Velilla de San Antonio (BOCM-20210316-79)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 63
del quórum obtenido, sin perjuicio de que posteriormente por parte de Alcaldía se verifique
si se entiende aprobado o no el acuerdo.
Durante todo el proceso de votación, deberá garantizarse la autenticidad del voto y la
libertad para emitirlo.
Art. 50. Acta de la sesión por medios electrónicos.—Se deberá hacer constar la justificación de esta modalidad de sesión por alguna de las circunstancias que lo permiten.
Igualmente, se hará constar la justificación de la omisión de la indicación de lugar de
celebración.
Las intervenciones que se hubiesen producido en la sesión por los cargos públicos y
funcionarios serán íntegramente recogidas en soporte videográfico. La grabación en video
de las sesiones contendrá todo lo ocurrido en la sesión o reunión conteniendo audio e imágenes. Este documento recoge la literalidad de las intervenciones de cada miembro y se integra en el documento electrónico de forma enlazada.
Por parte de Secretaría se deberá levantar acta que, en todo caso, contendrá los siguientes extremos (regulados en el artículo 18.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público):
— Los asistentes.
— El orden del día de la reunión.
— Las circunstancias del lugar y del tiempo en que se ha celebrado.
— Los puntos principales de las deliberaciones.
En el supuesto de que, en el fichero de la grabación de la sesión celebrada se incorporen las manifestaciones de los principales puntos principales de las deliberaciones, no se deberá recoger este extremo en el Acta que se levante de la sesión.
— El contenido de los acuerdos adoptados.
A este Acta se podrá incorporar:
— Fichero de la grabación de la sesión celebrada.
— Certificado del secretario/a de la autenticidad e integridad del mismo.
— Otros documentos en soporte electrónico.
Estos ficheros deberán conservarse de forma que se garantice la integridad, la autenticidad y el acceso a los mismos.
En cuanto a los ruegos y preguntas, éstos no forman parte del contenido mínimo de las
actas de las sesiones plenarias, por lo que por parte de Secretaria no se estará obligado a recoger este extremo en el acta, salvo que se dé lectura oral a las preguntas formuladas por
escrito en la propia sesión, de manera que se podrán incorporar al fichero de la grabación
que, en todo caso, acompañe al Acta.
Las preguntas que se hayan formulado por escrito con antelación a la celebración de
la sesión se responderán en la propia sesión, con lo que quedarán reflejadas en la grabación.
Art. 51. Del carácter público de las sesiones.—Para dar cumplimiento al carácter público de las sesiones, éstas podrán ser retransmitidas en streaming para la ciudadanía a través de la sede electrónica del Ayuntamiento y en las redes sociales del municipio.
Capítulo XI
De los órganos desconcentrados o descentralizados
para la gestión de servicios
Art. 52.—1. El Pleno podrá establecer órganos desconcentrados, distintos de los
enumerados en las Secciones anteriores.
2. Asimismo, el Pleno, podrá acordar el establecimiento de entes descentralizados
con personalidad jurídica propia, cuando así lo aconsejen la necesidad de una mayor eficacia en la gestión, la complejidad de la misma, la agilización de los procedimientos, la expectativa de aumentar o mejorar la financiación o la conveniencia de obtener un mayor grado de participación ciudadana en la actividad de prestación de los servicios.
Art. 53.—El establecimiento de los órganos y entes a que se refiere el artículo anterior
se rige, en su caso, por lo dispuesto en el Artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril relativo a las formas de gestión de servicios, y en todo caso, se inspirará en el principio de economía organizativa, de manera que su número sea el menos posible en atención a la correcta prestación de los mismos.
BOCM-20210316-79
Pág. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 63
del quórum obtenido, sin perjuicio de que posteriormente por parte de Alcaldía se verifique
si se entiende aprobado o no el acuerdo.
Durante todo el proceso de votación, deberá garantizarse la autenticidad del voto y la
libertad para emitirlo.
Art. 50. Acta de la sesión por medios electrónicos.—Se deberá hacer constar la justificación de esta modalidad de sesión por alguna de las circunstancias que lo permiten.
Igualmente, se hará constar la justificación de la omisión de la indicación de lugar de
celebración.
Las intervenciones que se hubiesen producido en la sesión por los cargos públicos y
funcionarios serán íntegramente recogidas en soporte videográfico. La grabación en video
de las sesiones contendrá todo lo ocurrido en la sesión o reunión conteniendo audio e imágenes. Este documento recoge la literalidad de las intervenciones de cada miembro y se integra en el documento electrónico de forma enlazada.
Por parte de Secretaría se deberá levantar acta que, en todo caso, contendrá los siguientes extremos (regulados en el artículo 18.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público):
— Los asistentes.
— El orden del día de la reunión.
— Las circunstancias del lugar y del tiempo en que se ha celebrado.
— Los puntos principales de las deliberaciones.
En el supuesto de que, en el fichero de la grabación de la sesión celebrada se incorporen las manifestaciones de los principales puntos principales de las deliberaciones, no se deberá recoger este extremo en el Acta que se levante de la sesión.
— El contenido de los acuerdos adoptados.
A este Acta se podrá incorporar:
— Fichero de la grabación de la sesión celebrada.
— Certificado del secretario/a de la autenticidad e integridad del mismo.
— Otros documentos en soporte electrónico.
Estos ficheros deberán conservarse de forma que se garantice la integridad, la autenticidad y el acceso a los mismos.
En cuanto a los ruegos y preguntas, éstos no forman parte del contenido mínimo de las
actas de las sesiones plenarias, por lo que por parte de Secretaria no se estará obligado a recoger este extremo en el acta, salvo que se dé lectura oral a las preguntas formuladas por
escrito en la propia sesión, de manera que se podrán incorporar al fichero de la grabación
que, en todo caso, acompañe al Acta.
Las preguntas que se hayan formulado por escrito con antelación a la celebración de
la sesión se responderán en la propia sesión, con lo que quedarán reflejadas en la grabación.
Art. 51. Del carácter público de las sesiones.—Para dar cumplimiento al carácter público de las sesiones, éstas podrán ser retransmitidas en streaming para la ciudadanía a través de la sede electrónica del Ayuntamiento y en las redes sociales del municipio.
Capítulo XI
De los órganos desconcentrados o descentralizados
para la gestión de servicios
Art. 52.—1. El Pleno podrá establecer órganos desconcentrados, distintos de los
enumerados en las Secciones anteriores.
2. Asimismo, el Pleno, podrá acordar el establecimiento de entes descentralizados
con personalidad jurídica propia, cuando así lo aconsejen la necesidad de una mayor eficacia en la gestión, la complejidad de la misma, la agilización de los procedimientos, la expectativa de aumentar o mejorar la financiación o la conveniencia de obtener un mayor grado de participación ciudadana en la actividad de prestación de los servicios.
Art. 53.—El establecimiento de los órganos y entes a que se refiere el artículo anterior
se rige, en su caso, por lo dispuesto en el Artículo 85 de la Ley 7/1985, de 2 de abril relativo a las formas de gestión de servicios, y en todo caso, se inspirará en el principio de economía organizativa, de manera que su número sea el menos posible en atención a la correcta prestación de los mismos.
BOCM-20210316-79
Pág. 288
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