Velilla de San Antonio (BOCM-20210316-79)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico
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B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021

El primer punto del orden del día consistirá en la adopción de un acuerdo de autorización del funcionamiento telemático de la sesión, señalando las condiciones técnicas en que
se ha de producir y aceptando las causas que motivan su celebración por estos medios.
La Alcaldía tomará la palabra al inicio de cada punto, moderando el turno de intervenciones y cediendo a su vez la palabra a los concejales/as que así lo soliciten de forma inequívoca, a fin de que se desarrolle el debate con normalidad de acuerdo con las reglas generales reguladoras del desarrollo de los Plenos.
Durante toda la sesión, se deberá asegurar la comunicación entre los miembros participantes en tiempo real, disponiéndose los medios necesarios para garantizar el carácter público o secreto de las mismas según proceda legalmente en cada caso.
En el caso de que, durante el transcurso de la sesión, la comunicación para alguno de
los asistentes se vea interrumpida por fallos técnicos, se considerará como abandono del salón de sesiones de la Casa Consistorial. No obstante, se podrán presentar dos situaciones:
1. Desconexión puntual.—Si la falta de conexión es puntual, de forma que se pierde, pero se recupera pasados unos instantes, por parte de Secretaria se consignará en el acta
esta situación, con indicación de la hora a la que se produce la ausencia virtual de la sesión
y la hora a que se produce el reingreso. Así, se podrán dar diferentes escenarios atendiendo
al momento exacto en el que se produce la desconexión:
a) Si se produce la desconexión una vez iniciado el punto del orden del día y se recupera una vez iniciada la votación, el asistente a la sesión no podrá votar, por lo que
computará su voto como abstención. Además, se reseñará en el acta que la incorporación a la sesión tiene lugar después de celebrada la votación (el artículo 98.3
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales establece que iniciada la votación ningún miembro corporativo
puede ingresar ni abandonar la sesión).
b) Si se produce la desconexión una vez iniciado el punto del orden del día y se recupera una vez finalizada la votación, el voto del asistente a la sesión también
computará como abstención.
c) Si se produce la desconexión una vez iniciada la votación, si el asistente a la sesión
ha votado, cabe entender que su voto es válido, si no ha votado, computará como
abstención.
d) Si se produce la desconexión una vez iniciado el punto del orden del día y se recupera durante el trascurso de varios puntos del orden del día después, en el punto
en que se produce la desconexión, el voto del asistente a la sesión computará como
abstención. En los puntos en los que perdure desconectado, ni votará ni computará su voto, simplemente permanecerá como ausente, siendo la votación el resultado de los votos favorables, contrarios y abstenciones de los asistentes.
e) Cuando se recupere la conexión, se ingresará en la sesión en el punto del orden del
día en que ésta se encuentre. Si no se ha comenzado todavía la votación, podrá votar con toda normalidad. Si ha comenzado la votación, el asistente a la sesión no
podrá votar, pero computará como abstención, indicándose en el acta que la incorporación a la sesión tiene lugar después de celebrada la votación.
2. Desconexión definitiva.—La desconexión definitiva se equipará al abandono definitivo de la sesión. En este caso, se podrán presentar los siguientes escenarios:
a) Si la desconexión se produce una vez iniciado un punto del orden del día y ya no se
recupera, se indicará en el acta. En cuanto a la votación de ese punto, computará
como abstención. En el resto de los puntos, no computará la votación.
b) Si la desconexión se produce una vez acabado un punto del orden del día, pero antes de iniciarse el siguiente, y ya no se recupera, igualmente se reflejará en el acta
sin que compute desde ese momento, a ningún efecto.
Art. 49. Sistema de emisión del voto.—Para que pueda garantizarse el sentido del
voto de las decisiones que se traten en las sesiones, y al objeto de que no se produzcan errores técnicos, se opta por llevar a cabo un sistema de votación individual que consistirá en
preguntar, por parte de la Alcaldía, a cada uno de los asistentes el sentido de su voto (a favor, en contra o abstención), de manera que por parte de Secretaria se verifique la autenticidad de cada una de las manifestaciones hechas por los miembros asistentes, a la vez que
deja constancia de ello.
Para verificar el sistema de votación, se repetirá esta acción por dos veces. Una vez
constatado el resultado de las votaciones, por parte de Secretaria se informará en voz alta

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