Montejo de la Sierra (BOCM-20210311-52)
Organización y funcionamiento. Ordenanza recogida residuos
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BOCM

JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 59

cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes, se describirán las medidas de
prevención existentes y se evaluará la utilidad de los de medidas…” para lograr
los siguientes objetivos:
d Reducir el 10 por 100 del peso de los residuos tratados en el período 2014-2020.
d Alcanzar, antes de 2020, la cantidad en conjunto, como mínimo, del 50 por 100
en peso de residuos domésticos y comerciales destinados a la preparación para
la reutilización y el reciclado para las fracciones de papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables.
— La Ley de Bases de Régimen Local, que establece que las Comunidades Autónomas “… asumirán la prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal
y, en su caso, supracomarcal y el fomento o, en su caso la coordinación de la prestación unificada de servicios de los municipios de su respectivo ámbito territorial
y en concreto la prestación de los servicios de tratamiento de residuos en los municipios de menos de 5.000 habitantes”.
En el ámbito de la Sierra Norte de Madrid, en el que se encuentra Montejo de la Sierra, este servicio se presta por la Mancomunidad de Servicios Valle Norte de Lozoya, a
quien la Comunidad de Madrid transfiere las competencias de recogida y transporte de la
totalidad de los residuos generados en los hogares y comercios de la Comarca. Los principales servicios de recogida de residuos que se gestionan son: residuo doméstico diario, envases, papel y cartón, vidrio, residuo vegetal, escombros y voluminosos.
TÍTULO I
Disposiciones generales
Art. 1. Objeto y ámbito de aplicación.—La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Montejo de la Sierra, de todas aquellas conductas y actividades dirigidas al depósito y recogida de residuos municipales, respetando el principio de jerarquía, con objeto de conseguir el mejor resultado ambiental
global, mitigando los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente.
En el ejercicio de las competencias municipales, la presente Ordenanza desarrolla la
legislación estatal y autonómica en materia de residuos y de régimen local, debiendo en
todo momento interpretarse y aplicarse de acuerdo con la legislación vigente.
Todas las personas físicas o jurídicas que residan o depositen residuos en el término
municipal de Montejo de la Sierra están obligadas a cumplir lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como las disposiciones que en su desarrollo dicte el Ayuntamiento.
Art. 2. Definiciones.—A efectos de lo dispuesto en la siguiente Ordenanza se entenderá por:
1) “Residuo”: cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar.
2) “Residuos domésticos”: residuos generados en los hogares como consecuencia de
las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos:
i) Los similares a los anteriores generados en servicios e industrias.
ii) Residuos que se generan en los hogares de aparatos eléctricos y electrónicos, ropa,
pilas, acumuladores, muebles y enseres así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria.
iii) Los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.
3) “Residuos comerciales”: residuos generados por la actividad propia del comercio,
al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de las oficinas y de
los mercados, así como del resto del sector servicios.
4) “Residuos industriales”: residuos resultantes de los procesos de fabricación, de
transformación, de utilización, de consumo, de limpieza o de mantenimiento generados por
la actividad industrial, excluidas las emisiones a la atmósfera reguladas en la Ley 34/2007,
de 15 de noviembre.
5) “Residuos peligrosos”: residuos que presenta una o varias de las características
peligrosas enumeradas en el anexo III de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, así como el que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo esta-

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