Villar del Olmo (BOCM-20210309-76)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
Pág. 309
b) Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta 2.o grado de consanguinidad, acreditada por certificado médico y libro de familia.
c) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público.
d) Encontrarse en el período de descanso por maternidad biológica, adopción o acogimiento, tanto pre-adoptivo como permanente, en estos últimos casos de menores de 6 años, acreditados a través de certificado de nacimiento o libro de familia
o de decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial
que constituya la adopción.
e) Mantener una relación de empleo de carácter temporal, debiendo aportarse el contrato o nombramiento que lo justifique.
f) Causa de fuerza mayor apreciada con tal carácter por el órgano de selección.
Una vez finalizada la causa que da lugar a las situaciones relacionadas en este apartado o producida la extinción de la relación de empleo de carácter temporal, el candidato/a
deberá comunicarlo en el plazo máximo de cinco días naturales al órgano gestor de la bolsa del Ayuntamiento de Villar del Olmo, por el medio que se acuerde, que hasta esta notificación, mantendrá al candidato/a en la situación de “Baja Temporal” en la bolsa. Si el candidato/a no realiza dicha notificación en el plazo indicado se procederá a su exclusión
definitiva de la bolsa.
11.9. El órgano gestor de la bolsa, dará de alta en la misma al candidato/a como disponible, a partir del día siguiente a aquel en que le sea comunicada de forma fehaciente la
finalización de la causa de baja temporal prevista en el apartado anterior.
11.10. Si una vez aceptada la oferta de contratación o durante la vigencia del contrato, el interesado/a renunciase voluntariamente al mismo, será eliminado/a automáticamente de la bolsa, salvo que se trate de una contratación de superior categoría dentro de esta
Administración, en cuyo caso quedaría en situación de “Baja Temporal”.
11.11. La Bolsa de Trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de en
la página web municipal.
La competencia para la aprobación de las bases de selección corresponde a la Presidenta de la Corporación, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 21 g de
la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local 7/1985, de 2 de abril.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía,
previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de las bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en
Materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril
y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Villar del Olmo, a 25 de febrero de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo
Moreno.
(03/7.004/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210309-76
Base duodécima. Aprobación, publicación y régimen de recursos
B.O.C.M. Núm. 57
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021
Pág. 309
b) Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta 2.o grado de consanguinidad, acreditada por certificado médico y libro de familia.
c) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público.
d) Encontrarse en el período de descanso por maternidad biológica, adopción o acogimiento, tanto pre-adoptivo como permanente, en estos últimos casos de menores de 6 años, acreditados a través de certificado de nacimiento o libro de familia
o de decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial
que constituya la adopción.
e) Mantener una relación de empleo de carácter temporal, debiendo aportarse el contrato o nombramiento que lo justifique.
f) Causa de fuerza mayor apreciada con tal carácter por el órgano de selección.
Una vez finalizada la causa que da lugar a las situaciones relacionadas en este apartado o producida la extinción de la relación de empleo de carácter temporal, el candidato/a
deberá comunicarlo en el plazo máximo de cinco días naturales al órgano gestor de la bolsa del Ayuntamiento de Villar del Olmo, por el medio que se acuerde, que hasta esta notificación, mantendrá al candidato/a en la situación de “Baja Temporal” en la bolsa. Si el candidato/a no realiza dicha notificación en el plazo indicado se procederá a su exclusión
definitiva de la bolsa.
11.9. El órgano gestor de la bolsa, dará de alta en la misma al candidato/a como disponible, a partir del día siguiente a aquel en que le sea comunicada de forma fehaciente la
finalización de la causa de baja temporal prevista en el apartado anterior.
11.10. Si una vez aceptada la oferta de contratación o durante la vigencia del contrato, el interesado/a renunciase voluntariamente al mismo, será eliminado/a automáticamente de la bolsa, salvo que se trate de una contratación de superior categoría dentro de esta
Administración, en cuyo caso quedaría en situación de “Baja Temporal”.
11.11. La Bolsa de Trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de en
la página web municipal.
La competencia para la aprobación de las bases de selección corresponde a la Presidenta de la Corporación, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 21 g de
la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local 7/1985, de 2 de abril.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los/as interesados/as recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía,
previo al contencioso-administrativo, que se podrá interponer en el plazo de dos meses ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de las bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en
Materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril
y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Villar del Olmo, a 25 de febrero de 2021.—La alcaldesa-presidenta, Lucila Toledo
Moreno.
(03/7.004/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210309-76
Base duodécima. Aprobación, publicación y régimen de recursos