C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210316-35)
Plan estratégico subvenciones – Orden 92/2021, de 5 de marzo, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
LÍNEA
2 Ayudas para incentivar el uso de servicios de innovación por las pequeñas y medianas empresas (programa cheque innovación)
OBJETO
Fomentar la implementación de la innovación y la transferencia de conocimiento científico y
tecnológico por las pequeñas y medianas empresas, como valor añadido y como instrumento
para el incremento de su productividad.
Las ayudas se destinarán a financiar la contratación, por las pequeñas y medianas empresas, de servicios de apoyo a la I+D y a la innovación, incluidos los servicios relativos a la
gestión de la innovación y a su implantación en el mercado, con las universidades, los
organismos de investigación y difusión del conocimiento, los centros públicos de investigación, los consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otros programas de ayudas de la Comunidad de Madrid, los institutos IMDEA, los centros de innovación
públicos y privados, los centros tecnológicos, los parques científicos; así como con empresas
proveedoras especializadas en la prestación de servicios especializados de I+D e innovación.
BENEFICIARIOS
Pequeñas y medianas empresas (pymes) madrileñas y, en especial, las pertenecientes a
sectores tradicionales, no comerciales, financieros, de seguros ni inmobiliarios, ni cuyo
modelo de negocio sea el de una joven empresa innovadora, basado en el desarrollo y uso
intensivo de tecnología.
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA
Contratación de servicios con universidades, organismos de investigación y centros tecnológicos, públicos o privados, ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y
empresas proveedoras de servicios de asistencia técnica en materia de I+D empresarial y
apoyo a la innovación (ingenierías de procesos y productos, consultoras especializadas en
gestión y apoyo a la innovación, etc.).
Se considerarán subvencionables, a nivel enunciativo, pero no limitativo, las siguientes
actuaciones:
1) Diagnósticos de necesidades y oportunidades de innovación tecnológica y nuevos planes
de innovación tecnológica
2) Diseño y mejora de sistemas de gestión y organización de la innovación
3)Estudios de vigilancia tecnológica y del estado de la técnica
4) Estudios de viabilidad tecnológica e industrial
5) Actividades de diseño industrial, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de
producción
6) Pruebas de concepto
7) Conceptualización y diseño de nuevos productos diferenciales
8) Rediseño o generación de nuevos productos y servicios
9) Transformación de procesos de fabricación
10) Desarrollo y/o integración de nuevo software vinculado con la I+D+i de pymes no productoras ni distribuidoras de servicios informáticos ni de las tecnologías de la información y las
comunicaciones (TIC). Para todos los sectores, se excluyen además las siguientes modalidades de actuación: toda aplicación o software ya existente, o adaptación del mismo, o que
cuente con licencia; los desarrollos ofimáticos, financieros o contables; el desarrollo de
páginas web, intranet, extranet y aplicaciones para terminales móviles con finalidad promocional, de marketing, de suministro de información corporativa o de mercado, o vinculadas a
la creación o gestión de redes sociales o comerciales o de relación con los clientes; los
servicios de telecomunicaciones o de almacenamiento de la información; la adquisición o
arrendamiento de equipos (hardware), redes o sistemas físicos de tecnologías de la información o de las comunicaciones.
11) Protección de los activos intangibles, gestión de patentes, modelos de utilidad, y de los
derechos de propiedad industrial, que se realicen en España.
PLAZO DE EJECUCIÓN
Se financiarán proyectos con duración mínima de 1 mes y máxima de 12 meses
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN
Concesión directa, la concesión de las ayudas cose realizará por orden cronológico de
entrada de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios. Se considerará como fecha de presentación de la ayuda, la del día en el que las solicitudes se acompañen
de toda la documentación completa que se especifique en el Anexo del Acuerdo del Consejo
de Gobierno por el que se regula el procedimiento de concesión, una vez subsanadas las
deficiencias o ausencias que en su caso pudieran existir.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Hasta un 80% de los costes subvencionables
COSTES PRESUPUESTARIOS
PREVISIBLES
Respecto a su impacto presupuestario, se propone la autorización de un gasto total en el ejercicio
2021 por importe de 900.000 € cuya financiación se realizará con cargo al subconcepto 79002
“Planes Específicos de I+D+i. Transferencia Tecnológica” del Programa 466A “Investigación” de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2020.
FUENTE FINANCIACIÓN
50% Comunidad de Madrid
50% FEDER
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
El seguimiento de las ayudas será realizado por parte de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo la comprobación
documental y material de la ejecución de las actividades subvencionadas.
