Villar del Olmo (BOCM-20210309-76)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 9 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 57

B) Funcionamiento.
Las sesiones y deliberaciones del órgano de selección por la actual situación de
crisis sanitaria, podrán ser celebradas de manera telemática si así se considerase
oportuno.
Base décima. Relación de personas aprobadas y propuesta de creación
de bolsa de trabajo
Terminada la calificación de los/as aspirantes, el órgano de selección publicará la relación de aprobados/as por orden de puntuación y elevará la citada relación a la Alcaldía,
para que proceda a la creación de una bolsa de trabajo por orden de puntuación, a partir del
cual se podrán efectuar los nombramientos de carácter interino.
La persona que haya obtenido mayor puntuación será propuesta para su nombramiento cuando surja una vacante o haya necesidad de prestar el referido servicio. Los sucesivos
nombramientos se harán por riguroso orden de lista, de conformidad con lo establecido en
la base undécima, debiendo en todo caso el integrante de la bolsa propuesto reunir las condiciones establecidas por la legislación administrativa para cada modalidad de nombramiento interino.
Base undécima. Llamamiento para incorporación de un/a aspirante
11.1. Las personas incluidas en la Bolsa de Trabajo tendrán que presentar datos personales suficientes que permitan su pronta localización, siendo responsables de que estén
actualizados en todo momento.
11.2. Cuando las necesidades del servicio así lo requieran, se procederá siempre al
llamamiento del candidato/a de la bolsa de trabajo con mayor puntuación en la misma y por
estricto orden.
11.3. Sin perjuicio de lo establecido para el procedimiento de urgencia, en la comunicación de la oferta de trabajo temporal, se utilizará cualquier procedimiento que garantice la constancia escrita o electrónica de su recepción.
11.4. El orden de los/as candidatos/as en la bolsa no se modificará, manteniéndose
el mismo puesto e idéntica puntuación durante todo el periodo de vigencia de la misma, sin
perjuicio de los establecido en estas bases.
11.5. Una vez realizado el intento de localización por medio de la comunicación telefónica o el correo electrónico, sino no fuera posible el contacto en veinticuatro horas se
acudirá a la persona siguiente. Si se opta por la comunicación telefónica, se realizarán un
mínimo de tres intentos de contacto entre las 9:00 y las 14:00 horas, con un intervalo de sesenta minutos entre cada llamada.
Si el candidato/a rehúsa la oferta de contratación mediante llamada telefónica, o está
ausente en los tres intentos de localización, entre los que deberá mediar un intervalo mínimo de 1 hora, se comunicará la citada oferta por escrito al correo electrónico ofrecido, y se
declarará la eliminación de la bolsa por haber rechazado la misma, sin perjuicio de continuar con la citación telefónica del resto de los candidatos/as.
Quedará anotación escrita de lo que se indica en este número en el servicio correspondiente, dándose traslado inmediato de informe escrito al Secretario de la Corporación para
conocimiento y constancia.
11.6. Como excepción a lo anterior, cuando exista urgencia en la contratación, se
procederá al llamamiento telefónico de los sucesivos candidatos/as hasta localizar uno disponible. Todos aquellos/as aspirantes que no hubieran sido localizados, permanecerán en el
puesto que ocupaban en la bolsa a la espera de nuevo llamamiento.
11.7. A los candidatos/as que, debidamente notificados/as, comparezcan con retraso
sobre la hora de citación, se les ofertarán los contratos de trabajo que en su caso quedarán
por cubrir, decaerán en el derecho a esa contratación, sin perjuicio de permanecer en la lista para futuras provisiones.
11.8. Si un/a candidato/a fuera notificado/a para ser contratado/a y rehusase la oferta sin mediar justificación o cuando existiendo causa justificada, no lo aportara en el plazo
previsto en estas bases, será eliminado de la bolsa de esa categoría profesional. Se entenderá que existe justificación cuando se acredite mediante el medio de prueba adecuado a cada
supuesto, en el plazo de tres días naturales desde que se produce la oferta de contratación,
por alguna de las siguientes situaciones:
a) Estar en situación de enfermedad, acreditada por certificado médico.

BOCM-20210309-76

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