C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210316-35)
Plan estratégico subvenciones – Orden 92/2021, de 5 de marzo, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 63
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
LÍNEA
1 Ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas (start-up) de base tecnológica y
pymes de alta intensidad innovadora.
OBJETO
Ayudas destinadas a:
x
La creación e inicio de actividad de nuevas empresas de base tecnológica de
menos de 1 año de antigüedad desde su constitución, cuya actividad se refiera a
la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos o científicos.
x
El crecimiento de empresas de base tecnológica con más de 1 año y menos de 5
años de antigüedad desde su constitución, cuya actividad se refiera a la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos o científicos, adquiridos a partir de la propia actividad investigadora o de otras empresas u organismos de investigación, que posibiliten el
desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el
mercado.
x
La consolidación de Pymes de alta intensidad innovadora de más de 5 años y
menos de 15 años de antigüedad desde su constitución, cuya actividad se encuentre incluida en las áreas estratégicas seleccionadas RIS3, y cuya estrategia
de negocio se base en el desarrollo de productos, servicios y/o procesos nuevos
o que mejoren sustancialmente los existentes en comparación con el estado de
la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo o fracaso empresarial,
siempre que sus gastos e inversiones en I+D representen al menos un 15 % del
total de sus costes, en al menos dos de los 3 últimos años previos a la concesión
de las ayudas.
BENEFICIARIOS
- Nuevas y jóvenes empresas innovadoras (Start-Up´s) de base tecnológica - PYMES de alta
intensidad innovadora de menos de 15 años de antigüedad.
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA
Se apoyará el plan de negocio de estas empresas y la cuantía de la ayuda dependerá del
punto en que se encuentre dentro de las tres categorías anteriores (creación, crecimiento o
consolidación).
Gastos subvencionables: personal, gastos de asesoramiento y consultoría de desarrollo
empresarial y de mercado, costes de instrumental y materiales, costes de investigación
contractual, patentes y licencias, gastos de difusión, comercialización y desarrollo de negocio,
y otros gastos de funcionamiento.
PLAZO DE EJECUCIÓN
Se financiarán proyectos de hasta 12 meses de duración (Línea 1) y hasta 24 meses de
duración (Líneas 2 y 3), según la tipología de las empresas solicitantes.
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN
Concurrencia competitiva, de tal forma que la concesión de las ayudas se realizará mediante
la comparación de las solicitudes presentadas con objeto de establecer una prelación entre las
mismas de acuerdo con unos criterios de valoración previamente fijados y se adjudicará la
subvención a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación.
COSTES PRESUPUESTARIOS
PREVISIBLES
Respecto a su impacto presupuestario, se propone la autorización de un gasto plurianual en el
ejercicio 2021 por importe total de 4.250.000 € cuya financiación se realizará con cargo al
subconcepto 79002 “Planes Específicos de I+D+i. Transferencia Tecnológica” del Programa
466A “Investigación”, del presupuesto general de la Comunidad de Madrid, con el siguiente
desglose:
x
Presupuesto 2021: 0 €
x
Presupuesto 2022: 2.250.000 €
x
Presupuesto 2023: 2.000.000 €
CUANTÍA DE LA AYUDA
Línea 1: 60.000 €/proyecto
Línea 2: 50% de los gastos subvencionables, hasta 125.000 €/proyecto
Línea 3: entre un 35 y un 70% de los gastos subvencionables, con un máximo de 250.000 €
FUENTE FINANCIACIÓN
100% Comunidad de Madrid
SEGUIMIENTO Y CONTROL
El seguimiento de las ayudas será realizado por parte de la Dirección General de Investigación
e Innovación tecnológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo la comprobación documental
y material de la ejecución de las actividades subvencionadas.
INDICADORES
Nº de empresas que reciben ayuda
Pág. 147
BOCM-20210316-35
BOCM
B.O.C.M. Núm. 63
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
LÍNEA
1 Ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas (start-up) de base tecnológica y
pymes de alta intensidad innovadora.
