Montejo de la Sierra (BOCM-20210311-52)
Organización y funcionamiento. Ordenanza recogida residuos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

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En la actualidad, nuestro pueblo y la Reserva no son ajenos a las amenazas globales de
la Contaminación y el Cambio Climático. Como se recoge en la Declaración de la Federación Española de Municipios y Provincias, “Acción Local por el Clima”, es necesario realizar acuerdos para conseguir un objetivo común con una suma de fuerzas y una mayor fortaleza a la hora de actuar para mitigar los efectos del cambio climático y adaptarnos a él.
Todas las ciudades y todos los pueblos deben tener un papel protagonista en la definición, planificación y ejecución de políticas locales de lucha contra la contaminación y el
cambio climático, y es necesario contar con la participación de las ciudadanas, pueblos y
ciudadanía, y del sector privado.
Como también se cita en la Declaración de la FEMP “Acción Local por el Clima”, los
gobiernos locales y, concretamente, los de la Mancomunidad de la Sierra del Rincón, estamos comprometidos con la lucha contra el cambio climático y queremos impulsar políticas
que contribuyan a alcanzar el Acuerdo de París. La lucha contra la Contaminación y el Cambio Climático incluye una correcta gestión de los residuos, para contribuir de forma eficaz a
la mitigación de gases de efecto invernadero. Así lo planteó el Ayuntamiento de Montejo de
la Sierra en la presentación que realizó junto a otros municipios de la Reserva de la Biosfera de la Sierra del Rincón en la COP 25 del Clima de Madrid en Diciembre de 2019. Otras
medidas de mitigación con las que estamos comprendidos incluyen nuestra adhesión al Programa Europeo Un Árbol por Europa.
El Ayuntamiento de Montejo de la Sierra, consciente del importante papel que tienen los
Gobiernos Locales en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 20-30
de Naciones Unidas, y de la gran aportación que se puede hacer para cumplir, concretamente, con el Objetivo 11 para conseguir Ciudades y Comunidades Sostenibles, se propone lleva a cabo una correcta gestión de los residuos, como se establece en la presente Ordenanza
de residuos. Así mismo, en cumplimiento de sus responsabilidades, y para desarrollar el Artículo 3 de la presente Ordenanza, se propone aprobar, en el marco de sus competencias, y
en coordinación con el Pan Nacional Marco y con los Planes Autonómicos de Gestión de Residuos, su propio Programa de Gestión de Residuos y/o su Programa de Prevención de Residuos y/o adherirse a él/los programas correspondientes de la Mancomunidad, y en el Plan
de Gestión de Residuos.
La presente Ordenanza se estructura en tres Títulos, una Disposición Derogatoria y dos
Disposiciones Finales. El primer Título contiene las Disposiciones Generales, habiéndose
incorporado, como novedad siguiendo la normativa básica, la potestad del Ayuntamiento
de recoger los residuos comerciales no peligrosos. Se concretan también las obligaciones
de los ciudadanos en relación con la separación y entrega de residuos.
El Título II se dedica al Servicio de Recogida, distinguiendo entre un servicio ordinario y un servicio especial; siendo común a ambos la separación por los ciudadanos de los
residuos en distintas fracciones para favorecer el reciclaje y el cumplimiento del principio
de jerarquía.
Finalmente, el Título III aborda la Inspección, Bonificación y en su caso Sanción, incardinándose estas potestades en la Ley 22/2011, de 21 de abril de Residuos y Suelos Contaminados.

La presente Ordenanza se enmarca en el ámbito normativo de otras herramientas de
rango superior, a saber:
— La Directiva Marco 2008/98/CE de Residuos, donde la prevención del residuo
constituye la primera prioridad de la jerarquía prevista en la gestión de residuos.
— El Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero (“Boletín Oficial del Estado” 25
de 29 de enero de 2002) y que establece que el volumen destinado a vertedero de
residuos urbanos biodegradables no superará el 35 por 100 de la cantidad total de
residuos biodegradables generados en 1995.
— La Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 76 de 31/03/2003), que asume el objetivo del RD1481/2001.
— La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que obliga a
las Administraciones públicas a aprobar antes del 12 de diciembre de 2013, programas de prevención de residuos “en los que se establecerán los objetivos de prevención, de reducción de la cantidad de residuos generados y de reducción de la

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