D) Anuncios - CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20210319-5)
Convenio –  Convenio de 21 de octubre de 2019, entre la Administración General del Estado, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la adaptación del carril izquierdo de la autovía A-2 como carril Bus-VAO, en ambos sentidos
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BOCM

VIERNES 19 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 66

Séptima
Obligaciones y facultades del ministerio del interior
Le corresponderán las siguientes obligaciones:
1. La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en este convenio.
2. Determinar la habilitación del tramo correspondiente reservado para vehículos de
alta ocupación (VAO), previa solicitud de informe vinculante de los titulares de la carretera.
3. Fijar las condiciones de su utilización y dar publicidad de su habilitación procediendo a su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
4. Integrar el equipamiento y sistemas ITS incluidos en los proyectos de “Mejora de la
accesibilidad del transporte público de viajeros a Madrid. Adaptación del carril izquierdo de la
carretera A-2 como carril Bus-VAO”, en ambos sentidos, en el Centro de Gestión de Tráfico
de Madrid de la Dirección General de Tráfico para su gestión y explotación en tiempo real durante las 24 horas, los 365 días del año, como se realiza en otros carriles Bus-VAO. En la entrega de dicho equipamiento constará la titularidad de la DGT, incorporándose a su inventario.
5. La DGT asumirá el mantenimiento, conservación y reparación de los equipos ITS,
incluidos en los proyectos.
6. Asimismo, la DGT asumirá los gastos de consumo eléctrico de las acometidas,
centros de transformación y equipos ITS.
7. La DGT establecerá los medios de vigilancia y proporcionará las directrices de
control y denuncia de infracciones a la ley de tráfico y seguridad vial con el objetivo de garantizar el uso correcto del carril izquierdo de la carretera A-2 en los períodos que sea habilitado como carril reservado a vehículos de alta ocupación (VAO)
8. Coordinación con el Ayuntamiento de Madrid en la toma de decisiones de gestión
y explotación que afecten al tráfico durante las obras.
9. La DGT y el Ayuntamiento de Madrid deberán formalizar los instrumentos jurídicos y administrativos que sean necesarios para ejercer las competencias sancionadoras.
Octava
Obligaciones y facultades del Consorcio Regional de Transportes de Madrid
Son las siguientes:
1. La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en este convenio.
2. La redacción de los proyectos en colaboración con el resto de partes integrantes
de este convenio.
3. La coordinación durante la ejecución de las obras y puesta en funcionamiento del
carril Bus-VAO respecto a las afecciones y necesidades al transporte público de viajeros en
el corredor de la A-2.
4. Seguimiento y apoyo a la gestión por parte de DGT del carril reservado, en lo que
se refiere a las expediciones que podrán circular en cada momento por dicho carril.
Novena
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Madrid
Son las siguientes:
1. La financiación de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en este convenio.
2. Poner a disposición los terrenos precisos para la realización de las obras, libres de
cargas y gravámenes, correspondientes a su titularidad del tramo de la A-2 comprendido
entre su origen y el punto kilométrico 5,9.
3. Otorgar las autorizaciones que sean precisas para la ejecución de las obras en dicho tramo.
4. El mantenimiento y conservación de las infraestructuras e instalaciones que sean
de su titularidad, desde la entrega de las obras.
5. El Ayuntamiento de Madrid y la DGT deberán formalizar los instrumentos jurídicos y administrativos que sean necesarios para ejercer las competencias sancionadoras.
Décima
Comisión de Seguimiento
Para la debida coordinación y seguimiento de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas intervinientes, así como para propiciar la participación en su ejecución, puesta en servicio y explotación durante el período de vigencia del convenio, se constituirá una Comisión de Seguimiento, compuesta por dos representantes del Ministerio de Fomento, dos

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