C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210316-35)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 92/2021, de 5 de marzo, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3)
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BOCM

MARTES 16 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 63

Esas actuaciones se concretan en las bases reguladoras y convocatorias de ayudas
comprendidas en el presente Plan Estratégico de Subvenciones para el fomento de la I+D+i
empresarial en la Comunidad de Madrid.
El año 2021 se encuentra a caballo entre dos marcos financieros comunitarios, el
2014-2020 y el 2021-2023, por lo que, dado el carácter plurianual de la mayoría de las convocatorias recogidas en este Plan, la ejecución, justificación y verificación de proyectos
quedarían fuera del Programa Operativo FEDER-MADRID 2014-2020 (a excepción de la
convocatoria de Cheque Innovación, que al ser anual sí entraría en el PO 14-20 ya que este
admite certificación de gasto hasta 2023 por la regla n+3) mientras que todavía no se ha
aprobado el Programa Operativo FEDER-MADRID 2021-2027.
Esta transitoriedad, hace que el Plan Estratégico abarque únicamente a las convocatorias a realizar en el año 2021, y afecta a las fuentes de financiación de las convocatorias plurianuales, ya que no puede asegurarse la cofinanciación de Fondos Estructurales Europeos
hasta que no se firme el Acuerdo de Asociación correspondiente.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter
previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que
se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles
y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos
de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 4.bis y 7 de la Ley 2/1995,
y el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones en relación con las ayudas para la realización de programas de fomento de la I+D+i empresarial en la Comunidad de Madrid, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3).
En Madrid, a 5 de marzo de 2021.
El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación,
EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

BOCM-20210316-35

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