C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210322-10)
Plan estratégico subvenciones – Orden 58/2021, de 10 de marzo, de la Consejería de Vivienda y Administración Local, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones para la Recuperación Urbana Integrada de Cascos Antiguos y de Conjuntos Urbanos Homogéneos con Valor Patrimonial 2018-2021, gestionadas por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MARZO DE 2021
Pág. 39
bilitación. Dicha convocatoria se llevará a cabo mediante orden del titular de la Consejería
de Vivienda y Administración Local, previa aprobación del gasto por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, al tratarse de un gasto plurianual por importe de 4.080.000,00 euros,
de conformidad con los artículos 55.3.a) y 69.1.b) de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Tras la presentación de solicitudes por los Ayuntamientos interesados, se procederá a
la valoración de las mismas, conforme a los criterios expresados en las Bases reguladoras
y a la resolución de la convocatoria.
La concesión de la subvención a los beneficiarios se llevará a cabo mediante orden del
titular de la Consejería de Vivienda y Administración Local, teniendo la consideración de
subvenciones en especie, en la que las actuaciones serán llevadas a cabo por la Dirección
General de Vivienda y Rehabilitación, previa firma de los correspondientes Convenios de
Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda y Administración
Local) y los Ayuntamientos que resulten beneficiarios de subvención.
Una vez finalizadas las obras se procederá a la entrega de las mismas sin contraprestación al Ayuntamiento respectivo para su destino al uso público previsto”.
Cuatro
Se modifica el apartado 5 relativo a los plazos, que queda redactado del siguiente
modo:
“5. Plazos: El presente Plan Estratégico tendrá un período de vigencia de cuatro
años. Así pues, la proyección temporal abarca los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
Este Plan entrará en vigor desde la fecha de su aprobación, estando vigente hasta el 31 de
diciembre de 2021, sin perjuicio de las modificaciones que pudieran realizarse en el mismo. No obstante, las actuaciones podrán desarrollarse hasta el 31 de diciembre de 2024.
En el supuesto de que se produzcan retrasos en la adjudicación o ejecución de las obras
derivadas del Plan, podrá ampliarse este plazo, con el fin de garantizar la consecución de
los objetivos programados”.
Se modifica el apartado 6 relativo a la financiación, que queda redactado del siguiente modo:
«6. Financiación: El presupuesto destinado a este Plan para el período 2018-2021 asciende a 4.080.000,00 euros, pudiendo ampliarse una vez convocadas las ayudas en función
de las solicitudes presentadas, debiendo realizarse esta ampliación, en todo caso, antes de
la resolución de la convocatoria.
Para la convocatoria del ejercicio 2018 se destinó un importe total de 2.040.000,00 euros
para los ejercicios 2019 y 2020, imputados al programa 261A “Vivienda y Rehabilitación”,
de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, con el siguiente desglose:
— La línea de subvención para la adecuación de espacios públicos, que se imputó al
Subconcepto 61108 “Reposición o mejora: infraestructuras y bienes de uso general gestionadas para otras entidades”, con un presupuesto de 1.040.000,00 euros.
— La línea de subvención para la reposición y conservación de inmuebles, que se imputó al Subconcepto 63105 “Reposición o mejora de edificios y otras construcciones gestionadas otras entidades”, con un presupuesto de 1.000.000,00 euros.
Para la convocatoria del ejercicio 2021 se destinará un importe total de 2.040.000,00
euros, que se imputarán al programa 261A “Vivienda y Rehabilitación”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, con el siguiente desglose:
— La línea de subvención para la adecuación de espacios públicos, que se imputará al
Subconcepto 61108 “Reposición o mejora: infraestructuras y bienes de uso general gestionadas para otras entidades”, con un presupuesto de 1.280.000,00 euros.
— La línea de subvención para la reposición y conservación de inmuebles, que se imputará al Subconcepto 63105 “Reposición o mejora de edificios y otras construcciones gestionadas otras entidades”, con un presupuesto de 760.000,00 euros.
