunicación Institucional, que comprende, en particular, las actuaciones y los
procedimientos relativos a la planificación de la comunicación institucional, de la
revista municipal y demás publicaciones; cartelería y campañas informativas; redes sociales; promoción de las tecnologías de la información y comunicación, en
el ámbito de competencia y obligaciones municipales en el marco de la legislación
reguladora de la materia.
d) Informática, que comprende, en particular, los servicios, las infraestructuras, las
actuaciones y los procedimientos relativos a la implantación e impulso de la
Administración electrónica; web municipal, sede electrónica e intranet; cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad; informática y equipos de telefonía
fija y móvil, tablets, ordenadores, o dispositivos similares o análogos y redes de
datos municipales; sistemas de comunicación entre dependencias, edificios, autoridades y empleados públicos municipales; control de acceso a las dependencias
municipales; formación tecnológica de las autoridades y empleados públicos municipales; y, en general, todos aquellos que se refieran a iniciativas y proyectos relacionados con la promoción y el desarrollo de la tecnología y la sociedad de la información, tanto en su dimensión interna como respecto de la ciudadanía y el
tejido económico y empresarial del Municipio de Pinto.
BOCM-20210323-55
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 69
de la competencia del Pleno, dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
Cuarto.—Reservar a la Alcaldía las funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en las materias no delegadas a otros órganos municipales, las que le fuesen delegadas
por el Pleno, así como en las siguientes:
a) Urbanismo y ordenación del territorio, que comprende las actuaciones y los procedimientos relativos a planeamiento y gestión urbanísticos, incluida la devolución
de garantías constituidas para responder por eventuales daños en obras de urbanización públicas por la ejecución de obras derivadas de la aprobación de proyectos
de urbanización; licencias, comunicaciones previas y declaraciones responsables
en materia de obra mayor y de primera ocupación o uso; y convenios urbanísticos.
b) Nombramiento y cese del personal eventual.
c) Autorizar la celebración de matrimonios civiles, sin perjuicio de lo previsto en el
pronunciamiento decimotercero.
d) Resolución de revisiones de oficio, recursos administrativos y requerimientos de
anulación o revocación, incluida la suspensión de la ejecución de los actos impugnados, cuando tales impugnaciones tengan por objeto actos y resoluciones dictados
por la Alcaldía o los Concejales-Delegados titulares de las Áreas de Gobierno.
Asimismo, la Alcaldía conservará las facultades de recibir información detallada de la gestión de las atribuciones delegadas y, en particular, previamente a la adopción de decisiones de
transcendencia, así como de avocar, modificar o revocar las delegaciones en todo momento.
Quinto.—Delegar en D.a María Dolores Rodríguez Morcillo, como Concejala Delegada de Presidencia, Administración General, Comunicación Institucional e Informática, las
funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en las materias siguientes:
a) Presidencia, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la imagen corporativa y su aplicación a la documentación
municipal; símbolos oficiales del Ayuntamiento y marcas de titularidad municipal; protocolo y celebración de matrimonio civiles; relaciones institucionales de
la Alcaldía-Presidencia; y, en general, todos aquellos que se refieran a la coordinación de las relaciones institucionales del Ayuntamiento y de la proyección exterior de la actividad municipal.
b) Administración General, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a la dirección y control del personal subalterno
de conserjería y conductores; atención a la ciudadanía y gestión de sus sugerencias, quejas y felicitaciones; correo administrativo y registro general; archivo municipal; padrón de habitantes y procesos electorales; protección de datos de carácter personal y relaciones con el/la Delegado/a de Protección de Datos del
Ayuntamiento de Pinto y las autoridades en materia de protección de datos; y, en
general, todos aquellos que se refieran a la simplificación de procedimientos y reducción de cargas administrativas y al establecimiento de circulares e instrucciones de servicio que afecten a toda la organización municipal.
c) Comunicación Institucional, que comprende, en particular, las actuaciones y los
procedimientos relativos a la planificación de la comunicación institucional, de la
revista municipal y demás publicaciones; cartelería y campañas informativas; redes sociales; promoción de las tecnologías de la información y comunicación, en
el ámbito de competencia y obligaciones municipales en el marco de la legislación
reguladora de la materia.
d) Informática, que comprende, en particular, los servicios, las infraestructuras, las
actuaciones y los procedimientos relativos a la implantación e impulso de la
Administración electrónica; web municipal, sede electrónica e intranet; cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad; informática y equipos de telefonía
fija y móvil, tablets, ordenadores, o dispositivos similares o análogos y redes de
datos municipales; sistemas de comunicación entre dependencias, edificios, autoridades y empleados públicos municipales; control de acceso a las dependencias
municipales; formación tecnológica de las autoridades y empleados públicos municipales; y, en general, todos aquellos que se refieran a iniciativas y proyectos relacionados con la promoción y el desarrollo de la tecnología y la sociedad de la información, tanto en su dimensión interna como respecto de la ciudadanía y el
tejido económico y empresarial del Municipio de Pinto.
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