INDICADORES
Nº de empresas que reciben ayuda
B.O.C.M. Núm. 63
BOCM-20210316-35
BOCM
Pág. 148
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
LÍNEA
2 Ayudas para incentivar el uso de servicios de innovación por las pequeñas y medianas empresas (programa cheque innovación)
OBJETO
Fomentar la implementación de la innovación y la transferencia de conocimiento científico y
tecnológico por las pequeñas y medianas empresas, como valor añadido y como instrumento
para el incremento de su productividad.
Las ayudas se destinarán a financiar la contratación, por las pequeñas y medianas empresas, de servicios de apoyo a la I+D y a la innovación, incluidos los servicios relativos a la
gestión de la innovación y a su implantación en el mercado, con las universidades, los
organismos de investigación y difusión del conocimiento, los centros públicos de investigación, los consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otros programas de ayudas de la Comunidad de Madrid, los institutos IMDEA, los centros de innovación
públicos y privados, los centros tecnológicos, los parques científicos; así como con empresas
proveedoras especializadas en la prestación de servicios especializados de I+D e innovación.
BENEFICIARIOS
Pequeñas y medianas empresas (pymes) madrileñas y, en especial, las pertenecientes a
sectores tradicionales, no comerciales, financieros, de seguros ni inmobiliarios, ni cuyo
modelo de negocio sea el de una joven empresa innovadora, basado en el desarrollo y uso
intensivo de tecnología.
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA
Contratación de servicios con universidades, organismos de investigación y centros tecnológicos, públicos o privados, ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y
empresas proveedoras de servicios de asistencia técnica en materia de I+D empresarial y
apoyo a la innovación (ingenierías de procesos y productos, consultoras especializadas en
gestión y apoyo a la innovación, etc.).
Se considerarán subvencionables, a nivel enunciativo, pero no limitativo, las siguientes
actuaciones:
1) Diagnósticos de necesidades y oportunidades de innovación tecnológica y nuevos planes
de innovación tecnológica
2) Diseño y mejora de sistemas de gestión y organización de la innovación
3)Estudios de vigilancia tecnológica y del estado de la técnica
4) Estudios de viabilidad tecnológica e industrial
5) Actividades de diseño industrial, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de
producción
6) Pruebas de concepto
7) Conceptualización y diseño de nuevos productos diferenciales
8) Rediseño o generación de nuevos productos y servicios
9) Transformación de procesos de fabricación
10) Desarrollo y/o integración de nuevo software vinculado con la I+D+i de pymes no productoras ni distribuidoras de servicios informáticos ni de las tecnologías de la información y las
comunicaciones (TIC). Para todos los sectores, se excluyen además las siguientes modalidades de actuación: toda aplicación o software ya existente, o adaptación del mismo, o que
cuente con licencia; los desarrollos ofimáticos, financieros o contables; el desarrollo de
páginas web, intranet, extranet y aplicaciones para terminales móviles con finalidad promocional, de marketing, de suministro de información corporativa o de mercado, o vinculadas a
la creación o gestión de redes sociales o comerciales o de relación con los clientes; los
servicios de telecomunicaciones o de almacenamiento de la información; la adquisición o
arrendamiento de equipos (hardware), redes o sistemas físicos de tecnologías de la información o de las comunicaciones.
11) Protección de los activos intangibles, gestión de patentes, modelos de utilidad, y de los
derechos de propiedad industrial, que se realicen en España.
PLAZO DE EJECUCIÓN
Se financiarán proyectos con duración mínima de 1 mes y máxima de 12 meses
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN
Concesión directa, la concesión de las ayudas cose realizará por orden cronológico de
entrada de las solicitudes hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios. Se considerará como fecha de presentación de la ayuda, la del día en el que las solicitudes se acompañen
de toda la documentación completa que se especifique en el Anexo del Acuerdo del Consejo
de Gobierno por el que se regula el procedimiento de concesión, una vez subsanadas las
deficiencias o ausencias que en su caso pudieran existir.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Hasta un 80% de los costes subvencionables
COSTES PRESUPUESTARIOS
PREVISIBLES
Respecto a su impacto presupuestario, se propone la autorización de un gasto total en el ejercicio
2021 por importe de 900.000 € cuya financiación se realizará con cargo al subconcepto 79002
“Planes Específicos de I+D+i. Transferencia Tecnológica” del Programa 466A “Investigación” de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2020.
FUENTE FINANCIACIÓN
50% Comunidad de Madrid
50% FEDER
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
El seguimiento de las ayudas será realizado por parte de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo la comprobación
documental y material de la ejecución de las actividades subvencionadas.
INDICADORES
Nº de empresas que reciben ayuda
B.O.C.M. Núm. 63
BOCM-20210316-35
BOCM