La eficacia del Plan Estratégico queda condicionada a la inclusión de las correspondientes consignaciones presupuestarias en los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid de cada año y quedará supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria».
BOCM-20210322-10
Cinco
B.O.C.M. Núm. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MARZO DE 2021
Pág. 39
bilitación. Dicha convocatoria se llevará a cabo mediante orden del titular de la Consejería
de Vivienda y Administración Local, previa aprobación del gasto por el Gobierno de la Comunidad de Madrid, al tratarse de un gasto plurianual por importe de 4.080.000,00 euros,
de conformidad con los artículos 55.3.a) y 69.1.b) de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Tras la presentación de solicitudes por los Ayuntamientos interesados, se procederá a
la valoración de las mismas, conforme a los criterios expresados en las Bases reguladoras
y a la resolución de la convocatoria.
La concesión de la subvención a los beneficiarios se llevará a cabo mediante orden del
titular de la Consejería de Vivienda y Administración Local, teniendo la consideración de
subvenciones en especie, en la que las actuaciones serán llevadas a cabo por la Dirección
General de Vivienda y Rehabilitación, previa firma de los correspondientes Convenios de
Colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Vivienda y Administración
Local) y los Ayuntamientos que resulten beneficiarios de subvención.
Una vez finalizadas las obras se procederá a la entrega de las mismas sin contraprestación al Ayuntamiento respectivo para su destino al uso público previsto”.
Cuatro
Se modifica el apartado 5 relativo a los plazos, que queda redactado del siguiente
modo:
“5. Plazos: El presente Plan Estratégico tendrá un período de vigencia de cuatro
años. Así pues, la proyección temporal abarca los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
Este Plan entrará en vigor desde la fecha de su aprobación, estando vigente hasta el 31 de
diciembre de 2021, sin perjuicio de las modificaciones que pudieran realizarse en el mismo. No obstante, las actuaciones podrán desarrollarse hasta el 31 de diciembre de 2024.
En el supuesto de que se produzcan retrasos en la adjudicación o ejecución de las obras
derivadas del Plan, podrá ampliarse este plazo, con el fin de garantizar la consecución de
los objetivos programados”.
Se modifica el apartado 6 relativo a la financiación, que queda redactado del siguiente modo:
«6. Financiación: El presupuesto destinado a este Plan para el período 2018-2021 asciende a 4.080.000,00 euros, pudiendo ampliarse una vez convocadas las ayudas en función
de las solicitudes presentadas, debiendo realizarse esta ampliación, en todo caso, antes de
la resolución de la convocatoria.
Para la convocatoria del ejercicio 2018 se destinó un importe total de 2.040.000,00 euros
para los ejercicios 2019 y 2020, imputados al programa 261A “Vivienda y Rehabilitación”,
de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, con el siguiente desglose:
— La línea de subvención para la adecuación de espacios públicos, que se imputó al
Subconcepto 61108 “Reposición o mejora: infraestructuras y bienes de uso general gestionadas para otras entidades”, con un presupuesto de 1.040.000,00 euros.
— La línea de subvención para la reposición y conservación de inmuebles, que se imputó al Subconcepto 63105 “Reposición o mejora de edificios y otras construcciones gestionadas otras entidades”, con un presupuesto de 1.000.000,00 euros.
Para la convocatoria del ejercicio 2021 se destinará un importe total de 2.040.000,00
euros, que se imputarán al programa 261A “Vivienda y Rehabilitación”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, con el siguiente desglose:
— La línea de subvención para la adecuación de espacios públicos, que se imputará al
Subconcepto 61108 “Reposición o mejora: infraestructuras y bienes de uso general gestionadas para otras entidades”, con un presupuesto de 1.280.000,00 euros.
— La línea de subvención para la reposición y conservación de inmuebles, que se imputará al Subconcepto 63105 “Reposición o mejora de edificios y otras construcciones gestionadas otras entidades”, con un presupuesto de 760.000,00 euros.
La eficacia del Plan Estratégico queda condicionada a la inclusión de las correspondientes consignaciones presupuestarias en los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid de cada año y quedará supeditada al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria».
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Cinco