D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20210317-20)
Convenio –  Convenio de 4 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno) y la Real Federación Española de Fútbol para la celebración de la fase final de la Copa de España de Fútbol Sala en la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MARZO DE 2021

La RFEF sufragará, asimismo, los gastos derivados de la manutención en el WiZink
Center de los equipos participantes, su personal organizativo y periodistas.
También correrán a cargo de la RFEF los posibles desperfectos que, en su caso, puedan producirse en las instalaciones. Para ello, se acordarán las inspecciones necesarias para
la supervisión de las instalaciones antes, durante y después del evento.
La RFEF contratará un seguro de responsabilidad que dé cobertura a los daños que pudieran ocasionarse durante los días de actividad en el WiZink Center, así como en la pista
de juego, debiendo entregar a la Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte, copia del correspondiente contrato de seguro, con anterioridad a
la entrada en la instalación.
2) Imagen institucional de la Comunidad de Madrid.
Por lo que se refiere a la imagen institucional de la Comunidad de Madrid, que deberá estar presente en todas las instalaciones mencionadas en el presente convenio, así como
en las comunicaciones, actos y demás material que se produzca con motivo del evento, la
RFEF garantiza su presencia en la forma que se establece en la estipulación tercera, apartado 1), desde la firma del convenio.
3) Otras instalaciones y usos.
La RFEF contratará un seguro de responsabilidad que dé cobertura a los daños que pudieran ocasionarse durante los días de actividad en las instalaciones cedidas por la Comunidad de Madrid, debiendo entregar a la Dirección General de Infraestructuras y Programas
de Actividad Física y Deporte, copia del correspondiente contrato de seguro con anterioridad a la entrada en la instalación.
4) Hoteles.
Todos los gastos que se deriven del alojamiento y manutención de los equipos participantes, árbitros, personal de la organización y aquellos otros colectivos que la RFEF considere necesario alojar, serán a cargo de la RFEF.
Salvo que por motivos de organización la RFEF establezca lo contrario, los equipos y
árbitros se alojarán en la ciudad de Madrid.
5) Desplazamientos y seguridad.
La RFEF se hará cargo íntegramente de los desplazamientos de ida y vuelta a la ciudad de Madrid de los equipos participantes y de los árbitros, en las condiciones que establezca la RFEF.
Además, la RFEF pondrá a disposición de los equipos participantes, de los árbitros y
de aquellos otros colectivos que considere oportunos un servicio de transporte interno para
todos aquellos recorridos que sean necesarios para el buen desarrollo del evento. Entre
otros, se contemplarán los traslados entre los hoteles, las instalaciones deportivas y todos
aquellos espacios relacionados con el evento que determine la RFEF, incluidos los traslados desde y hasta el aeropuerto.
La RFEF establecerá las normas de circulación dentro de la instalación e informará a
los responsables de seguridad de esta.
La RFEF deberá garantizar la seguridad en los controles de acceso en el interior de la
instalación donde se celebre la fase final de la Copa de España de Fútbol Sala, así como en
los hoteles e instalaciones en las que se celebren actos relacionados con este evento.
La RFEF, a su cargo, tramitará y expedirá todas las clases de acreditaciones que serán
las únicas válidas para acceder y circular por el interior de la instalación. Estas acreditaciones serán válidas para asistir al evento y proporcionarán acceso a algunos espacios «restringidos», en la manera que determine la RFEF. Al personal de la Comunidad de Madrid que
tenga encomendado tareas específicas durante el desarrollo de la competición, le serán emitidas las acreditaciones que posibiliten el correcto desarrollo de sus funciones.
La Comunidad de Madrid no podrá, en ninguna circunstancia, emitir acreditaciones ni
cualquier otro pase de acceso y/o entrada.
De autorizarse la asistencia de público al evento, quedará prohibido:
a) El acceso a las instalaciones a los espectadores que introduzcan bebidas alcohólicas, armas, objetos susceptibles de ser utilizados como tales, bengalas o similares,
o que estén bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos,
estimulantes o sustancias análogas.
b) La expedición de bebidas alcohólicas en el interior de la instalación, en los términos previstos por las disposiciones vigentes en materia de prevención de la violen-

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