OBJETO
Ayudas destinadas a:
x
La creación e inicio de actividad de nuevas empresas de base tecnológica de
menos de 1 año de antigüedad desde su constitución, cuya actividad se refiera a
la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos o científicos.
x
El crecimiento de empresas de base tecnológica con más de 1 año y menos de 5
años de antigüedad desde su constitución, cuya actividad se refiera a la explotación de productos o servicios que requieran el uso intensivo de tecnologías o conocimientos técnicos o científicos, adquiridos a partir de la propia actividad investigadora o de otras empresas u organismos de investigación, que posibiliten el
desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos para su introducción en el
mercado.
x
La consolidación de Pymes de alta intensidad innovadora de más de 5 años y
menos de 15 años de antigüedad desde su constitución, cuya actividad se encuentre incluida en las áreas estratégicas seleccionadas RIS3, y cuya estrategia
de negocio se base en el desarrollo de productos, servicios y/o procesos nuevos
o que mejoren sustancialmente los existentes en comparación con el estado de
la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo o fracaso empresarial,
siempre que sus gastos e inversiones en I+D representen al menos un 15 % del
total de sus costes, en al menos dos de los 3 últimos años previos a la concesión
de las ayudas.
BENEFICIARIOS
- Nuevas y jóvenes empresas innovadoras (Start-Up´s) de base tecnológica - PYMES de alta
intensidad innovadora de menos de 15 años de antigüedad.
CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA
Se apoyará el plan de negocio de estas empresas y la cuantía de la ayuda dependerá del
punto en que se encuentre dentro de las tres categorías anteriores (creación, crecimiento o
consolidación).
Gastos subvencionables: personal, gastos de asesoramiento y consultoría de desarrollo
empresarial y de mercado, costes de instrumental y materiales, costes de investigación
contractual, patentes y licencias, gastos de difusión, comercialización y desarrollo de negocio,
y otros gastos de funcionamiento.
PLAZO DE EJECUCIÓN
Se financiarán proyectos de hasta 12 meses de duración (Línea 1) y hasta 24 meses de
duración (Líneas 2 y 3), según la tipología de las empresas solicitantes.
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN
Concurrencia competitiva, de tal forma que la concesión de las ayudas se realizará mediante
la comparación de las solicitudes presentadas con objeto de establecer una prelación entre las
mismas de acuerdo con unos criterios de valoración previamente fijados y se adjudicará la
subvención a aquellas solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación.
COSTES PRESUPUESTARIOS
PREVISIBLES
Respecto a su impacto presupuestario, se propone la autorización de un gasto plurianual en el
ejercicio 2021 por importe total de 4.250.000 € cuya financiación se realizará con cargo al
subconcepto 79002 “Planes Específicos de I+D+i. Transferencia Tecnológica” del Programa
466A “Investigación”, del presupuesto general de la Comunidad de Madrid, con el siguiente
desglose:
x
Presupuesto 2021: 0 €
x
Presupuesto 2022: 2.250.000 €
x
Presupuesto 2023: 2.000.000 €
CUANTÍA DE LA AYUDA
Línea 1: 60.000 €/proyecto
Línea 2: 50% de los gastos subvencionables, hasta 125.000 €/proyecto
Línea 3: entre un 35 y un 70% de los gastos subvencionables, con un máximo de 250.000 €
FUENTE FINANCIACIÓN
100% Comunidad de Madrid
SEGUIMIENTO Y CONTROL
El seguimiento de las ayudas será realizado por parte de la Dirección General de Investigación
e Innovación tecnológica de la Comunidad de Madrid, incluyendo la comprobación documental
y material de la ejecución de las actividades subvencionadas.
INDICADORES
Nº de empresas que reciben ayuda
Pág. 147
BOCM-20210316-35
BOCM