Collado Villalba (BOCM-20210311-38)
Personal. Acuerdo colectivo personal funcionario
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 178

JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 59

A.2.2) Si el curso se realiza en la Comunidad de Madrid, fuera del municipio de Collado
Villalba:



Se abonará el gasto de viaje, en medio transporte público.
Si el curso se realiza en horario de mañana y tarde, se abonará por gastos
de comida (dietas).

A.3) Los cursos impartidos por la F.E.M.P., F.M.M., I.N.A.P., Comunidad de Madrid y
sindicatos (IMEP, MAFOREM, etc) que tengan el mismo contenido y materias que los
cursos de PFC del Ayuntamiento Collado Villalba. Se aplicarán los mismos criterios que
para los cursos dentro del PFC del Ayuntamiento.




B.)

Si la jornada del curso fuera íntegramente fuera del horario laboral se abonará en
concepto de dedicación extraordinaria media dieta según categoría profesional.
Se abonará el gasto de viaje, en medio transporte público.
Si el curso se realiza en horario de mañana y tarde se abonará por gastos de
comida (dietas).

FORMACIÓN EXTERNA. Son cursos organizados por empresas, organismos, instituciones,
etc de carácter externo al Ayuntamiento, que cada funcionario/a tiene derecho a solicitar
siempre que estén relacionados con las funciones que desarrolla en tu puesto de trabajo o
con su promoción profesional. Estos cursos sólo se autorizan si las necesidades del servicio
lo permiten, y siempre que los cursos guarden relación con el puesto de trabajo. Cada
empleado/a público/a tiene derecho a:
1. Si el curso se realiza en horario de trabajo, se autorizará la ausencia al trabajo por motivo
de estos cursos de formación por un máximo de 37,5 horas al año.
2. Los/as empleados/as municipales del Ayuntamiento de Collado Villalba tendrán derecho a
40 horas al año para formación externa on line que computarán como tiempo de trabajo
efectivo. En caso de no haber disfrutado de dichas horas de formación, se autoriza la
acumulación durante tres años.
3. Si el curso se realiza fuera de horas de trabajo y comienza con menos de dos horas de
diferencia del término de la jornada laboral, se concederá un permiso de 2 horas.
4. El/la funcionario/a que realice formación externa, que no sea ofertado en el plan de
formación continua por su carácter de especialidad, será subvencionado parcial o
íntegramente. Dicho importe deberá acreditarse mediante la presentación de la
documentación referida a dicha formación y justificante bancario correspondiente.

C.)

FORMACIÓN FORZOSA POLICÍA LOCAL
Se estará a lo regulado en el Acuerdo por el que se establece el Régimen Especial para la
mejora del servicio prestado a los ciudadanos por parte de la Policía Local de Collado Villalba
aprobado por Acuerdo de Pleno de 26 de septiembre de 2013.

ARTÍCULO 36.- FONDOS ECONÓMICOS DE FORMACIÓN
El Ayuntamiento dotará anualmente la partida destinada a formación de los/as empleados/as
públicos/as con importe de 140.000 euros para cada año de vigencia del presente Acuerdo
Colectivo siempre que no incumpla el principio de equilibrio presupuestario.

ARTÍCULO 37.- CERTIFICADOS DE APROVECHAMIENTO Y/O ASISTENCIA
Todo/a empleado/a municipal que haya asistido a cursos, seminarios, jornadas, etc., organizados o
impartidos por el Ayuntamiento de Collado Villalba, así como en los que preste su colaboración,
recibirá el correspondiente certificado de aprovechamiento o asistencia que le será entregado por
el área del Ayuntamiento que correspondiese, a la vez que lo hará constar en el expediente del/la
funcionario/a teniéndose en cuenta para su promoción.

BOCM-20210311-38

Lo/as empleado/as municipales interinos/as por cobertura de plaza o puesto vacante así como con
nombramientos de funcionario/a de carrera o para la ejecución de proyectos superiores a un año
podrán solicitar con cargo a este fondo el pago de los gastos de reciclaje, renovación de carnets de
conducir u otros que se requieran obligatoriamente para el desempeño profesional y habitual de su
puesto de trabajo en el Ayuntamiento, con excepción de las cuotas de colegios profesionales y
siempre que no se desarrolle otra actividad profesional por cuenta propia o ajena compatible que
exija la posesión de dichos títulos o carnets.