D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20210310-20)
Convenio – Convenio de 2 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno) y el Club Excelencia en Gestión Vía Innovación para impulsar y premiar a la calidad en la Administración de la Comunidad de Madrid
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
Pág. 105
Tercera
Obligaciones del Club Excelencia en Gestión
Las obligaciones del Club de Excelencia en Gestión serán las que se enumeran a continuación:
1) En relación con la colaboración y participación en los procesos de evaluación y
autoevaluación EFQM, el Club Excelencia en Gestión se compromete a:
— Facilitar a la Comunidad de Madrid los requisitos técnicos y la asesoría necesaria
para que las evaluaciones y autoevaluaciones que se realicen de los distintos servicios públicos en esta Administración autonómica se realicen conforme a los estándares del proceso de evaluación del modelo EFQM.
— En relación con la celebración de los Premios a la Excelencia y Calidad del Servicio Público de la Comunidad de Madrid, aportar, para la baremación de las candidaturas, evaluadores con experiencia en el Sector Público, que desarrollen esta actividad de evaluación conforme a los parámetros específicos establecidos a este
efecto por la Administración autonómica.
— Colaborar con la Comunidad de Madrid en el desarrollo de la evaluación en los
términos que se establezca, pudiendo introducirse mecanismos de evaluación online que han sido desarrollados por el Club Excelencia en Gestión.
— Tramitar la homologación con el “Esquema de Reconocimiento a la Excelencia en
Gestión” de las evaluaciones realizadas, que así lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos en dicho esquema.
2) En materia de participación en coloquios, seminarios y conferencias, el Club Excelencia en Gestión se compromete a:
— Comunicar la organización y ofrecer a la Comunidad de Madrid la participación,
con la suficiente antelación, en aquellos eventos que puedan ser de interés, siempre que el contenido de las acciones a desarrollar esté relacionado con alguna de
las materias de calidad objeto de este convenio.
Cuarta
1) En relación con la colaboración y participación en los procesos de evaluación y
autoevaluación EFQM, la Comunidad de Madrid se compromete a:
— Configurar equipos de evaluadores que cumplan con los requisitos de capacitación
establecidos en el “Esquema de Reconocimiento del Club excelencia en Gestión”.
— Comunicar y enviar al Club Excelencia en Gestión los documentos estipulados en
el “Esquema de Reconocimiento del Club excelencia en Gestión”, correspondientes a aquellas candidaturas que soliciten la homologación de la evaluación con el
citado esquema.
— Colaborar con el Club de Excelencia en Gestión en el desarrollo de la evaluación
en los términos que se establezcan.
— Configurar una base de datos, actualizada en todo momento, de evaluadores
EFQM en la Comunidad de Madrid, en el que conste su titulación y contribución
a las sucesivas evaluaciones de los Premios a la Excelencia y Calidad del Servicio Público de la Comunidad de Madrid.
2) En materia de participación en coloquios, seminarios y conferencias, organizados
por dirección general con competencias en materia de Calidad de los Servicios Públicos, la
Comunidad de Madrid se compromete a:
— Comunicar al Club Excelencia en Gestión la organización y ofrecerle su participación, con la suficiente antelación, en aquellos eventos que puedan ser de interés,
siempre que el contenido de dichas acciones esté relacionado con las materias de
calidad objeto este convenio.
Quinta
Obligaciones financieras
El presente convenio no contempla la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación en el mismo, considerando que los derivados del
BOCM-20210310-20
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE MARZO DE 2021
Pág. 105
Tercera
Obligaciones del Club Excelencia en Gestión
Las obligaciones del Club de Excelencia en Gestión serán las que se enumeran a continuación:
1) En relación con la colaboración y participación en los procesos de evaluación y
autoevaluación EFQM, el Club Excelencia en Gestión se compromete a:
— Facilitar a la Comunidad de Madrid los requisitos técnicos y la asesoría necesaria
para que las evaluaciones y autoevaluaciones que se realicen de los distintos servicios públicos en esta Administración autonómica se realicen conforme a los estándares del proceso de evaluación del modelo EFQM.
— En relación con la celebración de los Premios a la Excelencia y Calidad del Servicio Público de la Comunidad de Madrid, aportar, para la baremación de las candidaturas, evaluadores con experiencia en el Sector Público, que desarrollen esta actividad de evaluación conforme a los parámetros específicos establecidos a este
efecto por la Administración autonómica.
— Colaborar con la Comunidad de Madrid en el desarrollo de la evaluación en los
términos que se establezca, pudiendo introducirse mecanismos de evaluación online que han sido desarrollados por el Club Excelencia en Gestión.
— Tramitar la homologación con el “Esquema de Reconocimiento a la Excelencia en
Gestión” de las evaluaciones realizadas, que así lo soliciten y cumplan con los requisitos establecidos en dicho esquema.
2) En materia de participación en coloquios, seminarios y conferencias, el Club Excelencia en Gestión se compromete a:
— Comunicar la organización y ofrecer a la Comunidad de Madrid la participación,
con la suficiente antelación, en aquellos eventos que puedan ser de interés, siempre que el contenido de las acciones a desarrollar esté relacionado con alguna de
las materias de calidad objeto de este convenio.
Cuarta
1) En relación con la colaboración y participación en los procesos de evaluación y
autoevaluación EFQM, la Comunidad de Madrid se compromete a:
— Configurar equipos de evaluadores que cumplan con los requisitos de capacitación
establecidos en el “Esquema de Reconocimiento del Club excelencia en Gestión”.
— Comunicar y enviar al Club Excelencia en Gestión los documentos estipulados en
el “Esquema de Reconocimiento del Club excelencia en Gestión”, correspondientes a aquellas candidaturas que soliciten la homologación de la evaluación con el
citado esquema.
— Colaborar con el Club de Excelencia en Gestión en el desarrollo de la evaluación
en los términos que se establezcan.
— Configurar una base de datos, actualizada en todo momento, de evaluadores
EFQM en la Comunidad de Madrid, en el que conste su titulación y contribución
a las sucesivas evaluaciones de los Premios a la Excelencia y Calidad del Servicio Público de la Comunidad de Madrid.
2) En materia de participación en coloquios, seminarios y conferencias, organizados
por dirección general con competencias en materia de Calidad de los Servicios Públicos, la
Comunidad de Madrid se compromete a:
— Comunicar al Club Excelencia en Gestión la organización y ofrecerle su participación, con la suficiente antelación, en aquellos eventos que puedan ser de interés,
siempre que el contenido de dichas acciones esté relacionado con las materias de
calidad objeto este convenio.
Quinta
Obligaciones financieras
El presente convenio no contempla la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación en el mismo, considerando que los derivados del
BOCM-20210310-20
Obligaciones de la Comunidad de Madrid